La Red de Conocimientos Pedagógicos - Aprendizaje de inglés - Disposiciones provisionales sobre la administración de la edición de periódicos y libros en la provincia de Shandong

Disposiciones provisionales sobre la administración de la edición de periódicos y libros en la provincia de Shandong

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de fortalecer la gestión de los periódicos y libros publicados, promover la prosperidad y el desarrollo de la industria editorial y servir mejor a la construcción de la civilización espiritual y la civilización material socialistas, de conformidad con las regulaciones nacionales pertinentes en materia de publicaciones. Gestión, combinada con las disposiciones de nuestra provincia. En base a la situación real, se formula el presente reglamento. Artículo 2 Cualquiera que se dedique a actividades de edición, impresión y distribución de libros (incluidos calendarios de pared, calendarios de escritorio, fotografías, etc.). , lo mismo abajo), los diarios y publicaciones periódicas de esta provincia deberán cumplir con esta normativa. Artículo 3 Los departamentos administrativos de prensa y publicaciones de todos los niveles serán responsables de la gestión de publicación, impresión y distribución de periódicos, publicaciones periódicas y libros. Los departamentos de seguridad pública, administración industrial y comercial, cultura y otros departamentos pertinentes de todos los niveles cooperarán, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, con los departamentos administrativos de prensa y publicaciones en la supervisión y gestión de la producción y circulación de publicaciones de conformidad con la ley.

El personal de gestión de prensa y publicaciones deberá presentar certificados de inspección de prensa y publicaciones cuando realice funciones oficiales, y las unidades y el personal pertinentes aceptarán voluntariamente las inspecciones. El "Certificado de Inspección de Prensa y Publicaciones" lo expide la Oficina Provincial de Prensa y Publicaciones. Capítulo 2 Gestión de Publicaciones Artículo 4 Para el establecimiento de periódicos, publicaciones periódicas y editoriales, el departamento competente deberá presentar una solicitud por escrito, que será revisada por la Oficina Provincial de Prensa y Publicaciones y comunicada a la Administración de Prensa y Publicaciones para su aprobación. Después de la aprobación, regístrese en la Oficina Provincial de Prensa y Publicaciones y solicite una licencia comercial del departamento de administración industrial y comercial local. Artículo 5 El establecimiento de periódicos, publicaciones periódicas y editoriales debe cumplir las siguientes condiciones:

(1) Tener un propósito claro de gestión del periódico, política editorial y alcance editorial;

( 2) Tener un propósito claro La unidad patrocinadora y una autoridad superior;

(3) Tener un editor en jefe de tiempo completo (o editor en jefe, presidente) y personal de edición, publicación y administración que cumplan las necesidades del trabajo;

(4) ) dispone de un lugar de trabajo fijo y de las condiciones y fondos materiales y técnicos necesarios. Artículo 6 Se prohíbe a los periódicos y publicaciones periódicas publicar el siguiente contenido:

(1) Oponerse a la destrucción y violación de los Cuatro Principios Básicos;

(2) Filtrar secretos de Estado, poner en peligro a las autoridades nacionales. seguridad y daños a los intereses nacionales;

(3) Difundir discursos contrarrevolucionarios;

(4) Promover la obscenidad, el asesinato, la superstición feudal e incitar a otros a cometer crímenes;

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(5) Distorsionar la verdad histórica y dañar la dignidad nacional;

(6) Socavar la unidad nacional;

(7) Obstruir al departamento judicial en el juicio justo de los casos;

(8) ) infringe los derechos e intereses legítimos de otros;

(9) Otro contenido prohibido por la ley. Artículo 7 Los diarios y oficinas periódicas publicarán de acuerdo con el propósito, patrocinador, título, fecha de emisión, formato, número de página y alcance de distribución aprobados. Si un periódico o revista necesita cambiar cualquiera de los elementos anteriores o dejar de publicarse, debe informar a la Oficina de Prensa y Publicaciones provincial y no se podrán realizar cambios sin aprobación. Artículo 8 Los periódicos y publicaciones periódicas no publicarán series de libros u otras publicaciones que sean contrarias al propósito de la publicación de la revista; las editoriales no publicarán ni publicarán en forma disfrazada publicaciones con números de libros estándar internacionales. Artículo 9 Los periódicos y publicaciones periódicas no ampliarán ni agregarán ediciones (incluidas las ediciones seleccionadas y las ediciones refinadas) sin autorización. Si realmente se necesita un suplemento, se debe informar a la Dirección Provincial de Prensa y Publicaciones para su aprobación. Luego de pasar por los trámites de aprobación de impresión, se publicará de acuerdo con el reglamento para ediciones ampliadas y suplementos. Artículo 10 Los periódicos, publicaciones periódicas y editoriales no pueden transferir, vender o vender números de serie o números de libros de forma encubierta. Artículo 11 Las editoriales realizarán actividades editoriales de acuerdo con el ámbito editorial aprobado. Los planes anuales de selección de libros formulados por cada editorial se presentarán a la Administración de Prensa y Publicaciones para su registro después de ser revisados ​​por la Oficina provincial de Prensa y Publicaciones; se formularán los planes anuales de selección de libros de las editoriales afiliadas a las editoriales provinciales; por la editorial provincial y revisado por la Oficina de Prensa y Publicaciones provincial. Informe a la Administración de Prensa y Publicaciones para su archivo. Cada editorial debe publicar de acuerdo con el plan de selección de temas del libro y complementar o ajustar la selección de temas debe presentarse para su aprobación de acuerdo con las regulaciones. Artículo 12 Todo tipo de mapas confidenciales, mapas internos y mapas públicos deben ser revisados ​​y aprobados por el departamento provincial de topografía y cartografía antes de que puedan imprimirse y publicarse. Excepto los mapas publicitarios de actualidad, los mapas de turismo, los mapas de tráfico, los mapas temáticos y los mapas insertados en libros y publicaciones periódicas aprobados, otros mapas públicos pueden ser publicados por editoriales de mapas especializadas. Artículo 13 Las unidades editoriales solicitarán la aprobación de diversas obras que estén expresamente controladas por el Estado y requieran una declaración especial, y las imprimirán y distribuirán de acuerdo con las tiradas aprobadas y el alcance de la distribución. Queda estrictamente prohibida la publicación de libros prohibidos y libros no aprobados. Artículo 14 Las unidades editoriales aplicarán estrictamente las normas nacionales de fijación de precios de publicación. Los periódicos y libros que requieren fijación de precios por parte del departamento de precios deben enviarse al departamento de precios para su aprobación. Artículo 15 Debido a necesidades docentes, de investigación científica o comerciales, las unidades no editoriales podrán editar y publicar libros de información comercial, materiales didácticos y otras publicaciones sin fines de lucro para uso interno solo después de obtener el consentimiento del departamento competente e informar al Provincial. Oficina de Prensa y Publicaciones Sólo después de la aprobación y la emisión de un certificado de publicación informal se puede imprimir y publicar. Las publicaciones deben imprimirse con un número de aprobación, tirada aprobada y estándares de cobro.

Las publicaciones informales no pueden solicitarse ni venderse públicamente. Artículo 16 Las unidades y los individuos no editoriales no pueden publicar ni vender periódicos y libros. Ninguna unidad o individuo puede comprar, vender, falsificar o falsificar el nombre, número de libro, número de edición o número de certificado de aprobación de impresión de una unidad editorial para realizar actividades editoriales ilegales, y no puede reimprimir periódicos y libros publicados oficialmente. Artículo 17 Las publicaciones, diarios, periódicos, radio y televisión, etc. que violen este reglamento no serán publicadas, denunciadas ni publicitadas. Artículo 18 Después de la publicación, las editoriales, periódicos, publicaciones periódicas y unidades no editoriales enviarán muestras a la Oficina Provincial de Prensa y Publicaciones de conformidad con las normas pertinentes.