Asientos contables adicionales para reducción y exención de tasas educativas
Si el recargo por educación se reduce o reduce, la provisión y la retención se realizarán con base en el monto real del recargo por educación después de la reducción o reducción. Si se deduce el importe total, no se realizará ningún asiento de devengo directamente.
Los asientos adicionales acumulados por tasas de educación realmente pagadas después de la reducción o exención son:
Débito: impuestos y recargos,
Crédito: impuestos a pagar - tasas de educación Adjunto .
Cuando efectivamente se paga, el tratamiento contable es:
Débito: impuesto a pagar-recargo por tasa de educación,
Préstamo: depósito bancario.