Reglamento laboral de la crónica local de la provincia de Shandong
Las crónicas locales a que se refiere este reglamento hacen referencia a diversas crónicas locales, anuarios y documentos locales relacionados. Artículo 3 La compilación de crónicas locales seguirá el principio de buscar la verdad a partir de los hechos y reflejar de manera integral y objetiva la historia y la situación actual de la naturaleza y la sociedad locales. Artículo 4 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior fortalecerán el liderazgo sobre el trabajo de crónica local, incorporarán el trabajo de crónica local en los planes nacionales de desarrollo económico y social e incluirán los fondos necesarios en el presupuesto fiscal al mismo nivel. Artículo 5 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables del trabajo de la crónica local dentro de sus propias regiones administrativas y realizan las siguientes tareas:
(1) Planificar y coordinar el trabajo de la crónica local;
(2) Formular la compilación de crónicas locales Especificaciones comerciales;
(3) Organizar, inspeccionar y orientar la compilación de crónicas locales;
(4) Compilación, revisión y aceptación de manuscritos históricos locales;
(5) Recopilar, organizar y preservar crónicas locales, y llevar a cabo investigaciones académicas sobre crónicas locales;
(6) Promover y popularizar los resultados de crónicas locales, realizar investigaciones sobre crónicas locales, crear bases de datos y sitios web de literatura local y proporcionar servicios para que el público lea y utilice crónicas locales.
(7) Otros asuntos asignados por el gobierno popular al mismo nivel; y el departamento comercial superior. Artículo 6 El personal que se dedique a la elaboración de crónicas locales deberá tener los conocimientos profesionales y el nivel académico correspondientes. La recopilación de crónicas locales debería atraer la participación de expertos y académicos de todos los campos. Artículo 7 Las crónicas locales, los anuarios completos locales y los documentos geográficos completos que llevan el nombre de divisiones administrativas a nivel de condado o superior serán compilados y compilados por la oficina de crónicas locales del gobierno popular del mismo nivel de acuerdo con la planificación. o individuo puede compilarlos y publicarlos. Artículo 8 Las crónicas locales a nivel provincial, distrital y de condado (ciudad, distrito) se compilarán aproximadamente cada veinte años, y las tareas de compilación serán implementadas uniformemente por el Gobierno Popular Provincial. Artículo 9 La agencia de trabajo de crónicas locales del gobierno popular puede recopilar materiales de crónicas locales de agencias, grupos sociales, empresas, instituciones, otras organizaciones y ciudadanos, y las unidades y ciudadanos pertinentes deberán brindar comodidad. Las instituciones locales de compilación de crónicas pueden acceder, extraer y copiar el contenido del material. Las excepciones incluyen casos que involucran secretos de estado, secretos comerciales y privacidad personal y casos que no cumplen con las condiciones para presentar un caso.
El propietario o poseedor de registros locales no deberá proporcionar información falsa a sabiendas. Artículo 10 Los materiales de las crónicas locales recopilados y acumulados con el fin de compilar las crónicas locales de la unidad o utilizar las condiciones materiales y técnicas de la unidad serán archivados y gestionados de acuerdo con las normas pertinentes, y nadie podrá destruirlos ni apropiarse de ellos. Artículo 11 La oficina de crónica local del gobierno popular de una ciudad o condado (ciudad, distrito) dividida en distritos formulará un plan de compilación de crónica local basado en el plan de trabajo de crónica local de la provincia y lo presentará a la oficina de crónica local del gobierno popular. gobierno al nivel inmediatamente superior para su aprobación antes de su implementación. Artículo 12 Los departamentos, empresas, instituciones y otras organizaciones responsables de la compilación de crónicas locales a nivel provincial, distrital y de condado (ciudad, distrito) deberán, de acuerdo con el plan de trabajo de crónica local local, identificar las unidades de compilación relevantes o personal y formular un plan de compilación, y se implementará después de la aprobación de la oficina de crónicas locales del gobierno popular local. Artículo 13 Las crónicas y manuscritos locales en los tres niveles de provincias, ciudades divididas en distritos y condados (ciudades, distritos) estarán sujetos a declaración jerárquica, revisión jerárquica y aceptación jerárquica.
Los anales provinciales se presentarán al Comité de Compilación de Crónicas Locales Provinciales para su revisión y se publicarán después de la aprobación del Gobierno Popular Provincial.
Las crónicas locales de las ciudades y condados (ciudades, distritos) divididos en distritos se presentarán al comité de compilación de crónicas locales del siguiente nivel superior para su revisión y aprobación, y se publicarán después de la aprobación del gobierno popular. al mismo nivel.
Los registros del condado (ciudad, distrito) se informarán a la Oficina de Registros Históricos del Gobierno Popular Provincial para su registro. Artículo 14 Los anuarios integrales locales que llevan el nombre de divisiones administrativas a nivel de condado o superior serán compilados por el gobierno popular local del mismo nivel y publicados con la aprobación del gobierno popular del mismo nivel. El gobierno popular local del mismo nivel compila documentos geológicos completos que llevan el nombre de divisiones administrativas a nivel de condado o superior. Artículo 15 Las organizaciones y unidades pertinentes podrán organizar la compilación de crónicas, anuarios u otros documentos locales distintos de los especificados en los artículos 13 y 14 de este Reglamento. La unidad de compilación deberá informar a la oficina de crónicas local del gobierno popular para su registro según su afiliación o relación de registro.
Artículo 16 Los departamentos y organizaciones industriales responsables de la compilación de crónicas locales podrán supervisar el trabajo de compilación de crónicas locales de sus unidades de gestión de acuerdo con el plan de trabajo de crónicas locales. Artículo 17 La unidad de compilación deberá, dentro de los 30 días siguientes a la publicación de las crónicas locales, presentar libros de muestra y textos electrónicos a la organización de trabajo de crónicas locales de los gobiernos populares locales y superiores. Los archivos formados durante el proceso de compilación, como crónicas locales, anuarios locales completos y documentos geológicos completos con nombres de divisiones administrativas a nivel de condado o superior, se transferirán a los archivos nacionales completos del mismo nivel para su custodia. Artículo 18 Los documentos históricos locales deben estar abiertos al público y las bases de datos de documentos locales deben estar abiertas al público.
Las unidades y los individuos pueden utilizar bases de datos de literatura local y sitios web de literatura local para verificar y extraer documentos históricos locales de forma gratuita. Artículo 19 Cualquiera que viole este Reglamento y cometa cualquiera de los siguientes actos recibirá la orden del gobierno popular local a nivel de condado o superior, de conformidad con la autoridad administrativa, de detener los actos ilegales y hacer correcciones dentro de un plazo si no lo hace; de realizar correcciones dentro del plazo, será sancionado por su unidad o el departamento administrativo correspondiente de conformidad con la ley. Sanciones administrativas o disciplinarias:
(1) Compilación y publicación de crónicas locales, anuarios integrales locales. o documentos geográficos completos nombrados por divisiones administrativas en o por encima del nivel del condado sin autorización;
(2) Destruir información crónica local propiedad o en poder de la unidad o tomarla como propia;
(3) El propietario o poseedor de crónicas locales proporciona intencionalmente información falsa;
(4) Entregar crónicas locales para su publicación sin revisión, aceptación y aprobación;
(5) Retrasar injustificadamente o negarse a proporcionar información sobre crónicas locales o realizar tareas de escritura;
(6) Negarse a enviar materiales de crónicas locales a la organización de trabajo de crónicas locales del gobierno popular en un nivel superior.
Si cualquiera de los actos de los puntos (1) y (2) del párrafo anterior causa pérdidas significativas o efectos adversos, la agencia de trabajo de crónica local del gobierno local, el propietario o poseedor de los datos de la crónica local, y los departamentos pertinentes podrán, de conformidad con la ley, presentar una demanda ante el Tribunal Popular.