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Contenido principal del texto completo de la Ley de Sociedades Anónimas

Análisis legal: Los socios pueden aportar capital en moneda, objetos físicos, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de la tierra u otros derechos de propiedad, o pueden aportar capital en servicios laborales. Si un socio aporta capital en especie, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de la tierra u otros derechos de propiedad y necesita ser tasado, el precio puede determinarse mediante negociación entre todos los socios, o todos los socios pueden confiar una agencia de tasación legal para realizar una tasación. Si un socio aporta capital mediante servicios laborales, el método de evaluación se determinará mediante consulta entre todos los socios y se hará constar en el contrato de sociedad. Los socios deberán cumplir con sus obligaciones de aporte de capital de acuerdo con la forma de aporte de capital, monto y plazo de pago estipulados en el contrato de sociedad. Si el aporte de capital se realiza con bienes no dinerarios, si es necesario pasar por los procedimientos de transferencia de derechos de propiedad de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos, se hará de conformidad con la ley.

Base jurídica: "Ley de Empresas Asociadas de la República Popular China"

Artículo 2: Las empresas asociadas mencionadas en esta ley se refieren a personas físicas, personas jurídicas y otras organizaciones de conformidad con esta ley Sociedades colectivas y sociedades en comandita establecidas en China. Una sociedad colectiva está compuesta por socios colectivos, que asumen una responsabilidad solidaria e ilimitada por las deudas de la sociedad. Si esta Ley contiene disposiciones especiales sobre la forma de responsabilidad del socio colectivo, prevalecerán dichas disposiciones. Una sociedad en comandita está compuesta por socios colectivos y socios comanditarios. Los socios colectivos asumen responsabilidad solidaria e ilimitada por las deudas de la sociedad, y los socios comanditarios asumen la responsabilidad por las deudas de la sociedad en la medida de sus aportaciones de capital suscrito.

Artículo 3: No podrán convertirse en socios colectivos las empresas de propiedad íntegramente estatal, las empresas de propiedad estatal, las empresas cotizadas en bolsa, las instituciones de bienestar público y los grupos sociales.