La Red de Conocimientos Pedagógicos - Aprendizaje de redacción de artículos/tesis - Medidas Provisionales para la Distribución de Graduados de Facultades y Escuelas Profesionales en el Departamento de Correos y TelecomunicacionesCapítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de mejorar aún más la distribución de los graduados y adaptarse a las necesidades de la desarrollo de la industria de correos y telecomunicaciones, se anima a los estudiantes a participar en las "cuatro modernizaciones" de la "construcción para servir mejor a la industria de correos y telecomunicaciones", estas medidas se formulan de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 2 La distribución de los graduados debe adherirse a los principios de respetar el conocimiento, valorar los talentos, esforzarse por aplicar lo aprendido, aprovechar al máximo sus talentos y combinar planes prescriptivos con planes instructivos. Implementar el método de "satisfacer la oferta y la demanda y seleccionar a los mejores" en el sector de correos y telecomunicaciones, introducir gradualmente un mecanismo de competencia en la asignación de graduados de las facultades de correos y telecomunicaciones, esforzarse por crear condiciones e implementar un sistema de selección bidireccional. en el que los graduados eligen sus propias carreras y los empleadores seleccionan a los mejores. Capítulo 2 Plan de Distribución Artículo 3 El plan de distribución de graduados se formulará sobre la base del principio de combinar planes obligatorios con planes rectores, y se crearán activamente las condiciones para ampliar los planes rectores. Se implementará después de la aprobación de los líderes del Departamento de Personal. del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones. Artículo 4 Con el fin de garantizar la demanda de graduados en áreas clave de enseñanza, investigación científica, construcción de comunicaciones y áreas remotas, el Departamento de Personal del Ministerio de Personal preparará un plan de distribución de medidas cautelares para graduados con grandes contradicciones entre la oferta y la demanda o algunas especialidades a corto plazo. Mediante el método de "reunión de oferta y demanda, asignación basada en méritos", las partes de oferta y demanda firman un acuerdo de asignación después de la negociación y lo presentan al Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones para su revisión. Artículo 5 Para los graduados que no estén en el plan obligatorio, el departamento de personal preparará un plan rector. De acuerdo con las necesidades y posibilidades de las partes de la oferta y la demanda, mediante el método de "reunión de la oferta y la demanda, selección e interrupción de la asignación", la escuela y el empleador firman un acuerdo de asignación después de la negociación y lo presentan al Departamento de Personal de al Ministerio de Correos y Telecomunicaciones para su revisión. Artículo 6 El plan de distribución para graduados de facultades no postales y de telecomunicaciones será emitido a las unidades pertinentes por el Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones en función del número de especialidades asignadas al Ministerio de Correos y Telecomunicaciones por la Comisión Estatal de Educación. . Todas las unidades que contacten directamente con universidades no postales y de telecomunicaciones para aceptar las especialidades y el número de graduados deberán informarlos al Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones para su revisión y emisión de un plan de distribución. Artículo 7 Después de que el Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones emita el plan de asignación, cualquier redistribución que deba realizarse se presentará al Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones para su aprobación por parte de la institución de educación superior después de la negociación entre el partes de oferta y demanda. Capítulo 3 Reunión de oferta y demanda Artículo 8 El Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones celebra una reunión de oferta y demanda entre agencias de correos y telecomunicaciones y empresas e instituciones de correos y telecomunicaciones en el segundo trimestre de cada año. Los colegios y universidades presentan a los estudiantes a los empleadores y les proporcionan expedientes estudiantiles, expedientes académicos, etc. El empleador selecciona a los mejores candidatos y ambas partes firman un acuerdo de asignación después de llegar a un consenso. Artículo 9 Antes de la reunión anual de oferta y demanda, la Universidad de Correos y Telecomunicaciones deberá notificar con prontitud a las empresas e instituciones de Correos y Telecomunicaciones el número de graduados y el origen de los estudiantes de este año; el empleador deberá notificar a la Universidad de Correos y Telecomunicaciones correspondiente; lo antes posible sobre el número de carreras de los graduados y sus intenciones de colocación laboral. Intercambiar información entre sí y aumentar la transparencia. Artículo 10 Las partes de oferta y demanda generalmente no pueden cambiar el acuerdo de distribución. Si se requieren cambios, deben informarse al Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones para su aprobación; Capítulo 4 Optimización de la asignación Artículo 11 Las facultades y universidades de correos y telecomunicaciones adoptarán una combinación de métodos cuantitativos y cualitativos para realizar una evaluación integral del desempeño moral, intelectual y físico de los graduados mientras están en la escuela, y los clasificarán con base en la puntuación integral como una consideración Los deseos personales de los graduados y la base principal para determinar el destino de asignación de los graduados. Artículo 12. Se debe dar prioridad a los graduados con buena reputación y rendimiento académico en los puestos que se necesitan con urgencia en los servicios de correos y telecomunicaciones y donde puedan desarrollar plenamente su experiencia profesional. Capítulo 5 Distribución de posgrado Artículo 13 El plan de distribución de posgrado será propuesto por la unidad de capacitación bajo la guía de los principios de distribución y presentado al Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones para su aprobación. Artículo 14 La asignación de estudiantes de posgrado se llevará a cabo bajo la guía de las directrices y políticas de asignación nacional a través de reuniones de oferta y demanda, recomendación de escuelas, selección de estudiantes, selección de empleadores y firma de acuerdos. Para aquellos que no cumplan con las pautas y políticas de distribución nacional, la escuela no las recomendará y no pasará por procedimientos de envío. Capítulo 6 Manejo de Cuestiones Específicas Artículo 15 Tanto la parte de la oferta como la de la demanda deben respetarse mutuamente durante las negociaciones, cooperar estrechamente y completar conjuntamente la distribución de los graduados. Si hay cuestiones especiales que requieren asistencia durante las negociaciones, el Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones podrá tomar intervención administrativa cuando sea necesario. Artículo 16 Ningún departamento o unidad podrá utilizar excusa alguna para detener a los graduados asignados según el plan; de lo contrario, el personal pertinente será responsable y los graduados detenidos deberán ser devueltos a la unidad donde fueron asignados originalmente según el plan. Artículo 17 Los graduados que no hayan obtenido el título de graduación no serán incluidos en el plan de distribución y podrán ser recomendados al empleador por las agencias de correos y telecomunicaciones. Aquellos que hayan aceptado unidades serán asignados y enviados uniformemente según los graduados. Si la unidad receptora no ha sido confirmada dentro de los tres meses siguientes a la fecha del anuncio de la lista de egresados, la recomendación ya no podrá hacerse, y la institución pública trasladará los materiales de archivo y alimentos familiares al lugar de la familia. Artículo 18 Para los graduados que aún desobedezcan la asignación después de la educación y no hayan informado dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que la universidad anuncie la lista de asignación, la universidad deberá informar a la Oficina de Educación Superior provincial o municipal (Oficina de Personal) para su aprobación y cancelar su asignación.

Medidas Provisionales para la Distribución de Graduados de Facultades y Escuelas Profesionales en el Departamento de Correos y TelecomunicacionesCapítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de mejorar aún más la distribución de los graduados y adaptarse a las necesidades de la desarrollo de la industria de correos y telecomunicaciones, se anima a los estudiantes a participar en las "cuatro modernizaciones" de la "construcción para servir mejor a la industria de correos y telecomunicaciones", estas medidas se formulan de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 2 La distribución de los graduados debe adherirse a los principios de respetar el conocimiento, valorar los talentos, esforzarse por aplicar lo aprendido, aprovechar al máximo sus talentos y combinar planes prescriptivos con planes instructivos. Implementar el método de "satisfacer la oferta y la demanda y seleccionar a los mejores" en el sector de correos y telecomunicaciones, introducir gradualmente un mecanismo de competencia en la asignación de graduados de las facultades de correos y telecomunicaciones, esforzarse por crear condiciones e implementar un sistema de selección bidireccional. en el que los graduados eligen sus propias carreras y los empleadores seleccionan a los mejores. Capítulo 2 Plan de Distribución Artículo 3 El plan de distribución de graduados se formulará sobre la base del principio de combinar planes obligatorios con planes rectores, y se crearán activamente las condiciones para ampliar los planes rectores. Se implementará después de la aprobación de los líderes del Departamento de Personal. del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones. Artículo 4 Con el fin de garantizar la demanda de graduados en áreas clave de enseñanza, investigación científica, construcción de comunicaciones y áreas remotas, el Departamento de Personal del Ministerio de Personal preparará un plan de distribución de medidas cautelares para graduados con grandes contradicciones entre la oferta y la demanda o algunas especialidades a corto plazo. Mediante el método de "reunión de oferta y demanda, asignación basada en méritos", las partes de oferta y demanda firman un acuerdo de asignación después de la negociación y lo presentan al Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones para su revisión. Artículo 5 Para los graduados que no estén en el plan obligatorio, el departamento de personal preparará un plan rector. De acuerdo con las necesidades y posibilidades de las partes de la oferta y la demanda, mediante el método de "reunión de la oferta y la demanda, selección e interrupción de la asignación", la escuela y el empleador firman un acuerdo de asignación después de la negociación y lo presentan al Departamento de Personal de al Ministerio de Correos y Telecomunicaciones para su revisión. Artículo 6 El plan de distribución para graduados de facultades no postales y de telecomunicaciones será emitido a las unidades pertinentes por el Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones en función del número de especialidades asignadas al Ministerio de Correos y Telecomunicaciones por la Comisión Estatal de Educación. . Todas las unidades que contacten directamente con universidades no postales y de telecomunicaciones para aceptar las especialidades y el número de graduados deberán informarlos al Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones para su revisión y emisión de un plan de distribución. Artículo 7 Después de que el Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones emita el plan de asignación, cualquier redistribución que deba realizarse se presentará al Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones para su aprobación por parte de la institución de educación superior después de la negociación entre el partes de oferta y demanda. Capítulo 3 Reunión de oferta y demanda Artículo 8 El Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones celebra una reunión de oferta y demanda entre agencias de correos y telecomunicaciones y empresas e instituciones de correos y telecomunicaciones en el segundo trimestre de cada año. Los colegios y universidades presentan a los estudiantes a los empleadores y les proporcionan expedientes estudiantiles, expedientes académicos, etc. El empleador selecciona a los mejores candidatos y ambas partes firman un acuerdo de asignación después de llegar a un consenso. Artículo 9 Antes de la reunión anual de oferta y demanda, la Universidad de Correos y Telecomunicaciones deberá notificar con prontitud a las empresas e instituciones de Correos y Telecomunicaciones el número de graduados y el origen de los estudiantes de este año; el empleador deberá notificar a la Universidad de Correos y Telecomunicaciones correspondiente; lo antes posible sobre el número de carreras de los graduados y sus intenciones de colocación laboral. Intercambiar información entre sí y aumentar la transparencia. Artículo 10 Las partes de oferta y demanda generalmente no pueden cambiar el acuerdo de distribución. Si se requieren cambios, deben informarse al Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones para su aprobación; Capítulo 4 Optimización de la asignación Artículo 11 Las facultades y universidades de correos y telecomunicaciones adoptarán una combinación de métodos cuantitativos y cualitativos para realizar una evaluación integral del desempeño moral, intelectual y físico de los graduados mientras están en la escuela, y los clasificarán con base en la puntuación integral como una consideración Los deseos personales de los graduados y la base principal para determinar el destino de asignación de los graduados. Artículo 12. Se debe dar prioridad a los graduados con buena reputación y rendimiento académico en los puestos que se necesitan con urgencia en los servicios de correos y telecomunicaciones y donde puedan desarrollar plenamente su experiencia profesional. Capítulo 5 Distribución de posgrado Artículo 13 El plan de distribución de posgrado será propuesto por la unidad de capacitación bajo la guía de los principios de distribución y presentado al Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones para su aprobación. Artículo 14 La asignación de estudiantes de posgrado se llevará a cabo bajo la guía de las directrices y políticas de asignación nacional a través de reuniones de oferta y demanda, recomendación de escuelas, selección de estudiantes, selección de empleadores y firma de acuerdos. Para aquellos que no cumplan con las pautas y políticas de distribución nacional, la escuela no las recomendará y no pasará por procedimientos de envío. Capítulo 6 Manejo de Cuestiones Específicas Artículo 15 Tanto la parte de la oferta como la de la demanda deben respetarse mutuamente durante las negociaciones, cooperar estrechamente y completar conjuntamente la distribución de los graduados. Si hay cuestiones especiales que requieren asistencia durante las negociaciones, el Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones podrá tomar intervención administrativa cuando sea necesario. Artículo 16 Ningún departamento o unidad podrá utilizar excusa alguna para detener a los graduados asignados según el plan; de lo contrario, el personal pertinente será responsable y los graduados detenidos deberán ser devueltos a la unidad donde fueron asignados originalmente según el plan. Artículo 17 Los graduados que no hayan obtenido el título de graduación no serán incluidos en el plan de distribución y podrán ser recomendados al empleador por las agencias de correos y telecomunicaciones. Aquellos que hayan aceptado unidades serán asignados y enviados uniformemente según los graduados. Si la unidad receptora no ha sido confirmada dentro de los tres meses siguientes a la fecha del anuncio de la lista de egresados, la recomendación ya no podrá hacerse, y la institución pública trasladará los materiales de archivo y alimentos familiares al lugar de la familia. Artículo 18 Para los graduados que aún desobedezcan la asignación después de la educación y no hayan informado dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que la universidad anuncie la lista de asignación, la universidad deberá informar a la Oficina de Educación Superior provincial o municipal (Oficina de Personal) para su aprobación y cancelar su asignación.

Artículo 19 Los graduados que hayan sido descalificados para la asignación pagarán tasas de formación a la universidad (20.000 yuanes para estudiantes de posgrado, 15.000 yuanes para estudiantes de pregrado y 10.000 yuanes para estudiantes universitarios), o podrán ser pagados por el empleador o empleador de los graduados. unidades. Capítulo 7 Disposiciones complementarias Artículo 20 Los métodos de distribución de los egresados ​​de escuelas secundarias técnicas de las escuelas locales de correos y telecomunicaciones podrán ser formulados por las autoridades competentes con referencia al presente reglamento. Artículo 21 Las Escuelas Locales de Correos y Telecomunicaciones asignarán graduados sustitutos entre las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central y los presentarán al Departamento de Personal del Ministerio de Correos y Telecomunicaciones para su aprobación.