¿Qué es un edificio de gran altura? Especificaciones de diseño para edificios de gran altura
Las disposiciones generales se detallan a continuación:
1.0.1 Con el fin de prevenir y reducir los riesgos de incendios en edificios civiles de gran altura (en adelante, edificios de gran altura) y proteger la seguridad de las personas y los bienes, este Reglamento formula esta especificación.
1.0.2 El diseño de protección contra incendios de edificios de gran altura debe seguir la política de trabajo de protección contra incendios de "prevención primero, combinando prevención y protección contra incendios". Basados en la autoprevención y el autorrescate, se deben adoptar medidas confiables de prevención de incendios, que sean seguras, aplicables, tecnológicamente avanzadas y económicamente razonables.
1.0.3 Esta especificación se aplica a los siguientes edificios de gran altura recién construidos, ampliados y renovados y sus podios:
1.0.3.1 Edificios residenciales con diez pisos y más (incluido el primero piso Edificios residenciales con locales de servicios comerciales en el primer piso);
1.0.3.2 Edificios públicos con una altura de edificación superior a 24 m.
1.0.4 Esta especificación no se aplica a edificios públicos como gimnasios, auditorios y teatros con una altura de edificio principal de un solo piso superior a 24 m, ni a sótanos de defensa aérea civil en edificios de gran altura.
1.0.5 Cuando la altura de un edificio de gran altura supera los 250 m, las medidas especiales de prevención de incendios adoptadas en el diseño del edificio deben presentarse al departamento nacional de protección contra incendios para organizar investigaciones y demostraciones especiales.
1.0.6 Además de cumplir con las disposiciones de este código, el diseño de protección contra incendios de edificios de gran altura también debe cumplir con las disposiciones de las normas nacionales pertinentes vigentes.