La Red de Conocimientos Pedagógicos - Aprendizaje de inglés - Conocimiento de las normas de tránsito para estudiantes de primaria(1) Se prohíbe el paso de vehículos y ganado; (2) Se permiten giros a la derecha siempre que no obstaculice la luz verde para liberar vehículos; (3) Si no se puede girar a la derecha en una intersección en forma de T, los cruces peatonales permiten el paso del tráfico siempre que el tráfico no esté bloqueado por una luz verde. Artículo 11 Cuando la luz amarilla esté encendida, se prohíbe el paso de vehículos y ganado. Si han cruzado la línea de parada, deberán seguir avanzando. Artículo 12 Cuando un vehículo pasa por una intersección y encuentra una señal de alto en un semáforo, debe detenerse fuera de la línea de alto, si no hay línea de alto, debe detenerse fuera del paso de peatones; Artículo 13 Señales de tráfico (ver Apéndice 2 - omitido). Capítulo 3 Vehículos Sección 1 Disposiciones generales Artículo 14 Los vehículos deben ser inspeccionados por la agencia de inspección de vehículos, recibir una placa de matrícula e instalarla en un lugar designado (los tranvías deben tener pintura blanca en la parte delantera y trasera del vehículo de motor); Las licencias deben llevarse con el vehículo y no pueden prestarse, modificarse ni dañarse. Artículo 15 Las bicicletas, triciclos y vehículos de tracción animal entre vehículos de motor y vehículos sin motor deberán estar equipados con frenos eficaces. Artículo 16 Excepto los vehículos de tracción animal, rickshaws, rickshaws y carros de mano, los sistemas de audio de otros vehículos deben mantenerse intactos y eficaces. Los camiones de bomberos, los vehículos de policía, los vehículos de rescate de ingeniería y las ambulancias deben estar equipados con sirenas especiales. Artículo 17 Conducción de vehículos: Si la calle tiene tres carriles: un carril expreso pequeño, un carril para camiones grandes y un carril lento no motorizado, los automóviles y las bicicletas mecánicas circularán por el carril expreso pequeño y los camiones circularán por el carril grande; carril para camiones; los vehículos no motorizados circularán por el carril rápido pequeño circulando por el carril lento no motorizado. Si en una calle hay dos líneas: un carril rápido y un carril lento, los vehículos de motor circulan por el carril rápido y los vehículos no motorizados circulan por el carril lento. En las carreteras con carriles rápidos y lentos, los vehículos de motor circulan por el medio; los vehículos sin motor circulan por la derecha. Artículo 18 Los vehículos de motor y los vehículos no locales, como bicicletas, triciclos y vehículos de tracción animal, deben encender las luces cuando circulan de noche; los vehículos de motor también deben encenderlas cuando circulan con niebla. Artículo 19 Todo tipo de vehículos deben dar paso a los camiones de bomberos, coches de policía, vehículos de rescate de ingeniería y ambulancias. Artículo 20 Cuando todas las partes llegan a la intersección al mismo tiempo, deben cumplir con las siguientes regulaciones: (1) los vehículos no motorizados deben ceder el paso a los vehículos motorizados (2) los trolebuses deben ceder el paso a los vagones de ferrocarril; Cuando se encuentran vehículos similares: vehículos que giran Deje que el tráfico de paso pase primero; los vehículos de la línea principal dejen pasar primero los caminos secundarios y principales, deje que los vehículos de la derecha vayan primero; Artículo 21: En carreteras de un solo sentido, a excepción de los camiones de bomberos, coches de policía, vehículos de rescate de ingeniería y ambulancias, otros vehículos no pueden circular en la dirección opuesta. Artículo 22 En las carreteras prohibidas, no se permite el paso de ningún otro vehículo, excepto camiones de bomberos, coches de policía, vehículos de rescate de ingeniería, ambulancias y vehículos no prohibidos. Artículo 23 Los vehículos pesados ​​(tractores, grúas, tanques, etc.) equipados con ruedas de hierro deberán notificar a la Oficina de Seguridad Pública local antes de pasar por las calles y circular según la ruta y horario designados por la Oficina de Seguridad Pública. Artículo 24 Los vehículos y convoyes de tracción animal que ingresen a las zonas urbanas deberán seguir las rutas designadas por la Dirección de Seguridad Pública. Artículo 25 Todo tipo de vehículos deben estacionarse en lugares designados en secuencia. Cuando estacione temporalmente en otro lugar, solo podrá estacionar en el lado derecho de la carretera, pero deberá salir rápidamente cuando bloquee el tráfico. Artículo 26 No se permite estacionar dentro de los 10 metros en intersecciones, curvas, puentes, puertas, arcos, bocas de incendio y lugares donde las vías del ferrocarril se cruzan con las calles. Artículo 27 No se permitirá aparcar ningún otro vehículo a menos de 15 metros de las paradas de tranvía, de autobús y de los servicios de extinción de incendios. Artículo 28 La capacidad de carga de un vehículo no excederá la cantidad especificada por la agencia de inspección de vehículos. Capítulo 3 Vehículos Sección 2 Vehículos de motor Artículo 29 Cuando un vehículo de motor pase por una intersección, deberá reducir la velocidad a una distancia de treinta a cincuenta metros y utilizar señales direccionales para indicar el sentido de la marcha en horas de la noche, siendo necesario reemplazar las; Luces de carretera con faros pequeños o luces de cruce. Artículo 30 Cuando dos vehículos se encuentren de noche, deberán encender las luces de cruce o de cruce a 100 metros de distancia del vehículo que viene en sentido contrario. Artículo 31 Cuando la velocidad de conducción nocturna no exceda de 30 kilómetros por hora, la luz de las luces del automóvil deberá iluminar 30 metros; si la velocidad excede los 30 kilómetros, la luz deberá iluminarse a una distancia de 100 metros; El uso de la señal de dirección 32: (1) Siga recto: las dos luces no están encendidas o la flecha apunta hacia arriba (2) Gire a la derecha: encienda la señal de luz de la derecha o la flecha apunta hacia la derecha (3); ) Gire a la izquierda: encienda la señal luminosa izquierda O la flecha apunta hacia la izquierda (4) Giro en U: Encienda la baliza izquierda o la flecha que apunta hacia abajo; Artículo 33 Cuando la altura de carga del camión supere el compartimento, el escolta deberá permanecer cerca de la cabina y no recostarse sobre la carga. Cuando la altura de la carga excede la cabina, nadie puede sentarse sobre la carga. Artículo 34 Cuando un camión transporte personas, el transporte deberá ser estable. Si la altura del vehículo es inferior a un metro, los pasajeros no podrán permanecer de pie en el vehículo y deberán ser conducidos por un conductor experto. Artículo 35 Cuando los vehículos de motor circulen por la calle, la distancia entre dos vehículos debe ser de al menos 20 metros, en zonas concurridas, la distancia debe ser de al menos cinco metros.

Conocimiento de las normas de tránsito para estudiantes de primaria(1) Se prohíbe el paso de vehículos y ganado; (2) Se permiten giros a la derecha siempre que no obstaculice la luz verde para liberar vehículos; (3) Si no se puede girar a la derecha en una intersección en forma de T, los cruces peatonales permiten el paso del tráfico siempre que el tráfico no esté bloqueado por una luz verde. Artículo 11 Cuando la luz amarilla esté encendida, se prohíbe el paso de vehículos y ganado. Si han cruzado la línea de parada, deberán seguir avanzando. Artículo 12 Cuando un vehículo pasa por una intersección y encuentra una señal de alto en un semáforo, debe detenerse fuera de la línea de alto, si no hay línea de alto, debe detenerse fuera del paso de peatones; Artículo 13 Señales de tráfico (ver Apéndice 2 - omitido). Capítulo 3 Vehículos Sección 1 Disposiciones generales Artículo 14 Los vehículos deben ser inspeccionados por la agencia de inspección de vehículos, recibir una placa de matrícula e instalarla en un lugar designado (los tranvías deben tener pintura blanca en la parte delantera y trasera del vehículo de motor); Las licencias deben llevarse con el vehículo y no pueden prestarse, modificarse ni dañarse. Artículo 15 Las bicicletas, triciclos y vehículos de tracción animal entre vehículos de motor y vehículos sin motor deberán estar equipados con frenos eficaces. Artículo 16 Excepto los vehículos de tracción animal, rickshaws, rickshaws y carros de mano, los sistemas de audio de otros vehículos deben mantenerse intactos y eficaces. Los camiones de bomberos, los vehículos de policía, los vehículos de rescate de ingeniería y las ambulancias deben estar equipados con sirenas especiales. Artículo 17 Conducción de vehículos: Si la calle tiene tres carriles: un carril expreso pequeño, un carril para camiones grandes y un carril lento no motorizado, los automóviles y las bicicletas mecánicas circularán por el carril expreso pequeño y los camiones circularán por el carril grande; carril para camiones; los vehículos no motorizados circularán por el carril rápido pequeño circulando por el carril lento no motorizado. Si en una calle hay dos líneas: un carril rápido y un carril lento, los vehículos de motor circulan por el carril rápido y los vehículos no motorizados circulan por el carril lento. En las carreteras con carriles rápidos y lentos, los vehículos de motor circulan por el medio; los vehículos sin motor circulan por la derecha. Artículo 18 Los vehículos de motor y los vehículos no locales, como bicicletas, triciclos y vehículos de tracción animal, deben encender las luces cuando circulan de noche; los vehículos de motor también deben encenderlas cuando circulan con niebla. Artículo 19 Todo tipo de vehículos deben dar paso a los camiones de bomberos, coches de policía, vehículos de rescate de ingeniería y ambulancias. Artículo 20 Cuando todas las partes llegan a la intersección al mismo tiempo, deben cumplir con las siguientes regulaciones: (1) los vehículos no motorizados deben ceder el paso a los vehículos motorizados (2) los trolebuses deben ceder el paso a los vagones de ferrocarril; Cuando se encuentran vehículos similares: vehículos que giran Deje que el tráfico de paso pase primero; los vehículos de la línea principal dejen pasar primero los caminos secundarios y principales, deje que los vehículos de la derecha vayan primero; Artículo 21: En carreteras de un solo sentido, a excepción de los camiones de bomberos, coches de policía, vehículos de rescate de ingeniería y ambulancias, otros vehículos no pueden circular en la dirección opuesta. Artículo 22 En las carreteras prohibidas, no se permite el paso de ningún otro vehículo, excepto camiones de bomberos, coches de policía, vehículos de rescate de ingeniería, ambulancias y vehículos no prohibidos. Artículo 23 Los vehículos pesados ​​(tractores, grúas, tanques, etc.) equipados con ruedas de hierro deberán notificar a la Oficina de Seguridad Pública local antes de pasar por las calles y circular según la ruta y horario designados por la Oficina de Seguridad Pública. Artículo 24 Los vehículos y convoyes de tracción animal que ingresen a las zonas urbanas deberán seguir las rutas designadas por la Dirección de Seguridad Pública. Artículo 25 Todo tipo de vehículos deben estacionarse en lugares designados en secuencia. Cuando estacione temporalmente en otro lugar, solo podrá estacionar en el lado derecho de la carretera, pero deberá salir rápidamente cuando bloquee el tráfico. Artículo 26 No se permite estacionar dentro de los 10 metros en intersecciones, curvas, puentes, puertas, arcos, bocas de incendio y lugares donde las vías del ferrocarril se cruzan con las calles. Artículo 27 No se permitirá aparcar ningún otro vehículo a menos de 15 metros de las paradas de tranvía, de autobús y de los servicios de extinción de incendios. Artículo 28 La capacidad de carga de un vehículo no excederá la cantidad especificada por la agencia de inspección de vehículos. Capítulo 3 Vehículos Sección 2 Vehículos de motor Artículo 29 Cuando un vehículo de motor pase por una intersección, deberá reducir la velocidad a una distancia de treinta a cincuenta metros y utilizar señales direccionales para indicar el sentido de la marcha en horas de la noche, siendo necesario reemplazar las; Luces de carretera con faros pequeños o luces de cruce. Artículo 30 Cuando dos vehículos se encuentren de noche, deberán encender las luces de cruce o de cruce a 100 metros de distancia del vehículo que viene en sentido contrario. Artículo 31 Cuando la velocidad de conducción nocturna no exceda de 30 kilómetros por hora, la luz de las luces del automóvil deberá iluminar 30 metros; si la velocidad excede los 30 kilómetros, la luz deberá iluminarse a una distancia de 100 metros; El uso de la señal de dirección 32: (1) Siga recto: las dos luces no están encendidas o la flecha apunta hacia arriba (2) Gire a la derecha: encienda la señal de luz de la derecha o la flecha apunta hacia la derecha (3); ) Gire a la izquierda: encienda la señal luminosa izquierda O la flecha apunta hacia la izquierda (4) Giro en U: Encienda la baliza izquierda o la flecha que apunta hacia abajo; Artículo 33 Cuando la altura de carga del camión supere el compartimento, el escolta deberá permanecer cerca de la cabina y no recostarse sobre la carga. Cuando la altura de la carga excede la cabina, nadie puede sentarse sobre la carga. Artículo 34 Cuando un camión transporte personas, el transporte deberá ser estable. Si la altura del vehículo es inferior a un metro, los pasajeros no podrán permanecer de pie en el vehículo y deberán ser conducidos por un conductor experto. Artículo 35 Cuando los vehículos de motor circulen por la calle, la distancia entre dos vehículos debe ser de al menos 20 metros, en zonas concurridas, la distancia debe ser de al menos cinco metros.

Artículo 36 El establecimiento y cambio de líneas y paradas de tranvía y autobús deben ser aprobados previamente por la oficina de seguridad pública local. Artículo 37 Los tranvías y autobuses no podrán parar ni subir ni bajar pasajeros salvo en circunstancias especiales. Artículo 38 Cuando un conductor de vehículo de motor conduzca un vehículo por una vía amplia, libre, con buena visibilidad y sin señales de límite de velocidad, y en las condiciones que garanticen la seguridad del tránsito, la velocidad máxima será: (1) Cincuenta kilómetros por hora para automóviles y motocicletas. (2) 40 kilómetros para autobuses y camiones; (3) 35 kilómetros para trolebuses; (4) 30 kilómetros para tranvías. Artículo 39 En cualquiera de las siguientes circunstancias, la velocidad no excederá los 15 kilómetros por hora: (1) Intersecciones con tránsito pesado o lugares con densidad de peatones; (2) Vueltas en U, vueltas o bajadas de pendientes pronunciadas; 3) Las piezas de remolque están dañadas Vehículos; (4) Cruzar vías de ferrocarril, puentes, puertas y alcantarillas; (5) Conducir en carreteras heladas y nevadas; (6) Encontrar fuertes vientos o niebla intensa, con una vista dentro de los treinta metros; Encontrar señales de advertencia. Artículo 40 La velocidad no podrá exceder los cinco kilómetros por hora en las siguientes situaciones: (1) Cuando fallen los frenos, las luces (de noche) y las bocinas; (2) Cuando llueva o nieva y los limpiaparabrisas estén dañados; 3) Al salir del lugar de estacionamiento Al dar marcha atrás. Artículo 41 Los camiones de bomberos, los coches de policía, los vehículos de rescate de ingeniería y las ambulancias no están sujetos a restricciones de velocidad en virtud del principio de garantizar la seguridad del tráfico. Artículo 42 Al adelantar a automóviles y bicicletas mecánicas, deberán cumplir con las siguientes normas: (1) Deben adelantar por la izquierda (los tranvías que adelantan pueden adelantar por la izquierda o por la derecha según las condiciones de la vía), pero deben mantenerse a 150 metros de los que vienen. vehículos metros (2) Al adelantar, debe tocar la bocina a una distancia de 20 a 30 metros del vehículo de delante y esperar a que el vehículo de delante ceda el paso antes de adelantar, pero el vehículo de delante no puede ceder el paso. intencionalmente. Después de adelantar, debe conducir hacia la línea del tren a 20 metros de distancia del vagón de atrás (el vagón original de delante (3) no está permitido adelantar (4) en las circunstancias especificadas en los artículos 39 y 40, no está permitido adelantar; . Capítulo 3 Vehículos Sección 3 Conductores de vehículos de motor Artículo 43 Los conductores de vehículos de motor sólo podrán conducir después de haber superado el examen realizado por la autoridad de gestión de vehículos y haber obtenido un permiso de conducir. Artículo 44 Los conductores de vehículos de motor deben cumplir con las siguientes normas: (1) Se debe llevar una licencia de conducir al conducir un vehículo; (2) No se permite conducir un vehículo bajo la influencia del alcohol; (3) Un vehículo que lo haga; no cumple con los requisitos de la licencia de conducir; (4) ) No se permite fumar, comer ni hablar mientras se conduce un vehículo; (5) No se permite que el vehículo sea conducido por una persona sin licencia de conducir; (6) No se permite prestar la licencia de conducir a otras personas; (7) No se permite al conductor sentarse en la cabina; Artículo 45 El aprendiz de conductor de un vehículo de motor deberá obtener una licencia de aprendiz de conducir, y cuando practique o practique la conducción en la vía, deberá cumplir con las siguientes normas: (1) Practicar la conducción en el horario y ruta designados por la seguridad pública local. oficina (2) Práctica de conducción Al conducir un vehículo, debe haber supervisión e instrucción por parte de un conductor formal. Si se violan las reglas de tránsito o ocurre un accidente, los profesores y el personal asumirán parte o toda la responsabilidad (3) No se permite que los pasajeros suban al autobús; Capítulo 3 Vehículos Sección 4 Vehículos sin motor Artículo 46 Los conductores de vehículos a motor no conducirán en estado de ebriedad. Artículo 47 Al andar en bicicleta, está prohibido: (1) quitar las manos del manillar; (2) andar en bicicleta con dos personas una al lado de la otra o (3) subirse a otros vehículos o sostener un paraguas; (4) andar en la acera Subir a la bicicleta (5) Perseguirse o competir entre sí; Artículo 48 Al conducir un triciclo, deberá cumplir con lo dispuesto en los incisos 1, 3, 4 y 5 del artículo 47. Artículo 49 El conductor de un vehículo de tracción animal deberá mantener siempre el vehículo y la funda del sillín fuertes e intactos, y no podrá tumbarse en el vehículo mientras conduce. Artículo 50 Cuando un vehículo de tracción animal pase por los siguientes lugares, el conductor deberá bajarse del vehículo y remolcar los animales: (1) Lugares con muchos vehículos y peatones (2) Pendientes, caminos angostos, caminos con curvas, intersecciones, puentes; , alcantarillas, etc. que son propensos a lugares peligrosos. Artículo 51 Cuando los vehículos de tracción animal viajen en grupo, deberán dividirse en varios grupos, y la distancia entre grupos será de al menos 20 metros. Capítulo 4 Peatones Artículo 52 Los peatones deberán cumplir las siguientes normas: