Impuestos personales con fines formativos
Los ingresos normales por comisiones que reciba el agente de la empresa tributarán como remuneración laboral. Si obtiene otros ingresos, generalmente deberá incorporarlos al cálculo encomendado para pagar el impuesto personal. Por ejemplo, la Administración Estatal de Impuestos estipula explícitamente que los viajes organizados por agentes deben considerarse ingresos del agente e incorporarse a las comisiones para pagar impuestos personales.
Volviendo al tema de la formación, primero debemos determinar si se trata de los ingresos del agente. La empresa organiza la formación empresarial general, incluida la formación de expansión, para mejorar la calidad profesional del equipo de agentes y no debe considerarse un ingreso personal y no requiere impuestos. Pero si paga tarifas de formación encubiertas, es posible que deba pagar impuestos personales. Si quieres pagar, debes incorporar la comisión a tus impuestos.
¡Para referencia!