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Existen varios ítems en el examen físico de los funcionarios públicos nacionales

Los elementos del examen físico para los servidores públicos nacionales incluyen exámenes generales como altura y peso, presión arterial, visión, audición y rutina sanguínea, así como examen del corazón, examen de tiroides, hígado, vesícula biliar, páncreas, bazo. examen y examen en profundidad de los órganos renales. Los detalles son los siguientes:

Artículo 1: Las enfermedades cardíacas estructurales como la cardiopatía reumática, la miocardiopatía, la enfermedad coronaria y las cardiopatías congénitas no están calificadas. Son elegibles los pacientes con cardiopatías congénitas que no requieran cirugía o se curen mediante cirugía.

Si ocurre una de las siguientes condiciones, se excluyen y califican los cambios patológicos: (1) Hay un soplo en la auscultación cardíaca; (2) Latidos prematuros frecuentes (3) La frecuencia cardíaca es inferior a 50; latidos por minuto o más de 110 latidos por minuto (4) Otras condiciones anormales del electrocardiograma;

La segunda presión arterial se califica dentro del siguiente rango: presión arterial sistólica inferior a 140 mmHg; presión arterial diastólica inferior a 90 mmHg.

Artículo 3: Enfermedades del sistema sanguíneo, inhabilitación. Se califica la anemia ferropénica simple, con hemoglobina superior a 90 g/L en hombres y superior a 80 g/L en mujeres.

En cuarto lugar, la tuberculosis no está calificada. Sin embargo, se cumplen las siguientes condiciones: (1) la tuberculosis pulmonar primaria, la tuberculosis pulmonar secundaria y la pleuresía tuberculosa son estables durante 1 año después de la curación clínica (2) tuberculosis extrapulmonar: tuberculosis renal, tuberculosis ósea, tuberculosis peritoneal, tuberculosis de los ganglios linfáticos, etc. . Dos años después de la curación clínica, no hubo recurrencia.

Artículo 5: No se califican la bronquitis crónica combinada con enfisema obstructivo, bronquiectasias y asma bronquial.

Artículo 6: No se califican la pancreatitis crónica, la colitis ulcerosa, la enfermedad de Crohn y otras enfermedades crónicas graves del sistema digestivo. Son elegibles aquellos que no tienen complicaciones graves después de la gastrectomía subtotal.

Artículo 7: Son incalificados todos los tipos de hepatitis aguda y crónica y cirrosis.

Artículo 8: Tumor maligno, sin calificar.

Artículo 9: No se califican la nefritis, la pielonefritis crónica, la poliquistosis renal y la insuficiencia renal.

La diabetes tipo 10, la diabetes insípida, la acromegalia y otras enfermedades del sistema endocrino no están calificadas. Si no hay síntomas o signos después de un año de curación, se califica hipertiroidismo.

Artículo 11: Personas con antecedentes de epilepsia, enfermedades mentales, histeria, deambulaciones nocturnas, neurosis graves (dolores de cabeza frecuentes, mareos, insomnio, pérdida importante de memoria, etc.), abuso y dependencia de sustancias psicoactivas. No se les permite calificar.

Artículo 12 Lupus eritematoso, dermatomiositis y/o polimiositis, esclerodermia, poliarteritis nodosa, artritis reumatoide y otras enfermedades difusas del tejido conectivo, arteritis de Takayasu. Todas fracasaron.

Artículo 13. Esquistosomiasis avanzada, brucelosis o filariasis.

Artículo 14: Se descalifican los defectos del cráneo, la retención de cuerpo extraño intracraneal, las malformaciones craneoencefálicas y el síndrome postraumático.

Artículo 15: No se califica la osteomielitis crónica grave.

Artículo 16: Bocio simple de tercer grado, sin calificar.

Artículo 17: Se descalifican los cálculos en la vesícula biliar y los cálculos en las vías urinarias con obstrucción.

La gonorrea tipo 18, la sífilis, el chancro, el linfogranuloma venéreo, el condiloma acuminado, el herpes genital y el SIDA no están calificados.

Artículo 19: La agudeza visual corregida de ambos ojos es inferior a 4,8 (agudeza visual fraccionada 0,6), un ojo es ciego, la agudeza visual corregida del otro ojo es inferior a 4,9 (agudeza visual fraccionada 0,8 ), hay discapacidad visual evidente y aquellos con enfermedades oculares serán descalificados.

Artículo 20: Serán descalificados quienes tengan discapacidad auditiva en ambos oídos y no puedan escuchar susurros a menos de 3 metros al utilizar audífonos artificiales.

Artículo 21: Cualquier otra enfermedad grave que no esté incluida en las normas de examen físico y afecte el normal desempeño de sus funciones será descalificada del examen físico.