La Red de Conocimientos Pedagógicos - Aprendizaje de japonés - Estado de inscripción del jardín de infantes Hubin en el condado de Ji'an

Estado de inscripción del jardín de infantes Hubin en el condado de Ji'an

Los niños que cumplan la edad prescrita y la edad de ingreso a la escuela solicitan registrarse en los jardines de infancia públicos. Se dará prioridad a los niños públicos con instalaciones comunitarias. Sus padres deben poseer bienes inmuebles en la comunidad donde se encuentra el jardín de infancia.

1. Los niños que ingresan a la escuela deben cumplir la edad especificada, es decir, 3 años en la clase pequeña (la fecha límite para nacer es el 31 de agosto de cada año, la misma a continuación), 4 años en la clase pequeña. clase media, 5 años en la clase de último año y 2 años en la clase de guardería.

2. Los jardines de infancia públicos reclutan a niños en edad escolar con registro de hogares de la calle en el distrito, y los jardines de infancia públicos de apoyo en el distrito dan prioridad a la inscripción de niños de propietarios calificados en el distrito.

3. Cada niño sólo puede solicitar la inscripción en jardines de infancia públicos construidos por el gobierno o en jardines de infancia públicos gestionados por instituciones públicas. Si no es admitido, puede solicitar la inscripción en un jardín de infancia público de apoyo en una determinada comunidad y declarar que cancela sus calificaciones de inscripción.

4. Los niños que solicitan prioridad para asistir a jardines de infancia públicos en la comunidad deben tener padres que sean propietarios de bienes inmuebles en la comunidad donde se encuentra el jardín de infancia y se muden allí. Si sus padres no tienen bienes raíces independientes en el área urbana del distrito de Jizhou y sus abuelos (abuelo, abuela, abuelo, abuela) poseen bienes raíces en la comunidad donde se encuentra el jardín de infantes y se han mudado, también pueden registro, sujeto al certificado de propiedad inmobiliaria o contrato de compra de vivienda. No se considerarán admisión los bienes de otros hijos y familiares, ni los que alquilen inmuebles ajenos, garajes, almacenes, cocheras y otras edificaciones auxiliares.