¡Problemas en las carreteras que quedan de la historia!
Ley “Derechos del Vecino”
Opinión Popular: Artículo 101. El propietario o usuario no bloqueará los pasajes históricos en un edificio de propiedad o utilizado por esa parte. El bloqueo afecta la producción y la vida de otros, y si otros solicitan que el bloqueo sea eliminado o restaurado a su estado original, deben apoyarlo. Sin embargo, si tienes las condiciones para abrir otro canal, también puedes abrir otro canal.
Ley de Derechos de Propiedad: Artículo 92: El propietario del inmueble utiliza los inmuebles adyacentes para agua, drenaje, tráfico, tendido de tuberías, etc. Se debe hacer todo lo posible para evitar causar daños a los titulares de derechos de bienes inmuebles adyacentes; si se causan daños, se debe indemnizar.
De acuerdo con las leyes antes mencionadas, usted puede pedir a la otra parte que corrija sus prácticas.