¿Bajo qué circunstancias los trabajadores soportan daños y perjuicios?
Las situaciones en las que los trabajadores están obligados a soportar la indemnización por daños y perjuicios son las siguientes: 1. El empleador proporciona honorarios por capacitación profesional y técnica a los trabajadores, pero el trabajador viola el período de servicio acordado por ambas partes 2; El trabajador viola el acuerdo entre las partes de cláusulas de no competencia.
1. ¿En qué circunstancias los empleados pueden soportar la indemnización por daños y perjuicios?
1. Las circunstancias bajo las cuales los empleados deben soportar la indemnización por daños y perjuicios son las siguientes:
(1. ) Proporcionado por el empleador El empleado recibe capacitación profesional y técnica a expensas del empleado, pero el empleado viola el período de servicio acordado por ambas partes;
(2) El empleado viola el no- cláusula de competencia acordada por ambas partes.
2. Base jurídica: Artículo 22 de la "Ley de Contrato de Trabajo de la República Popular China"
El empleador proporciona tarifas especiales de formación a los trabajadores y realiza formación profesional para ellos. formación técnica, se puede llegar a un acuerdo con el empleado para acordar el período de servicio.
Si un empleado viola el acuerdo de período de servicio, deberá pagar daños y perjuicios al empleador según lo acordado. El monto de la indemnización por daños y perjuicios no excederá los costos de capacitación proporcionados por el empleador. La indemnización por daños y perjuicios que el empleador debe pagar al empleado no excederá los gastos de capacitación a compartir por la parte no cumplida del período de servicio.
2. El empleado deberá avisar al empleador con varios días de antelación para rescindir el contrato de trabajo.
Si el empleado se encuentra en periodo de prueba deberá avisar al empleador con tres días de antelación para rescindir el contrato de trabajo, luego de convertirse en empleado regular, el empleado deberá notificar al empleador por escrito con 30 días de anticipación para rescindir el contrato de trabajo. El trabajador podrá rescindir el contrato de trabajo notificándolo por escrito al empleador con treinta días de antelación. El empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificándolo al empleador con tres días de anticipación durante el período de prueba.