La Red de Conocimientos Pedagógicos - Aprendizaje de redacción de artículos/tesis - Yo tenía una residencia permanente registrada en el campo, pero luego me mudé al pueblo porque compré una casa. ¿Puedo volver al campo para presentarme como candidato a cuadros del pueblo?

Yo tenía una residencia permanente registrada en el campo, pero luego me mudé al pueblo porque compré una casa. ¿Puedo volver al campo para presentarme como candidato a cuadros del pueblo?

Siempre que se cumplan las condiciones, es posible:

1. Según el artículo 13 de la "Ley de organización de comités de aldea" de mi país, los partidos políticos pueden participar en las elecciones en su lugar de residencia, independientemente del lugar de residencia. naturaleza de su registro de hogar (ahora muchas áreas se han registrado como "registro de hogar de residentes");

2 Sin embargo, si el partido en cuestión se ha registrado para participar en las elecciones en la aldea, no podrá participar. en la elección del comité de aldea en otros lugares.

La “Ley Orgánica de los Comités de Residentes de la República Popular China” estipula:

Artículo 13 Los aldeanos mayores de 18 años, sin distinción de nacionalidad, raza, género, ocupación, origen familiar, personas con creencias religiosas, educación, situación económica y duración de la residencia tienen derecho a votar y a presentarse a las elecciones, aunque quedan exceptuadas aquellas que estén privadas de derechos (políticos) según la ley;

Antes de la elección del comité de aldea, las siguientes personas deben registrarse e incluirse en la lista de aldeanos que participan en la elección:

1. Aldeanos cuyo registro familiar esté en la aldea y que. vive en la aldea;

2. Si el registro del hogar está en la aldea pero no vive en la aldea, participará en la elección como aldeano;

3 Si el registro del hogar no está en la aldea pero ha vivido en la aldea durante más de un año, el solicitante deberá solicitar participar en la elección en persona y será aprobado por la reunión de aldeanos o la reunión de aldeanos. han aceptado participar en las elecciones.

Los habitantes de la aldea que se han registrado para participar en las elecciones en la aldea donde se encuentra el registro de su hogar o en la aldea donde viven no pueden participar en las elecciones del comité de la aldea en otros lugares.