La Red de Conocimientos Pedagógicos - Aprendizaje de redacción de artículos/tesis - ¿Cuál es el delito de hacerse pasar por otra persona para ir a la universidad?

¿Cuál es el delito de hacerse pasar por otra persona para ir a la universidad?

Análisis jurídico: Actualmente no existe ningún delito de suplantación de identidad en el ordenamiento jurídico de nuestro país. Quienes se hagan pasar por la universidad deben ser considerados legalmente responsables. Se sospechaba que el miembro del personal que ayudó al cliente a hacerse pasar por abuso de poder. El partido que se hace pasar por una universidad es sospechoso de falsificar documentos de agencias estatales. Cualquier miembro del personal de la Oficina de Admisiones que ofrezca sobornos constituirá el delito de aceptación de sobornos.

Base jurídica: “Ley Penal de la República Popular China”

Artículo 280: Falsificación, alteración o comercio de cédulas de identidad de residente, pasaportes, tarjetas de seguridad social, licencias de conducir, etc. podrá realizarse conforme a la ley quienes aporten documentos que acrediten su identidad, serán sancionados con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva, control o privación de derechos políticos, y también multa si; las circunstancias sean graves, se les impondrá pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también multa. En actividades para las cuales se requiere prueba de identidad según las regulaciones nacionales, cualquier persona que falsifique, altere o robe tarjetas de identificación de residente, pasaportes, tarjetas de seguro social, licencias de conducir y otros documentos que puedan probar su identidad de acuerdo con la ley, si las circunstancias lo permiten. grave, será objeto de detención o vigilancia penal. También se le podrá imponer una multa o una multa. Si la conducta prevista en el párrafo anterior constituye otros delitos, el infractor será condenado y castigado conforme a las disposiciones sobre penas más severas.

Artículo 397: El funcionario de organismos estatales que abuse de su poder o descuide sus deberes, causando grandes daños a los bienes públicos o a los intereses de la patria y del pueblo, será sancionado con pena fija- pena de prisión no superior a tres años o detención penal si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a pena de prisión de duración determinada no inferior a tres años pero no superior a siete años; Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.

Artículo 418 Si un empleado de una agencia estatal comete fraude en la contratación de funcionarios o estudiantes, y las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión penal.