La Red de Conocimientos Pedagógicos - Aprendizaje de redacción de artículos/tesis - Aviso sobre la emisión del “Reglamento para el Nombramiento, Remoción y Promoción de Servidores Públicos (Juicio)”

Aviso sobre la emisión del “Reglamento para el Nombramiento, Remoción y Promoción de Servidores Públicos (Juicio)”

Capítulo 1 Disposiciones Generales

Artículo 1 Con el fin de mejorar la gestión de los cargos de los funcionarios públicos, nombrar racionalmente a los funcionarios públicos y regular el nombramiento, remoción y promoción de los funcionarios públicos, De conformidad con la Ley de Funcionarios Públicos y las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes, formular este reglamento.

Artículo 2 El nombramiento, despido y promoción de funcionarios públicos debe implementar la línea y las políticas de cuadros del partido y adherirse a los siguientes principios:

(1) El principio de gestión de cuadros del partido

(2) El principio de nombrar personas según sus méritos, teniendo tanto capacidad como integridad política, y centrándose en el desempeño

(3) El principio de democracia, apertura, competencia, y selección basada en el mérito.

Artículo 3 El presente reglamento se aplica a los funcionarios públicos bajo el sistema de nombramiento. El nombramiento, remoción, ascenso y promoción de los funcionarios públicos del sistema electivo, así como de jueces y fiscales, se realizarán de conformidad con lo dispuesto en las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes.

Se regulará separadamente el nombramiento, cese y ascenso de los funcionarios públicos por el sistema de nombramiento.

Artículo 4 El nombramiento, cese y promoción de los funcionarios públicos se realizará de conformidad con la autoridad de gestión de cuadros y conforme a las condiciones y procedimientos legales.

Artículo 5 Los cargos de miembros directivos se ejercerán por un período de mandato que se regulará reglamentariamente.

Capítulo 2 Nombramiento

Artículo 6 El nombramiento de los funcionarios públicos se realizará de acuerdo con la secuencia de los cargos públicos y dentro de la cuota de establecimiento y número de cargos prescritos, y no habrá Habrá vacantes correspondientes.

Artículo 7 Para ejercer el cargo, los servidores públicos deberán reunir las condiciones y calificaciones requeridas para el cargo propuesto.

Artículo 8 Los funcionarios públicos que ocupen cargos cumplirán las normas pertinentes en materia de comunicación y elusión.

Artículo 9. Se nombrarán funcionarios que reúnan alguna de las siguientes circunstancias:

(1) Los funcionarios de nueva incorporación que aprueben la evaluación una vez finalizado su período de prueba;

(2) Ingreso al servicio civil mediante traslado, selección abierta, etc.

(3) Ascenso o descenso del puesto

(4) Traslado, capacitación laboral temporal;

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(5) Necesidad de ocupar un nuevo puesto después de la destitución;

(6) Necesidad de ocupar un nuevo puesto por otros motivos.

Artículo 10 Los nombramientos de funcionarios públicos generalmente siguen los siguientes procedimientos:

(1) Proponer candidatos para servir de acuerdo con las normas pertinentes.

(2) De acuerdo con; requisitos del trabajo Realizar inspecciones o conocer a los candidatos a ser nombrados;

(3) Realizar discusiones y decisiones colectivas basadas en la autoridad de gestión del cuadro;

(4) Realizar procedimientos de nombramiento de acuerdo con regulaciones.

Artículo 11 La antigüedad de los funcionarios públicos se calculará de conformidad con el "Reglamento sobre la selección y nombramiento de cuadros dirigentes del Partido y del Gobierno" y los reglamentos pertinentes.

Artículo 12 Cuando los funcionarios públicos ocupen sus cargos, sus niveles se determinarán reglamentariamente.

Artículo 13 Si un funcionario asume puestos concurrentes fuera de la agencia debido a necesidades laborales, deberá obtener la aprobación de la agencia correspondiente y no recibirá remuneración a tiempo parcial.

Capítulo 3 Remoción

Artículo 14 Los servidores públicos serán removidos de su cargo si reúnen alguna de las siguientes circunstancias:

(1) La remoción se requiere después del ascenso Anteriormente ocupando el cargo;

(2) Reducir el cargo;

(3) Transferir;

(4) Renunciar o trasladarse fuera de la institución; /p>

(5) Los que no sean seleccionados por la organización y cuyo período de estudio exceda de un año

(6) Los que se jubilen

(7) Los que se jubilen; que necesitan ser removidos de sus puestos por otras razones.

Artículo 15 La remoción de un funcionario público se realizará de conformidad con los siguientes procedimientos:

(1) Presentar una recomendación de remoción

; (2) Revisar los motivos de la destitución;

(3) Tomar decisiones colectivas basadas en la autoridad de gestión del cuadro

(4) Realizar los procedimientos de destitución de acuerdo con las regulaciones.

Artículo 16 Si un servidor público incurre en cualquiera de las siguientes circunstancias, sus funciones serán removidas automáticamente, sin necesidad de trámite de remoción, la unidad lo comunicará a la autoridad de nombramiento y remoción. expediente:

(1) Ser acusado penalmente de Castigo o reeducación por el trabajo;

(2) Ser sancionado con despido o superior;

(3) Ser despedido ;

(4) Leyes, reglamentos y existen otras disposiciones en los estatutos pertinentes.

Capítulo 4 Promoción a Cargos

Artículo 17 Cuando un servidor público sea ascendido a un cargo, deberá poseer la calidad ideológica y política, capacidad para el trabajo, nivel de educación y experiencia de servicio. requerido para el puesto propuesto. Condiciones y Elegibilidad.

Artículo 18 Para que los funcionarios públicos sean promovidos a cargos, los resultados de la evaluación anual dentro del período de calificación especificado deberán ser competentes o superiores.

Artículo 19 Los funcionarios públicos que sean promovidos a puestos de liderazgo a nivel de condado o superior deberán poseer las calificaciones estipuladas en el "Reglamento sobre la selección y nombramiento de cuadros dirigentes del Partido y del Gobierno" y las leyes, reglamentos, y cartas.

Los funcionarios públicos que sean promovidos a puestos de liderazgo a nivel municipal deben cumplir con las siguientes calificaciones:

(1) Tener un título universitario o superior

(2; ) Promoción Aquellos que ocupan un puesto de liderazgo principal a nivel de municipio y sección deben ocupar un puesto a nivel de municipio y sección adjunto durante más de dos años

(3) Aquellos que son ascendidos a municipio y sección adjuntos; un puesto de liderazgo de nivel debe ocupar un puesto a nivel de miembro de sección durante más de tres años;

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(4) Tener la condición física para desempeñar sus funciones con normalidad

(5; ) Otras calificaciones que deban cumplirse.

Artículo 20: Quienes sean promovidos a cargos no directivos en la categoría de gestión integral deberán cumplir con los siguientes requisitos de antigüedad en el servicio:

(1) Ser promovido al cargo de inspector, debe ocupar el cargo de subdirector o subdirector a nivel de departamento o oficina. Ser inspector durante más de cinco años.

(2) Ser ascendido al cargo de subinspector; uno debe ocupar un puesto de liderazgo a tiempo completo a nivel de condado o ser investigador durante más de cinco años.

(3) Para ser ascendido a investigador Para ocupar un puesto, uno debe ocupar un cargo adjunto; puesto de líder a nivel de condado o investigador adjunto durante más de cuatro años.

(4) Para ser ascendido a un puesto de investigador adjunto, uno debe ocupar un puesto de líder principal a nivel de municipio o secretario jefe; durante más de cuatro años;

(5) Para ser ascendido al puesto de miembro jefe de sección, uno debe haber servido como líder adjunto a nivel de municipio o como miembro jefe adjunto de sección durante más de tres años;

(6) Para ser ascendido al cargo de miembro jefe adjunto de sección, deberá desempeñarse como secretario durante más de tres años.

(7) Para ser ascendido al cargo; oficinista, deberá desempeñarlo durante más de tres años.

La duración del servicio requerida para el ascenso a puestos no directivos en otras categorías laborales distintas a la de gestión integral se implementará de acuerdo con la normativa pertinente.

Artículo 21 Los funcionarios públicos serán ascendidos paso a paso en la promoción de sus cargos.

Los funcionarios especialmente destacados o aquellos con necesidades laborales especiales podrán ser promovidos a otros puestos mediante excepciones o superación de rango. Las condiciones y procedimientos para los ascensos excepcionales y extraordinarios se estipularán separadamente.

Artículo 22 La promoción de funcionarios públicos a puestos de liderazgo se tramitará de conformidad con los siguientes procedimientos:

(1) Recomendación democrática y determinación de los objetos de inspección

; p> (2) Organización Investigar, estudiar y proponer propuestas de nombramiento y llevarlas a cabo dentro de un determinado alcance según sea necesario

(3) Discusión colectiva y toma de decisiones de acuerdo con la autoridad de gestión del cuadro

(4) Tramitar la cita de acuerdo con las formalidades reglamentarias.

El ascenso de los funcionarios públicos a puestos no directivos se tramitará conforme a los procedimientos previstos en el párrafo anterior.

Artículo 23 Cuando haya vacantes en puestos de liderazgo por debajo del puesto de tiempo completo a nivel de departamento u oficina dentro de una agencia, los candidatos podrán ser seleccionados mediante competencia dentro de la agencia o sistema.

Cuando hay vacantes en puestos de liderazgo por debajo del puesto de tiempo completo a nivel de departamento o oficina o en puestos no de liderazgo por encima del nivel de investigador adjunto y otros puestos equivalentes, se puede realizar una selección pública para seleccionar candidatos. .

Artículo 24 Cuando un funcionario sea ascendido a un puesto de liderazgo, el sistema de publicidad previa al nombramiento y el sistema de período de prueba se implementarán de acuerdo con las normas pertinentes.

Capítulo 5 Degradación

Artículo 25 Los funcionarios públicos que ocupen puestos superiores al personal de sección y que se determine que son incompetentes durante las evaluaciones periódicas serán degradados.

Artículo 26 Cuando un funcionario público es degradado, generalmente se le rebaja un nivel de puesto.

Artículo 27 La degradación de un funcionario público se llevará a cabo de conformidad con los siguientes procedimientos:

(1) Proponer una recomendación de degradación

(2); ) Motivo de la degradación Realizar revisiones y escuchar las opiniones de quienes serán degradados

(3) Realizar discusiones y decisiones colectivas de acuerdo con la autoridad de gestión del cuadro

(4); ) Manejar los procedimientos de descenso de categoría de acuerdo con la reglamentación.

Artículo 28 Si un funcionario es degradado y su nivel excede del correspondiente al nuevo cargo, será rebajado al mismo tiempo al nivel correspondiente al nuevo cargo.

Artículo 29 Si un funcionario degradado ha trabajado en el nuevo cargo durante más de un año, tiene una integridad política y un desempeño laboral sobresalientes y cumple con las condiciones para el ascenso tras la inspección, podrá ser ascendido a un nuevo cargo. posición. Entre ellos, si el nivel se reduce durante la degradación, el nivel se promoverá de acuerdo con las regulaciones; si el nivel no se reduce durante la degradación, el nivel no se promoverá junto con el puesto cuando se ascienda al puesto anterior; nivel de degradación.

Capítulo 6 Disciplina y Supervisión

Artículo 30 En el nombramiento, remoción y ascenso de servidores públicos no se permiten las siguientes conductas:

(1) Nombramiento y promoción de funcionarios públicos más allá del establecimiento, más allá del número de puestos, más allá de las especificaciones organizativas o puestos de creación propia

(2) Relajar o cambiar el nombramiento y la promoción de funcionarios públicos a voluntad;

(3) ) Ocultar o tergiversar la verdad durante las labores de inspección, o filtrar la preparación y discusión del nombramiento, remoción y ascenso de servidores públicos

(4) Violar los procedimientos prescritos; decidir sobre el nombramiento, remoción y promoción de servidores públicos

(5) Ascensos no anunciados a cargos de funcionarios públicos;

(6) Nepotismo, nombramiento de funcionarios con promesas, malas prácticas; para beneficio personal y represalias;

(7) Otras obstrucciones al nombramiento y destitución de funcionarios públicos La realización de la promoción laboral y el trabajo de promoción se lleva a cabo de manera justa y razonable.

Artículo 31 Las decisiones tomadas en violación de este reglamento serán corregidas por las autoridades pertinentes, y los principales responsables y otras personas directamente responsables serán tratadas de acuerdo con el reglamento. ser tramitado conforme a la ley.

Artículo 32 Si un funcionario público no está satisfecho con la decisión de destitución o degradación, podrá solicitar revisión o presentar un recurso de conformidad con las normas pertinentes. Los departamentos de servicio civil y las agencias pertinentes son responsables de manejar el asunto de acuerdo con las regulaciones pertinentes.

Capítulo 7 Responsabilidad

Artículo 33 El nombramiento, remoción y degradación de los funcionarios públicos bajo doble dirección se tramitará de conformidad con la normativa pertinente.

Artículo 34 El nombramiento, destitución y ascenso del personal de los organismos (unidades) regidos por la Ley del Servidor Público se regirán por el presente reglamento.

Artículo 35 El presente reglamento será interpretado por el Departamento de Organización y el Departamento de Personal del Comité Central del Partido Comunista de China.

Artículo 36 El presente reglamento se aplicará a partir de la fecha de su promulgación.