¿Es correcto que los profesores y el personal mencionados en las opiniones sobre la implementación del sistema de prohibición de empleo no incluyen al personal de instituciones de formación fuera del campus?
No, esto incluye al personal de instituciones de formación fuera del campus. El siguiente es el texto original de los "Dictamenes sobre la aplicación del sistema de prohibición de empleo":
1 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37-1 de la "Ley Penal", los profesores y el personal se benefician de ello. conveniencia profesional para cometer delitos o cometer delitos que violen los requisitos profesionales. Si una persona es condenada a una pena por un delito que implica obligaciones específicas, el tribunal popular puede prohibirle ejercer ocupaciones relevantes dentro de un cierto período de tiempo según las circunstancias. del delito y la necesidad de prevenir la reincidencia.
Si otras leyes y reglamentos administrativos tienen disposiciones prohibitivas o restrictivas sobre el ejercicio de ocupaciones relevantes, dichas disposiciones prevalecerán. La "Ley de Protección al Menor" y la "Ley Docente" son leyes previstas en el párrafo anterior, y el "Reglamento de Calificación Docente" son normas administrativas previstas en el párrafo anterior.
2. De conformidad con el artículo 62 de la "Ley de Protección de Menores", las personas que cometan agresiones sexuales, abusos, trata, lesiones violentas y otros delitos ilegales tienen prohibido realizar trabajos en estrecho contacto. con menores.
Según el artículo 14 de la "Ley del Profesorado" y el artículo 18 del "Reglamento de Cualificaciones del Profesorado", quienes hayan sido privados de derechos políticos o hayan cometido delitos intencionales y hayan sido sancionados con pena privativa de libertad de duración determinada o superior no pueden obtener títulos de maestro; aquellos que ya han obtenido títulos de maestro. Si pierde la calificación, perderá su título de maestro y no podrá volver a obtener el título de maestro.
3. Si un miembro del cuerpo docente comete delitos tales como agresión sexual, abuso, trata, lesiones violentas, etc., el tribunal popular procederá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la “Ley de Protección al Menor”. ", norma que les prohíbe tener contacto cercano con menores.
Si un miembro del cuerpo docente comete otros delitos distintos de los previstos en el párrafo anterior, el Tribunal Popular podrá, atendiendo a las circunstancias del delito y a la necesidad de prevenir reincidencias, y de conformidad con lo dispuesto del artículo 37-1, párrafo 1, de la "Ley Penal", dictar una sentencia de prohibición. Deberá ejercer las ocupaciones pertinentes desde la fecha de cumplimiento de la pena o la fecha de la libertad condicional por un período de tres a cinco años;
O de conformidad con el artículo 38, apartado 2, y el artículo 72 de la "Ley Penal" Se aplicará lo dispuesto en el apartado 2 a la medida cautelar.
4. Si es necesario prohibir a los profesores y al personal ejercer ocupaciones relevantes o aplicar una orden de prohibición, la Fiscalía Popular hará las sugerencias correspondientes al presentar una acusación pública.
5. En un caso penal en el que un miembro de la facultad comete un delito, una vez que la sentencia entre en vigor, el tribunal popular entregará el documento de la sentencia al departamento administrativo de educación donde se encuentra la unidad del acusado dentro de los 30 días. ; si es necesario, el departamento administrativo de educación enviará la sentencia a El documento se remite a las autoridades competentes pertinentes.
Si no es apropiado entregar el documento de sentencia por razones tales como la privacidad de menores, se pueden entregar los materiales de respaldo relevantes que indiquen la condición física, el delito y la sentencia del acusado.
6. Si un miembro de la facultad comete un delito, una vez que la sentencia dictada por el tribunal popular entre en vigor, la unidad, el departamento administrativo de educación o el departamento competente correspondiente podrán, de conformidad con la "Ley de Protección de Menores". ", "Ley de Maestros", "Reglamento de Calificación de Maestros" 》 y otras leyes y reglamentos serán tratados, sancionados y sancionados en consecuencia.
Si la calificación de maestro se pierde o se revoca, el departamento administrativo de educación recogerá de inmediato el certificado de calificación de maestro.
7. La Fiscalía Popular debe supervisar la implementación de las prohibiciones y órdenes de prohibición.
8. Si el Tribunal Popular y la Fiscalía Popular determinan que la unidad correspondiente no ha implementado el sistema de investigación de antecedentes penales y el sistema de prohibición, harán sugerencias a la unidad.
9. El personal docente y personal mencionado en este dictamen se refiere a docentes, auxiliares de educación y docentes, personal administrativo, personal de mantenimiento, personal de seguridad que trabaja en escuelas, jardines de infancia y otras instituciones educativas, así como trabajos relacionados en el exterior. -Instituciones de formación del campus.
Si los organizadores y controladores reales de escuelas, jardines de infancia y otras instituciones educativas e instituciones de formación fuera del campus cometen delitos, se seguirán estas opiniones.
10. Estos dictámenes tendrán vigencia a partir del 15 de noviembre de 2022.