La Red de Conocimientos Pedagógicos - Aprendizaje de redacción de artículos/tesis - ¿Cómo solicitar la vacuna COVID-19 en el extranjero?

¿Cómo solicitar la vacuna COVID-19 en el extranjero?

Análisis legal: los estudiantes extranjeros pueden abrir el enlace del sitio web bg.com.cn/ e ingresar a la página de registro de vacunación. Cuando ingresen por primera vez, verán una encuesta de intención de vacunación COVID-19. Seleccione "Dispuesto a vacunarse" para ingresar a la página "Registro de información personal", complete cuidadosamente la información personal precisa y seleccione "Estudiantes internacionales" en la columna "Clasificación de población". Antes de enviar, recuerde revisar el “Formulario de Consentimiento Informado de Información Personal”. Si la cita es exitosa, deberá presentar una oferta de una institución extranjera o una copia de su visa de estudiante. Después de completar la verificación de identidad, podrá vacunarse.

Base jurídica: “Ley de Administración de Vacunas de la República Popular China”

Artículo 41 El departamento de salud competente del Consejo de Estado formula el plan nacional de inmunización; El plan nacional de vacunación lo determina el departamento de salud competente del Consejo de Estado. Se formulará junto con el departamento de finanzas del Consejo de Estado y se anunciará después de ser presentado al Consejo de Estado para su aprobación.

La autoridad sanitaria del Consejo de Estado ha establecido un comité asesor de expertos para el Programa Nacional de Inmunización y, junto con el departamento financiero del Consejo de Estado, ha establecido un mecanismo de ajuste dinámico para los tipos de vacunas en el Programa Nacional de Vacunación.

Al implementar el programa nacional de inmunización, los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán aumentar los tipos de vacunas en el programa de inmunización en función de las necesidades de prevención y control de enfermedades en sus respectivas regiones administrativas, e informar a la autoridad sanitaria del Consejo de Estado para su archivo y publicación.

Artículo 42 El departamento administrativo de salud del Consejo de Estado formulará y publicará especificaciones de trabajo de vacunación y fortalecerá la gestión estandarizada de la vacunación.

El departamento de salud competente del Consejo de Estado formulará y publicará los procedimientos de inmunización para las vacunas del programa nacional de inmunización y los principios rectores para el uso de vacunas fuera del programa de inmunización.

Las autoridades sanitarias de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central formularán planes de vacunación basados ​​en las condiciones reales de sus respectivas regiones administrativas y los presentarán a las autoridades sanitarias de el Consejo de Estado para su presentación.

Artículo 43 Las instituciones de prevención y control de enfermedades de todos los niveles deberán realizar publicidad, capacitación, orientación técnica, seguimiento, evaluación, investigación epidemiológica y respuesta de emergencia relacionada con la vacunación de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.