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Tipos de prueba en el proceso penal

Subjetividad Jurídica:

Tipos de prueba jurídica en el proceso penal. Según el artículo 50 de la Ley de Procedimiento Penal de nuestro país, la prueba incluye: (1) La prueba física se refiere a todos los elementos y huellas que prueban la verdadera situación del caso. La evidencia física se prueba por sus características externas, propiedades y existencia y, por lo tanto, es más objetiva y estable que otras evidencias. (2) Prueba documental se refiere a materiales escritos u otros materiales materiales que registran contenidos, reflejan pensamientos y prueban la verdadera situación del caso. La prueba documental tiene muchas formas de expresión y métodos de producción y no se limita a "materiales escritos". La evidencia documental pertenece a la categoría de evidencia física y es altamente objetiva. Lo que hay que señalar aquí es que la diferencia entre prueba documental y prueba física es que "la prueba documental prueba los hechos del caso por su contenido, y la prueba física prueba los hechos del caso por sus atributos materiales y características de apariencia". La principal similitud entre la evidencia documental y la evidencia física es que ambas tienen soportes físicos y son evidencia física. Si un artículo tiene dos propósitos, es evidencia tanto documental como física. (3) Testimonio de un testigo El testimonio de un testigo se refiere a la declaración que el testigo hace ante los órganos judiciales y de seguridad pública sobre el caso que conoce. Los testigos son personas distintas de los sospechosos de delitos, los acusados ​​y las víctimas, y sus declaraciones son hechos percibidos por los individuos. El testimonio de los testigos a menudo se ve afectado por factores subjetivos y condiciones objetivas. Lo que hay que señalar aquí es que la "unidad" no puede actuar como testigo. (4) Declaración de la víctima La declaración de la víctima se refiere a la declaración de la víctima de un delito sobre su victimización y otras circunstancias ante los órganos judiciales y de seguridad pública. La víctima sabe más sobre el delito, pero también se ve fácilmente afectada por diversos factores subjetivos y objetivos. La víctima puede ser una persona física o una persona jurídica. (5) Las confesiones y excusas de sospechosos y acusados ​​de delitos se refieren a declaraciones hechas por sospechosos y acusados ​​de delitos a investigadores, fiscales y jueces sobre casos relevantes, que generalmente se denominan confesiones. Las confesiones y defensas de los sospechosos y acusados ​​de delitos pueden reflejar de manera integral y concreta los hechos del caso. Sin embargo, dado que los sospechosos y acusados ​​tienen una relación directa y crucial con el resultado del caso, las confesiones son fáciles de repetir. Esta es otra característica importante que las distingue de otras pruebas. (6) Opiniones de peritos Las opiniones de peritos se refieren a opiniones escritas emitidas por órganos judiciales que designan o contratan personal con conocimientos y habilidades especializados para resolver ciertas cuestiones especializadas en un caso. Un peritaje tiene una forma escrita específica y es el análisis y juicio de un perito sobre un tema especializado desde una perspectiva científica y técnica. Su contenido se limita a las cuestiones científicas y técnicas relevantes involucradas en el caso. En comparación con otras pruebas verbales, como los testimonios, las opiniones de los expertos se ven menos afectadas por factores subjetivos. (7) Registros de estudios, inspecciones, tasaciones, experimentos de investigación, etc. Las transcripciones de inspección y otros registros se refieren a los registros realizados por los investigadores de casos después de investigar e inspeccionar lugares, objetos y cadáveres relacionados con el delito. Los registros de inspección y otros registros se pueden expresar en forma de texto, transcripciones, dibujos, fotografías, materiales modelo copiados, videos, etc. La función principal de la inspección y otros registros es fijar pruebas y sus diversas características, y desempeñar un papel importante en el descubrimiento y recopilación de pruebas, determinar la dirección de la investigación e identificar otras pruebas. (8) Materiales audiovisuales y datos electrónicos Los materiales audiovisuales y datos electrónicos se refieren a información almacenada en grabaciones de audio, grabaciones de video, computadoras u otros equipos de alta tecnología, materiales que prueban la verdadera situación de un caso y que generalmente se producen antes del inicio del litigio y durante la comisión de un delito. Los materiales audiovisuales y los datos electrónicos son diversos, intuitivos, objetivos y ricos en contenido; son fáciles de guardar, pero también fáciles de dañar, ocultar, perder e incluso más fácilmente falsificar y alterar, lo que requiere mayores requisitos técnicos.

Objetividad jurídica:

Artículo 50 de la "Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China" Todos los materiales que puedan utilizarse para probar los hechos del caso son prueba. La evidencia incluye: (1) evidencia física; (2) evidencia documental; (3) testimonio de testigos; (7) investigación; registros de inspección, identificación, investigación y experimentos; (8) Materiales audiovisuales y datos electrónicos. Se debe verificar que la evidencia sea cierta antes de que pueda usarse como base para finalizar el caso.