Plazo límite para la privación de derechos políticos
Análisis jurídico: El período de privación de los derechos políticos, salvo lo dispuesto en el artículo 57 de esta Ley, no será inferior a un año ni superior a cinco años. Si una persona es condenada a vigilancia con privación de derechos políticos, el período de privación de derechos políticos será igual al período de vigilancia y se ejecutará simultáneamente.
Base jurídica: "Derecho Penal de la República Popular China"
Artículo 54 La privación de derechos políticos significa la privación de los siguientes derechos:
(1) El derecho a votar y ser elegido;
(2) Los derechos a la libertad de expresión, prensa, reunión, asociación, procesión y manifestación;
(3) El derecho a celebrar cargos en órganos estatales;
(4) El derecho a ocupar puestos de liderazgo en empresas, empresas, instituciones y organizaciones populares de propiedad estatal.
Artículo 55 El período de privación de los derechos políticos, salvo lo previsto en el artículo 57 de esta Ley, no será inferior a un año ni superior a cinco años.
Si una persona es condenada a vigilancia con privación de derechos políticos, el período de privación de derechos políticos será igual al período de vigilancia y se ejecutarán simultáneamente.
Artículo 56: Los delincuentes que pongan en peligro la seguridad nacional serán privados de derechos políticos; los delincuentes que alteren gravemente el orden social, como homicidio intencional, violación, incendio provocado, explosiones, envenenamiento y robo, podrán ser privados además de derechos políticos. Privación de derechos políticos.
Si la privación de derechos políticos se aplica de forma independiente, se estará a lo dispuesto en esta ley.
Artículo 57 Los delincuentes condenados a muerte o cadena perpetua serán privados de sus derechos políticos de por vida.
Cuando se conmute la ejecución suspendida de una pena de muerte por pena de prisión de duración determinada o se conmute una pena de cadena perpetua por pena de prisión de duración determinada, el período adicional de privación de derechos políticos deberá modificarse a no menos de tres años pero no más de diez años.
Artículo 58 La pena adicional de privación de derechos políticos se computará a partir de la fecha de cumplimiento de la prisión o de la detención penal o a partir de la fecha de la libertad condicional, el efecto de la privación de derechos políticos se aplicará, por supuesto, durante; la ejecución de la sentencia principal.
Los delincuentes que hayan sido privados de sus derechos políticos deberán cumplir las leyes, los reglamentos administrativos y los reglamentos pertinentes de supervisión y gestión del departamento de seguridad pública del Consejo de Estado y no se someterán a supervisión durante el período de ejecución; ejercer cualquiera de las facultades previstas en el artículo 54 de esta Ley.