Contenidos sobre prevención de agresiones sexuales a menores
2. Mejorar la conciencia sobre la autoprevención
3. Las escuelas y otras unidades e instituciones relevantes deben realizar investigaciones del personal.
Base jurídica: “Ley de la República Popular China sobre Protección de Menores”.
Artículo 40 Las escuelas y guarderías deben establecer sistemas de trabajo para evitar que los menores sean agredidos y acosados sexualmente. Las escuelas y jardines de infancia no ocultarán agresiones sexuales, acoso sexual de menores y otros actos ilegales y delictivos, informarán de inmediato a los órganos de seguridad pública y departamentos administrativos de educación y cooperarán con los departamentos pertinentes para manejarlos de conformidad con la ley. Las escuelas y guarderías deben impartir educación sexual adecuada a los menores para mejorar su conciencia de autoprotección y su capacidad para prevenir agresiones y acosos sexuales. Las escuelas y jardines de infancia deberían tomar rápidamente medidas de protección pertinentes para los menores que hayan sido agredidos o acosados sexualmente.
Artículo 62: Al contratar personal, las unidades que tengan contacto cercano con menores de edad deberán preguntar a los órganos de seguridad pública y a la Fiscalía Popular si los solicitantes tienen antecedentes penales como agresión sexual, abuso, trata, violencia, etc. . Cualquier persona que tenga antecedentes de los comportamientos anteriores no será empleada. Las unidades que tienen contacto estrecho con menores deben comprobar periódicamente cada año si su personal tiene alguno de los antecedentes penales mencionados anteriormente. Si se descubre que los miembros de su personal tienen los comportamientos anteriores a través de investigaciones u otros medios, serán despedidos de inmediato.
Artículo 98: El Estado establece un sistema de consulta de información para personas involucradas en agresiones sexuales, abusos, trata, lesiones violentas y otros delitos ilegales, y proporciona servicios de consulta gratuitos a las unidades en estrecho contacto con menores.