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Sitio secundario y diseño arquitectónico: especificaciones de diseño del edificio de guardería y jardín de infantes

Sección 5 Códigos de diseño para diversos tipos de edificios civiles

Esta sección incluye códigos de diseño especiales para varios tipos comunes de edificios civiles. Basado principalmente en los tipos de edificios que se ven en áreas residenciales y áreas frontales de fábricas, la atención se centra en cumplir con los requisitos básicos de funciones, seguridad e higiene de varios tipos de edificios, y centrarse en las disposiciones normativas obligatorias.

1. Especificaciones de diseño arquitectónico para guarderías y jardines de infancia (JGJ39--87)

1.0.3 Definición de guardería: Una escuela infantil que acepta niños menores de tres años es una guardería La escuela está disponible para niños de 3 a 6 años.

Los tamaños de los jardines de infancia (incluidas guarderías y jardines de infancia) se dividen en:

Grandes: 10-12 clases: Medianos: 6-9 clases: Pequeños: 5 clases o menos

2.1.1 Las guarderías y los jardines de infancia para clases de 4 años o más deben tener bases independientes. Las guarderías y los jardines de infancia para clases de 3 años o menos pueden estar ubicados en la planta baja de una residencia, pero deben tener entradas y salidas independientes; , lugares de juego al aire libre y medidas de protección de seguridad.

2.2.3 Los lugares de juego al aire libre en los jardines de infancia deben cumplir los siguientes requisitos:

(1) Se debe establecer un lugar de juego al aire libre exclusivo para cada clase y se debe aumentar el número de juegos al aire libre. los lugares de juego para cada clase deben ser El área no debe ser inferior a 60 m2;

(2) Debe haber un lugar de juego para todo el parque.

3.1.4 Queda terminantemente prohibido ubicar salas de estar infantiles en sótanos o semisótanos.

3.1.7 El estándar de insolación para las salas de estar de las guarderías es que las ventanas completas del piso inferior deben tener al menos 3 horas de sol en el solsticio de invierno.

3.1. 8 Estándares de luz solar para jardines de infantes Al iluminar las ventanas laterales de la sala de actividades, el estándar de iluminación se basará en la relación ventana-suelo, que no debe ser inferior a 1/5.

3.2.1 La superficie mínima utilizable de las salas de actividades y dormitorios de guardería es de 50m2 por clase.

3.2.4 La altura del lavabo del baño infantil es de 0,50-O. 55 m, el ancho es de 0,40-0,45 m. El espacio entre los grifos es de 0,35 a 0,40 m y el tamaño del plano del asiento del inodoro es de 0,8 x 0,7 m. El número mínimo de equipos sanitarios en el baño por turno es: 4 sanitarios, 4 urinarios, 6 grifos de lavado, 2 mamparas de ducha y 1 piscina de aguas residuales.

3.3.2 Cuando el cuidado infantil se construye conjuntamente, la parte habitable del cuidado infantil debe dividirse en áreas separadas y tener entradas y salidas separadas.

3.6.5 Además de los pasamanos para adultos, las escaleras también deben estar equipadas con pasamanos para niños en el lado de la pared. La altura no debe ser superior a 0,6 m. La distancia libre entre las barandillas verticales de las barandillas de la escalera. no debe ser superior a 0,6 m 0,1 lm. Cuando el ancho neto del hueco de la escalera sea superior a 0,2 m, se deben tomar medidas de seguridad. La altura del escalón de las escaleras no será superior a 0,15 m y el ancho no será inferior a 0,26 m. Las escaleras de evacuación exteriores en zonas muy frías y frías deben tener medidas antideslizantes.

3.6.6 Las salas de actividades, dormitorios y salas de música y deportes deben estar equipadas con puertas de doble ventilador con un ancho no inferior a 1,2 m. En las vías de evacuación no se deben utilizar puertas giratorias, de resorte ni correderas.

3.7.1 Los suelos de zonas de paso y baños de uso frecuente por niños deben ser antideslizantes.

3.7.2 Las puertas por las que entran y salen los niños con frecuencia no deben estar equipadas con vidrio frágil a una altura de 0,6 a 1,2 m del suelo, y no deben tener umbrales ni puertas con resortes.

3.7.3 No debe haber ventanas abatibles a menos de 1,3 m de la ventana exterior desde el suelo.

3.7.4 La altura libre de barandillas en balcones y plataformas de techo no debe ser inferior a 1,2 m, no debe haber soportes en el interior y la distancia libre entre varillas verticales no debe ser superior a 0,11 metro.

3.7.5 Las paredes exteriores de menos de 1,3 m con las que los niños suelen entrar en contacto no deben ser rugosas. Todas las esquinas de las paredes, los bordes verticales de los alféizares de las ventanas, etc. deben convertirse en pequeñas esquinas redondeadas.