¿Se puede responsabilizar legalmente al presentador si insulta a otros durante la transmisión en vivo?
El artículo 246 de la "Ley Penal" de mi país estipula el delito de injuria, que estipula específicamente: "Quien insulte públicamente a otros con violencia u otros métodos o invente hechos para difamar a otros, si las circunstancias son graves, será será condenado a una pena no mayor de tres años." Los delitos mencionados en el párrafo anterior serán castigados sólo mediante proceso, excepto aquellos que pongan en grave peligro el orden social y los intereses nacionales."
Cabe decir que la conducta El presentador entra en la categoría de televisión. El método público ha insultado descaradamente a los fanáticos. Mientras los fanáticos sean insultados, todos ellos pueden demandar al tribunal popular por sí mismos y perseguir su responsabilidad penal por el delito de insulto. . Sin embargo, otro elemento de este delito es que las circunstancias son graves y deben ser comprendidas por el tribunal. Si insulta abiertamente en la televisión, personalmente creo que es grave, pero aún necesita recopilar pruebas.