Análisis legal: los contratos de publicación de libros requieren una cierta cantidad de impuesto de timbre, pero el contenido del pedido telefónico en la firma del contrato no necesita pagar impuesto de timbre. Son documentos imponibles los siguientes documentos: 1. Contratos de compra y venta, contratos de tramitación, contratos de proyectos de construcción, contratos de arrendamiento de inmuebles, transporte de carga, almacenamiento, préstamos, seguros de propiedad, contratos de tecnología o documentos de carácter contractual. Los contratos de proyectos de construcción se refieren a los contratos de estudio y diseño de proyectos de construcción y a los contratos de proyectos de construcción e instalación. Los contratos de proyectos de construcción incluyen la contratación general, la subcontratación y la subcontratación. Los documentos con carácter contractual se refieren a documentos con diversas denominaciones como acuerdos, contratos, escrituras, documentos, confirmaciones, etc. 2. Transferencia de derechos de propiedad. Los documentos de transferencia de derechos de propiedad se refieren a documentos para la venta, herencia, donación, intercambio y división de derechos de propiedad de unidades e individuos. 3. Libros de cuentas empresariales. Los libros de cuentas comerciales se refieren a los libros de contabilidad financiera utilizados por unidades o individuos para registrar la producción y las actividades comerciales.
Base jurídica: “Aviso de la Administración Estatal de Tributos sobre la exención del impuesto de timbre sobre los bonos de suscripción de libros, periódicos, publicaciones periódicas y productos audiovisuales” 1. Los certificados de suscripción (incluidas las órdenes de compra, órdenes de suscripción, etc.) de libros, periódicos, publicaciones periódicas y productos audiovisuales celebrados entre cada unidad editorial y unidad emisora serán pagados por ambas partes.
Aviso de la Administración Estatal de Tributos sobre la exención del impuesto de timbre en los certificados de suscripción de libros, periódicos, etc. 2. Quedan temporalmente exentos del impuesto de timbre los certificados de suscripción entre unidades emisoras, y entre unidades emisoras y unidades o personas físicas suscriptores.