La Red de Conocimientos Pedagógicos - Conocimientos históricos - Interpretación de una cuestión relativa a la licitación en el "Reglamento de Ingenieros de Construcción Nivel 2" de 2009

Interpretación de una cuestión relativa a la licitación en el "Reglamento de Ingenieros de Construcción Nivel 2" de 2009

"C. El oferente es una persona física que responde a la licitación y participa en el concurso de licitación." - La persona física no está calificada para licitar, y no tiene sello de empresa, lo que viola el artículo 1 de la cláusula de cancelación de la oferta: hay sin sello de empresa, sin representante legal o autorización de representante legal Firmado o sellado por el agente. Por lo tanto, se consideró una oferta desperdiciada.

"d. El oferente modifica los documentos complementarios de la oferta después de la apertura de ofertas." Por otro lado, no existen disposiciones relevantes con respecto a la cláusula de cancelación de la oferta, y solo podemos referirnos a las leyes y regulaciones nacionales y locales relevantes: viola las disposiciones relevantes de la Ley de Licitaciones y Licitaciones y es obviamente injusto para otros postores, por lo que se determina que es una cancelación de oferta;