¿Qué es la Convención Internacional sobre el Derecho del Mar?
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
Los Estados Partes en esta Convención,
Deseando resolver todos los problemas relacionados con el derecho del mar en un espíritu de comprensión mutua y cooperación, Reconociendo también la importancia histórica de esta Convención en su importante contribución al mantenimiento de la paz, la justicia y el progreso de los pueblos en todo el mundo,
Observando que desde las Naciones Unidas los Océanos Conferencia celebrada en Ginebra en 1958 y 1960 Los diversos acontecimientos desde la Conferencia de Derecho han puesto de relieve la necesidad de una nueva Convención sobre el Derecho del Mar generalmente aceptada.
Al darse cuenta de que diversas cuestiones en diversas áreas marinas están estrechamente relacionadas unos a otros, es necesario servir como un todo,
Reconociendo la necesidad de adoptar esta Convención para establecer un orden jurídico para los océanos y mares, teniendo debidamente en cuenta la soberanía de todos los Estados , con el fin de facilitar el tráfico internacional y promover los usos pacíficos de los océanos y mares, el uso equitativo y eficiente de los recursos marinos, la conservación de los recursos marinos vivos y la investigación, protección y preservación del medio marino,
Considerando que el logro de estos objetivos contribuirá a la realización de un orden económico internacional justo y equitativo, cuyo orden tendrá en cuenta los intereses y necesidades de toda la humanidad, especialmente los intereses y necesidades especiales de los países en desarrollo, ya sean países costeros o sin litoral,
Espero que esta Convención sirva para desarrollar la Convención del 10 de diciembre de 1970 de los principios contenidos en la resolución 2749 (XXV) del día 7, en la que la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró solemnemente que, entre otras cosas, las zonas de los fondos marinos y oceánicos fuera de la jurisdicción nacional y su subsuelo, así como los recursos de esas zonas, son propiedad de la humanidad* **Además de los bienes heredados, su exploración y desarrollo se llevarán a cabo en beneficio de toda la humanidad, independientemente de la ubicación geográfica de los Estados.
Se cree que la codificación y el desarrollo progresivo del derecho del mar acordado en esta Convención contribuirá a la consolidación de la paz, seguridad, cooperación y relaciones amistosas entre países consistentes con los principios de justicia e igualdad de derechos de conformidad con los propósitos y principios de las Naciones Unidas consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, y promoverá el progreso económico y social de los pueblos en todo el mundo. mundo,
Confirmando que las materias no cubiertas por la presente Convención seguirán rigiéndose por las normas y principios del derecho internacional general,
Se acuerda lo siguiente:
Primera parte Preámbulo
Términos y alcance del artículo 1
1 A los efectos de esta Convención:
⑴ "'Zona'" significa el fondo marino. y océano fuera de la jurisdicción nacional. El fondo y su subsuelo.
⑵ "Autoridad" significa la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos.
⑶ "Actividades dentro del 'área'" se refiere a todas las actividades que exploran y desarrollan recursos en el "área".
⑷ "Contaminación del medio marino" se refiere a la introducción directa o indirecta de sustancias o energía en el medio marino por parte del hombre, incluidos estuarios y bahías, causando o potencialmente causando daños a los recursos biológicos y a la vida marina. poner en peligro la salud humana, efectos nocivos como obstaculizar diversas actividades marinas, incluida la pesca y otros usos legítimos del océano, dañar la calidad del uso del agua de mar y restar valor a la belleza del medio ambiente.
⑸
(a) "Vertimiento" significa:
La eliminación intencional de desechos u otras materias de un buque, aeronave, plataforma u otro dispositivo artificial. Comportamiento de estructuras costa afuera;
2. El comportamiento de deshacerse intencionalmente de barcos, aeronaves, plataformas u otras estructuras costa afuera hechas por el hombre.
(b) "Vertimiento" no incluye:
Residuos u otras materias incidentales o generadas por la operación normal de una embarcación, aeronave, plataforma u otra estructura costa afuera hecha por el hombre. y su equipo para la eliminación de desechos u otros materiales transportados o entregados a un buque, aeronave, plataforma u otra estructura costa afuera construida por el hombre operada con el fin de eliminar dicho material, o cuando dichos desechos se procesen a bordo de dicho buque, aeronave, plataforma o estructura Se excluyen los residuos u otras sustancias generadas a partir de otras sustancias;
2. La colocación de sustancias no tiene como único fin su eliminación, sino sólo en la medida en que dicha colocación no viole el propósito de este Convenio.
2.⑴ "Estado Contratante" significa un país que acepta obligarse por este Convenio y para el cual este Convenio entra en vigor.
(2) El presente Convenio se aplicará mutatis mutandis a las entidades mencionadas en el artículo 305, apartado 1, letras b), c), d), e) y f), de conformidad con sus respectivas condiciones para convertirse en Parte en esta Convención, en cuyo caso "Estado Parte" también se referirá a estas entidades.
Parte 2 Mar Territorial y Zona Contigua
Sección 1 Disposiciones Generales
Artículo 2 Estatuto Jurídico del Mar Territorial y su espacio aéreo superior, fondo marino y subsuelo p>
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1. La soberanía de un estado ribereño se extiende al área marítima adyacente más allá de su territorio terrestre y aguas interiores. En el caso de un estado archipiélago, la soberanía se extiende al área marítima adyacente más allá del. aguas archipelágicas, que se denomina mar territorial.
2. Esta soberanía se extiende al espacio aéreo sobre el mar territorial y a su fondo y subsuelo marino.
3. El ejercicio de la soberanía sobre el mar territorial está restringido por esta Convención y otras normas del derecho internacional.
Sección 2. Límites del Mar Territorial
Artículo 3. Anchura del Mar Territorial
Cada Estado tendrá derecho a determinar la anchura de su territorio mar hasta que se determine de conformidad con el presente Convenio. La línea de base medida no excederá el límite de doce millas náuticas.
Artículo 4 El límite exterior del mar territorial
El límite exterior del mar territorial es una línea cuya distancia desde el punto más cercano de la línea de base a la línea de base es igual al ancho del mar territorial.
Artículo 5 Línea de base normal
Salvo disposición en contrario en esta Convención, la línea de base normal para medir la anchura del mar territorial es la línea costera de bajamar indicada en cartas de gran escala. reconocido oficialmente por el estado costero.
Artículo 6 Arrecifes
En el caso de islas ubicadas en atolones o islas con anillos de arrecifes perimetrales, la línea de base para medir la anchura del mar territorial será la carta oficialmente reconocida por la autoridad costera. estado La línea de bajamar del arrecife hacia el mar se muestra con las marcas apropiadas.
La línea de base séptima recta
1 Cuando la línea de costa sea extremadamente tortuosa, o si hay una serie de islas cercanas a la costa, la línea de base para medir el ancho del mar territorial. Se puede delinear conectando el punto apropiado mediante el método de línea base recta.
2. En lugares donde la costa es muy inestable debido a deltas y otras condiciones naturales, se pueden seleccionar puntos apropiados a lo largo del lado más alejado del mar de la línea de marea baja, e incluso si la línea de marea baja retrocede. En el futuro, las líneas de base Rectas permanecerán en vigor hasta que el Estado ribereño las modifique de conformidad con la presente Convención.
3. La delimitación de las líneas de base rectas no debe desviarse en medida significativa de la dirección general de la costa, y el área del mar dentro de la línea de base debe estar lo suficientemente cerca del territorio terrestre para que quede sujeta a la régimen hídrico interno.
4. Excepto en aquellos casos en los que los faros o instalaciones similares se construyen permanentemente sobre el nivel del mar en tierras altas de marea baja, o en los que el uso de dichas tierras altas como puntos de inicio y fin para delinear líneas de base ha sido generalmente reconocido internacionalmente, la Delineación de líneas de base rectas Los puntos inicial y final no deben establecerse durante la marea baja ni en terreno elevado.
5. Cuando se pueda adoptar el método de línea de base lineal de conformidad con el párrafo 1, al determinar una línea de base específica, se considerarán intereses económicos exclusivos del área relevante y que se haya demostrado claramente que son reales e importantes. a través de la práctica a largo plazo se puede considerar.
6. Un país no adoptará un sistema de línea de base recta que cause que el mar territorial de otro país quede aislado de alta mar o de la zona económica exclusiva.
Artículo 8 Aguas Interiores
1. Salvo disposición en contrario en la Parte 4, las aguas del lado terrestre de la línea de base del mar territorial constituyen parte de las aguas interiores del país.
2. Si el efecto de determinar líneas de base rectas de acuerdo con el método especificado en el artículo 7 es tal que un área que originalmente no se consideraba aguas interiores queda cerrada y pasa a ser agua interior, se aplicará el presente Convenio. en tales aguas se prevé el derecho de paso inocente.
Artículo 9 Estuario
Si el río desemboca directamente en el océano, la línea de base será una línea recta que cruce el estuario entre dos puntos de la línea de marea baja a ambos lados del río. .
Artículo 10 Bahías
1. Este artículo sólo se refiere a las bahías cuyas costas pertenecen a un país.
2. A los efectos de este Convenio, una bahía es una curvatura evidente de agua. La proporción de su grado cóncavo y la anchura de la curvatura la convierte en una masa de agua rodeada de tierra, no simplemente una. curvatura de la costa. Sin embargo, un meandro no se considerará bahía a menos que su área sea igual o mayor que el área de un semicírculo cuyo diámetro sea una línea recta trazada a través de la desembocadura del meandro.
3. A efectos de cálculo, el área de Shuiqu es el área entre la marca de marea baja ubicada alrededor del banco de tierra de Shuiqu y una línea que conecta las marcas de marea baja en ambos extremos de la entrada natural de Shuiqu. Si un meandro tiene más de un recodo a causa de una isla, el semicírculo se trazará sobre una línea igual a la longitud total de las líneas que cruzan cada recodo. Las islas dentro de Shuiqu se considerarán parte de las aguas de Shuiqu y se incluirán.
4. Si la distancia entre las marcas de marea baja en ambos extremos de la entrada natural de la bahía no supera las 24 millas náuticas, se podrá trazar una línea de sellado entre las dos marcas de marea baja y la zona. Las aguas comprendidas por la línea se considerarán aguas interiores.
5. Si la distancia entre las marcas de bajamar en los dos extremos de la entrada natural a la bahía excede de veinticuatro millas náuticas, se trazará en la bahía una línea de base recta de veinticuatro millas náuticas. hasta el punto donde se traza la línea de esa longitud. La masa de agua más grande posible para remar.
6. Las disposiciones anteriores no se aplican a las bahías denominadas "históricas", ni a ninguna situación en la que se utilice el método de línea de base recta previsto en el artículo 7.
Artículo 11 Puertos
A los efectos de la delimitación de las aguas territoriales, se considera parte de la costa el proyecto portuario permanente más externo que forme parte del sistema portuario. Las instalaciones cercanas a la costa y las islas artificiales no deben considerarse obras portuarias permanentes.
Artículo 12 Amarres
Se incluyen en el mar territorial los amarres utilizados habitualmente para la carga, descarga y fondeo de los buques aunque todo o parte de ellos se encuentren fuera de los límites exteriores del mar territorial. mar dentro del rango.
Artículo 13 Tierras Altas de Marea Baja
1. Las Tierras Altas de Marea Baja son terrenos formados naturalmente rodeados de agua y por encima de la superficie del agua durante la marea baja pero sumergidos en agua durante la marea alta. Si la distancia entre todo o parte de una zona montañosa de marea baja y el continente o una isla no excede la anchura del mar territorial, la línea de marea baja de la zona montañosa podrá utilizarse como línea de base para calcular la anchura del mar territorial. mar.
2. Si la distancia entre todas las tierras altas de marea baja y el continente o las islas excede el ancho del mar territorial, las tierras altas no tienen mar territorial propio.