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Reglamento Provisional del Gobierno Popular Central sobre el Nombramiento y Remoción del Personal de las Agencias Estatales

Artículo 1: El presente Reglamento se formula de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7, párrafo 9 y el artículo 15, párrafo 6 de la Ley Orgánica del Gobierno Popular Central y con referencia a las condiciones reales de los organismos estatales. en todos los niveles. Artículo 2 El Comité del Gobierno Popular Central, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7, párrafo 9 de la Ley Orgánica del Gobierno Popular Central, nombrará o aprobará el nombramiento y remoción del siguiente personal:

1. y subdirector de la Oficina General del Comité Central de Gobierno Popular;

2 el Primer Ministro, el Viceprimer Ministro, el Consejero de Asuntos Políticos, el Secretario General y el Vicesecretario General del Consejo de Asuntos Gubernamentales. el Gobierno Popular Central (en adelante, el Consejo de Asuntos Gubernamentales); el Director, los Directores Adjuntos, los miembros, el Secretario General y el Vicesecretario General del Comité, el Vicepresidente, el Vicepresidente y los miembros del Comité; presidente del comité, vicepresidente; director adjunto; presidente, vicepresidente;

3. Enviados especiales destacados en el extranjero, embajadores, ministros y plenipotenciarios;

4. , vicepresidente y miembros de la Comisión Militar Revolucionaria del Pueblo del Gobierno Popular Central (en adelante, la Comisión Militar Revolucionaria del Pueblo); Comandante en Jefe y Comandante en Jefe Adjunto del Ejército Popular de Liberación; Estado Mayor, Subjefe de Estado Mayor; Director y Subdirector del Departamento Político General; Director y Subdirector del Departamento de Servicio General; Director y Subdirector del Departamento de Gestión de Cuadro General;

5. Tribunal Popular Supremo del Gobierno Popular Central (en adelante, Presidente, Vicepresidente, Miembros, Secretario General y Secretario General Adjunto del Tribunal Popular Supremo);

6. Procurador General de la Fiscalía Popular Suprema del Gobierno Popular Central (en adelante, la Fiscalía Popular Suprema), miembro, secretario general, secretario general adjunto;

7. miembro, secretario general, subsecretario general del gobierno popular de la gran región administrativa (comité militar y político, abreviado comité militar y político); miembros del comité; director, subdirector y miembros; vicepresidente y miembros del comité;

Presidente y vicepresidente de la Sección de la Gran Región Administrativa del Tribunal Popular Supremo;

Procuradores generales, procuradores generales adjuntos y miembros de las principales regiones administrativas de la Fiscalía Popular Suprema; 8. Presidente, vicepresidente y miembros del Gobierno Popular de las regiones étnicas autónomas a nivel provincial o superior; 9. Presidente (director) de las provincias, vicepresidente (director adjunto); , y miembros del Gobierno Popular (Oficina de Administración Popular);

10. Alcalde, teniente de alcalde, Miembro;

11. Presidente y vicepresidente de la universidad; -presidente del colegio profesional.

Artículo 3 El Consejo de Asuntos Gubernamentales designará y removerá o aprobará el nombramiento y remoción del siguiente personal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15, numeral 6 de la Ley Orgánica del Gobierno Popular Central:

1. Directores y subdirectores de departamentos; directores y subdirectores de oficinas del Consejo de Asuntos Gubernamentales, consejero; director, subdirector;

2. países extranjeros;

3. Comités, ministerios, comités, academias afiliadas al Consejo de Asuntos Gubernamentales, Directores y subdirectores de departamentos y bancos; ; directores de división y subdirectores de división; directores y subdirectores de equipo y subdirectores de equipo (con 4. directores de departamento y subdirectores del gobierno popular de las grandes regiones administrativas; secretario general y subsecretario general del comité; directores). y subdirectores (vinculados con departamentos) de la Oficina); Secretario General y Vicesecretario General de la Sección Administrativa de la Fiscalía Popular Suprema;

5. Gobierno de la Región Autónoma Nacional a nivel provincial o superior; Director, Subdirector y Miembro del Comité; Ministros y Viceministros; Presidentes y Vicepresidentes del Tribunal Popular, Fiscales Jefes Adjuntos y miembros de la Fiscalía Popular; ;

6. Secretario General y Subsecretario del Gobierno Popular Provincial (Oficina Administrativa del Pueblo) El director, el subdirector y los miembros del comité; el presidente, el vicepresidente y los miembros del comité; el director y el subdirector; el director y el subdirector (oficinas y divisiones paralelas al departamento); el presidente y el vicepresidente del Tribunal Popular; el fiscal jefe, el fiscal jefe adjunto; y los miembros de la Fiscalía Popular;

7. El secretario general y el subsecretario general del Gobierno Popular Municipal; el director, el subdirector y los miembros del comité; vicepresidente y miembros del comité; jefes de división y jefes adjuntos de división (divisiones paralelas a la mesa) presidentes y vicepresidentes del Tribunal Popular; fiscales jefes, fiscales jefes adjuntos y miembros de la Fiscalía Popular;

8. Los comisionados y comisionados adjuntos de varios distritos del Gobierno Popular Provincial (Oficina Administrativa del Pueblo); presidentes, vicepresidentes y miembros del gobierno popular de las regiones étnicas autónomas equivalentes a la oficina del comisionado de las ligas afiliadas; a las regiones étnicas autónomas a nivel provincial o superior a los líderes, vicepresidentes y miembros de la Liga;

9. Alcaldes, vicealcaldes y miembros de los gobiernos populares de los municipios directamente dependientes del gobierno provincial; Se hará referencia al alcance de este artículo cuando designe o apruebe el nombramiento o remoción de miembros del personal distintos de los enumerados en los párrafos de este artículo. Artículo 4: Las medidas para el nombramiento y destitución del personal directamente dependiente de la Comisión Central del Gobierno Popular fuera del ámbito especificado en el párrafo 1 del artículo 2 de este Reglamento se formulan por separado. Artículo 5: Los métodos para el nombramiento y remoción del personal de la Comisión Militar Revolucionaria del Pueblo y sus sistemas de gestión y mando más allá del alcance especificado en el párrafo 4 del artículo 2 de este Reglamento serán formulados e implementados por la Comisión Militar Revolucionaria del Pueblo en su propio. Artículo 6 El Tribunal Popular Supremo y la Fiscalía Popular Suprema nombrarán y destituirán respectivamente a los miembros del personal directo fuera del ámbito especificado en los artículos anteriores. Los reglamentos serán formulados por el Tribunal Popular Supremo y la Fiscalía Popular Suprema respectivamente y se aplicarán después de su aprobación. por el Presidente del Gobierno Popular Central. Artículo 7 El jefe del condado (ciudad, bandera), el jefe adjunto del condado (ciudad, bandera) y el miembro del comité del gobierno popular del condado (ciudad, bandera), y el director, subdirector y miembro del comité del gobierno popular del región autónoma étnica equivalente al condado, autoriza temporalmente la región administrativa grande. Los nombramientos y destituciones serán realizados por los gobiernos populares de las regiones o provincias autónomas étnicas directamente bajo el gobierno central, y serán informados al Consejo de Asuntos Gubernamentales por los respectivos gobiernos populares. .