¿Qué debo hacer si Texas Red Star Macalline atrasa salarios a trabajadores migrantes?
Buscar una queja ante la brigada de inspección laboral local y pedir una solución.
De acuerdo con lo establecido en la Ley del Trabajo, los salarios se pagan mensualmente. Los salarios del mes anterior se pueden pagar en el mismo mes, pero es ilegal pagar los salarios entre meses. Si la empresa no paga los salarios, los trabajadores pueden quejarse ante la Brigada de Inspección del Trabajo, que ordenará al empleador que pague los salarios dentro de un plazo; Si el empleador no paga dentro del plazo, se pagará una compensación adicional.
El artículo 50 de la "Ley del Trabajo" estipula: El salario se pagará al trabajador en forma de moneda mensualmente. A los trabajadores no se les deducirán ni retrasarán sus salarios sin motivo alguno.
El artículo 7 de las "Disposiciones provisionales sobre el pago de salarios" estipula que los salarios deben pagarse en la fecha acordada entre el empleador y el empleado. En caso de días festivos o de descanso, el pago deberá realizarse por adelantado el día hábil más cercano. Los salarios se pagan al menos una vez al mes.
El artículo 85 de la “Ley de Contrato de Trabajo” estipula: Si el empleador concurre alguna de las siguientes circunstancias,
(1) Falta de pago total y oportuno de conformidad con el contrato laboral o las regulaciones nacionales Pagar remuneración laboral a los trabajadores
(2) Pagar a los trabajadores salarios inferiores al estándar de salario mínimo local
(3) Organizar horas extras sin pagar horas extras; remuneración
(4) Retirar o rescindir el contrato de trabajo sin pagar compensación económica al trabajador de conformidad con esta ley.
La administración laboral ordenará el pago de la remuneración laboral, pago de horas extras o compensación económica dentro de un plazo; si la remuneración laboral es inferior al salario mínimo local, se pagará la diferencia si se paga; no se realiza dentro del plazo, se condenará al empleador al pago de la cantidad exigible. Se pagará una compensación adicional a los trabajadores a razón de entre el 50% y el 100%: