El órgano rector del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea es
Presidente, vocales, secretaría.
1. Presidente: El presidente del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea es ejercido por el gobernador de un banco central o el jefe de un organismo de supervisión bancaria de un país miembro, con un mandato de tres años.
2. Miembros: Los miembros del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea son designados por los bancos centrales y agencias de supervisión bancaria de cada país miembro. Cada país miembro tiene la responsabilidad de participar y. asesorar en materia de supervisión bancaria.
3. Secretaría: El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea tiene una secretaría, que es responsable de coordinar y apoyar el trabajo del comité, incluida la investigación, la recopilación de datos y la preparación de documentos relevantes. profesionales y está encabezado por un secretario de dirección del departamento.