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¿Es legalmente vinculante el acuerdo de formación previa al empleo?

Análisis jurídico: El convenio de formación firmado durante el período de prueba no es válido. El período de prueba también forma parte integrante del contrato de trabajo. Siempre que se firme el contrato laboral con la unidad en ese momento, también se acuerda que el acuerdo es legal y válido. Es solo que la capacitación debe tener términos específicos como contenido de la capacitación, duración, costo y el período de tiempo que trabajará en la empresa una vez finalizada la capacitación. Porque la "Ley Laboral" estipula que si un empleado acepta una formación de la empresa y renuncia durante el período del contrato laboral, deberá proporcionar una compensación económica a la empresa de acuerdo con el acuerdo de formación en ese momento. Pero el convenio de formación firmado no contenía estas disposiciones y la empresa realmente no recibió formación. Por lo tanto, la Compañía no tiene derecho a reclamar ninguna compensación durante este período o en caso de renuncia posterior. Por lo tanto, si el empleado rescinde el contrato laboral durante el período de prueba, no necesita compensar al empleador por los honorarios de formación. Incluso si hay un acuerdo en el contrato de trabajo, el acuerdo no es válido.

Base jurídica: “Ley de Contrato de Trabajo de la República Popular China”.

Artículo 38 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el trabajador podrá rescindir el contrato de trabajo:

(1) No proporcionar protección laboral o condiciones laborales según lo estipulado en el contrato de trabajo;

(2) Falta de pago de la remuneración laboral en su totalidad y a tiempo;

(3) Falta de pago de las primas del seguro social de los trabajadores de conformidad con la ley;

(4) Empleadores Las normas y reglamentos de la unidad violan las disposiciones de las leyes y reglamentos y dañan los derechos e intereses de los trabajadores;

(5) El contrato de trabajo es inválido debido a las circunstancias estipuladas en el párrafo 1 del artículo 26 de esta Ley;

(6) Las demás circunstancias en que los trabajadores podrán rescindir el contrato de trabajo según lo establezcan las leyes y reglamentos administrativos.

Si el empleador obliga a los trabajadores a trabajar mediante violencia, amenazas o restricciones ilegales a la libertad personal, o si el empleador dirige u obliga ilegalmente operaciones riesgosas que pongan en peligro la seguridad personal de los trabajadores, los trabajadores no podrán notificar el empleador por adelantado. La unidad rescinde inmediatamente el contrato de trabajo.

Artículo 39: El empleador podrá rescindir el contrato de trabajo en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Durante el período de prueba, se compruebe que no se cumplen las condiciones de empleo;

(2) Violación grave de las normas y reglamentos del empleador;

(3) Negligencia grave en el cumplimiento del deber, negligencia para beneficio personal, que cause daños importantes al empleador;

(4) ) El empleado establece relaciones laborales con otros empleadores al mismo tiempo, lo que afecta gravemente la realización de las tareas laborales del empleador, o se niega a realizar correcciones después de que el empleador lo propone;

(5) Debido al artículo 26 de esta Ley, las circunstancias especificadas en el punto 1 del párrafo 1 invalidan el contrato de trabajo;

(6) Ser penalmente responsable de conformidad con la ley.