La Red de Conocimientos Pedagógicos - Aprendizaje de inglés - ¿Qué documentos deben traer los estudiantes de primaria para recibir la vacuna COVID-19?

¿Qué documentos deben traer los estudiantes de primaria para recibir la vacuna COVID-19?

Los estudiantes de primaria deben traer sus tarjetas de identificación o libros de registro del hogar para recibir la vacuna COVID-19.

Las medidas de protección personal para la prevención y el control de epidemias son las siguientes:

1. Lavarse las manos con frecuencia y mantener buenos hábitos de higiene respiratoria.

2. e inmunidad, Mantenga el ambiente limpio y ventilado;

3. Trate de reducir las actividades en lugares concurridos y preste atención a los síntomas;

4. dominar las habilidades de lavado de manos de seis pasos:

(1) Frotar las palmas de ambas manos juntas (frotándose las manos cinco veces en total);

(2) Cruzar las manos y frotar las manos dedos (palmas contra el dorso, cruzar las manos y superponerlas, cambiar la mano izquierda y derecha, frotar cada una cinco veces

(3) Frotar palma contra palma (entrelazar la palma y los dedos, frotar cinco veces);

(4) Frote la palma con las yemas de los dedos, lo mismo para la mano izquierda y derecha (se colocan las yemas de los dedos Frote cada mano cinco veces en la palma de la mano);

(5) Sostenga el pulgar de la otra mano con una mano y frótelo cinco veces con las mismas manos izquierda y derecha;

( 6) Doble los dedos para que las articulaciones giren y frote la palma de la mano del oponente. , intercambie cada vez cinco veces.

Reglamento

Ley de Gestión de Vacunas de la República Popular China

Artículo 41 El departamento de salud competente del Consejo de Estado formula el programa nacional de inmunización; las vacunas en el programa nacional de inmunización son determinadas por el Consejo de Estado. Las autoridades sanitarias trabajarán junto con el departamento financiero del Consejo de Estado para formular el plan y presentarlo al Consejo de Estado para su aprobación antes de publicarlo.

La autoridad sanitaria del Consejo de Estado ha establecido un comité asesor de expertos para el Programa Nacional de Inmunización y, junto con el departamento financiero del Consejo de Estado, ha establecido un mecanismo de ajuste dinámico para los tipos de vacunas en el Programa Nacional de Vacunación.

Al implementar el programa nacional de inmunización, los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán aumentar los tipos de vacunas en el programa de inmunización en función de las necesidades de prevención y control de enfermedades en sus respectivas regiones administrativas, e informar a la autoridad sanitaria del Consejo de Estado para su archivo y publicación. Artículo 42 El departamento de salud competente del Consejo de Estado formulará y publicará especificaciones de trabajo de vacunación y fortalecerá la gestión estandarizada de la vacunación.

El departamento de salud competente del Consejo de Estado formulará y publicará los procedimientos de inmunización para las vacunas del programa nacional de inmunización y los principios rectores para el uso de vacunas fuera del programa de inmunización.

Las autoridades sanitarias de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central formularán planes de vacunación basados ​​en las condiciones reales de sus respectivas regiones administrativas y los presentarán a las autoridades sanitarias de el Consejo de Estado para su presentación.