¿Constituye violación la agresión sexual de una profesora a un niño?
En este caso, un problema evidente es que los hechos delictivos son incompatibles con la naturaleza del veredicto.
Según lo dispuesto en el artículo 237 de la Ley Penal de nuestro país, serán severamente castigados quienes constituyan el delito de abuso sexual de niños mediante violencia, coacción u otros métodos. Objetivamente hablando, los actos obscenos se realizan contra niños por medios distintos de las relaciones sexuales con el fin de estimular o satisfacer el deseo sexual. El hecho de que "la profesora haya tenido relaciones sexuales con la víctima muchas veces" en este caso es evidentemente inconsistente con la descripción objetiva del delito de "cometer actos obscenos contra niños por medios distintos de las relaciones sexuales". Por lo tanto, el autor cree que es inexacto caracterizar el comportamiento de la profesora como abuso de menores.
Entonces, ¿la profesora es culpable de violación? Según el artículo 236 del Código Penal de mi país, violar a una mujer con violencia, coerción u otros medios constituye un delito de violación. La violación de una niña menor de 14 años se considera un delito de violación y será castigado severamente. Obviamente, la premisa del crimen es que el sospechoso violó los derechos de libertad sexual de las mujeres. La víctima en este caso era un niño menor de 14 años. El Tribunal de Distrito de Jintan no lo condenó por violación, lo que no era inapropiado desde una perspectiva legal.
Por lo tanto, en este caso, luego de que el niño fuera agredido sexualmente, sufrió una "discriminación alternativa" en la legislación penal de nuestro país. Dado que las víctimas de violación en la legislación penal actual de mi país sólo reconocen a las mujeres y no a los hombres, el delito de agresión sexual a un niño, ya sea un ataque al pudor o un adulterio más grave, generalmente se condena y castiga como abuso de menores. La pena máxima por el delito de abuso de menores es de sólo cinco años, lo que obviamente es insuficiente en comparación con la pena máxima de muerte por el delito de violación de una niña menor de edad.
Agredir sexualmente a niños es tan feo como agredir sexualmente a niñas. Para frenar este tipo de delitos, la sociedad no sólo necesita enfrentar y prestar atención a los derechos sexuales de los niños varones, sino que también necesita llenar los vacíos en el derecho penal o ajustar la legislación rezagada para construir un sistema legal para la protección de los derechos e intereses de los menores sin diferencias de género. En este tipo de comportamiento, sería una lástima que no existiera el derecho penal para proteger los derechos e intereses de los menores.