La Red de Conocimientos Pedagógicos - Conocimientos matemáticos - ¿Cómo calcular el impuesto a la construcción urbana, el recargo por educación local y el recargo por la tarifa de educación y el impuesto a la construcción urbana?

¿Cómo calcular el impuesto a la construcción urbana, el recargo por educación local y el recargo por la tarifa de educación y el impuesto a la construcción urbana?

El impuesto de mantenimiento y construcción urbano, el recargo educativo y el impuesto al valor agregado educativo local se calculan sobre la base de la suma del impuesto al valor agregado y el impuesto al consumo realmente pagados por la empresa. Las proporciones impositivas correspondientes a los tres impuestos diferentes también son diferentes.

El impuesto correspondiente se puede calcular multiplicando la suma del impuesto sobre el valor añadido y el impuesto al consumo por el tipo impositivo.

1. Impuesto sobre construcción y mantenimiento urbano La tasa del impuesto sobre construcción y mantenimiento urbano varía según la suma del impuesto al valor agregado efectivamente pagado y el impuesto al consumo. En términos generales, las tasas impositivas para el mantenimiento y la construcción urbanas son más altas que las tasas impositivas rurales. El tipo impositivo para el mantenimiento y la construcción urbanos para las empresas urbanas es del 7%, y el tipo impositivo para el mantenimiento y la construcción urbanos para las empresas de condados y municipios es del 5%.

De acuerdo con la ubicación donde la empresa paga el impuesto al valor agregado y el impuesto al consumo, la empresa selecciona la tasa impositiva de construcción y mantenimiento urbano correspondiente y calcula el impuesto de construcción y mantenimiento urbano de acuerdo con la fórmula de tasa impositiva aplicable. = (impuesto al valor agregado realmente pagado).

En segundo lugar, el recargo por educación se calcula en función de la suma del impuesto al valor agregado y el impuesto al consumo realmente pagados multiplicada por la tasa impositiva. El recargo educativo se aplica a un tipo impositivo uniforme del 3%, sin diferencias regionales. Las empresas pueden pagar según los requisitos pertinentes.

La fórmula de cálculo del recargo por matrícula educativa es la siguiente. Recargo por educación imponible = (el impuesto al valor agregado y el impuesto al consumo realmente pagados por la empresa)) 3% La empresa puede calcular el recargo por educación correspondiente en función de su propio impuesto al valor agregado y el impuesto al consumo.

En tercer lugar, la tasa del IVA local para la educación también se unifica sobre la base de la suma del impuesto al valor agregado y el impuesto al consumo efectivamente pagados multiplicada por la tasa impositiva, y se aplica a una tasa estándar del 2%. No hay diferencias regionales y el tipo impositivo es inferior al recargo educativo.

La fórmula de cálculo del impuesto al valor agregado educativo local es el recargo educativo local pagadero = (el impuesto al valor agregado y el impuesto al consumo realmente pagado por la empresa) 2%, siempre que la empresa entienda claramente el impuesto real. El impuesto al valor agregado y el impuesto al consumo pagados por la empresa pueden calcular fácilmente el recargo educativo local.

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