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Reconocimiento de la identidad de los cuadros estatales

Análisis legal: 1. Graduados de colegios y escuelas secundarias técnicas dentro del plan nacional (marcados por el "Certificado de Despacho", que incluye reclutamiento unificado, capacitación dirigida, autofinanciada y encargada dentro del plan) 2 . Graduados que hayan pasado por el nivel prefectural y municipal antes de 2001. Personal aprobado por el departamento de personal del gobierno para ser reclutado como cuadros nacionales (marcado por el "Formulario de aprobación para el reclutamiento de cuadros")

3. cuadros (marcados por nombramiento militar y materiales de transferencia y el "Formulario de aprobación para cuadros militares desmovilizados") (marcar) 4. Personal que ocupa puestos de cuadros que participaron en la revolución antes de la liberación (marcado por materiales de archivo relevantes)

5. Cuadros que se formaron naturalmente al comienzo de la liberación (marcados por los materiales de nombramiento)

6. Antiguos maestros privados que se convirtieron a escuelas públicas (marcados por el "Formulario de aprobación de escuela privada a pública" ) 7. Docentes contratados con la aprobación del comité revolucionario local a finales de la década de 1970 (marcado por el "Formulario de aprobación de contratación de docentes")

8. nivel gubernamental o el departamento de personal del sistema por encima del nivel departamental para convertirse en cuadros (según el "Formulario de aprobación de transferencia de trabajadores")

Cualquier trabajador que no haya pasado los procedimientos anteriores, no tiene el estatus de cuadros.

Base jurídica: "La República Popular China y el Código Civil"

Artículo 290: Los titulares de derechos inmobiliarios deberán proporcionar las comodidades necesarias a los titulares de derechos adyacentes para el uso de agua y drenaje. La utilización del agua corriente natural se distribuirá razonablemente entre los titulares de derechos adyacentes del inmueble. Al descargar agua natural, se debe respetar la dirección natural del flujo.

Artículo 291: Los titulares de derechos inmobiliarios deberán proporcionar las comodidades necesarias a los titulares de derechos vecinos que deban utilizar sus terrenos para el tráfico, etc.