Artículos de la Asociación de Educación Internacional
Artículo 1 El nombre de esta asociación es "International Education Association", y su nombre en inglés es Association of International Education.
Artículo 2 La Asociación Internacional de Educación (en adelante, la Asociación) es una organización de la industria de la educación establecida con la aprobación de la autoridad de registro de asociaciones del gobierno del país donde se encuentra la asociación, y tiene condición de persona jurídica independiente.
Artículo 3: Objeto de la asociación: fortalecer los intercambios y la cooperación internacionales, esforzarse por desarrollar la educación global y promover el progreso social. Respetar las constituciones, leyes, reglamentos y políticas de varios países y observar la ética social.
Artículo 4: La Asociación implementa el principio organizativo del centralismo democrático; el principio de funcionamiento es estar cerca de la educación y los estudiantes, brindarles servicios profesionales y reflexivos y promover el desarrollo de la educación global.
Ámbito empresarial
Artículo 5 El ámbito empresarial de la asociación:
(1) Implementar directrices y políticas internacionales pertinentes, formular normas y reglamentos adecuados para el desarrollo de la industria y establecer El mecanismo de autodisciplina de la industria guía a la industria para regular su propio comportamiento, promueve la competencia igualitaria en la industria, mejora la calidad general de la industria y salvaguarda los intereses generales de la industria;
( 2) Investigar y estudiar cuestiones importantes y candentes en el desarrollo de la industria e informar a las organizaciones internacionales pertinentes. El departamento hace sugerencias para que los departamentos gubernamentales de varios países formulen directrices y políticas; asuntos encomendados por los departamentos gubernamentales pertinentes;
(3) Supervisa el funcionamiento de la industria y ayuda al gobierno a llevar a cabo actividades de evaluación y recomendación de la industria.
(4) Lleva a cabo investigaciones académicas; prestar atención a las tendencias de la industria, publicar información y promover rápidamente nuevos proyectos, nuevas tecnologías, nuevos logros y nuevos cursos.
(5) Organizar reuniones, conferencias y sesiones informativas educativas relevantes sobre la revisión de la industria; p>
(6) Organizar conferencias, seminarios, intercambios y capacitación;
(7) Recopilar y organizar información profesional internacional relevante, compilar y publicar información sobre esta industria;
(8) Establecer entidades operativas de manera oportuna para brindar servicios de consultoría profesional y servicios de intermediación;
(9) Fortalecer los vínculos con la industria internacional y organizar la educación en varios países. Intercambios e inspecciones participar activamente en la industria global; actividades.
(10) Organizar intercambios y cooperación entre los miembros, dentro de la industria y con industrias relacionadas, y promover el desarrollo simultáneo de esta industria y otras industrias.
(11) Reflejar los deseos; de los miembros, salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los miembros y proporcionar servicios relevantes a los miembros.
Miembros
Artículo 6 Los miembros de esta asociación se dividen en miembros grupales y miembros individuales.
Artículo 7 Los miembros que soliciten unirse a la asociación deben cumplir las siguientes condiciones:
(a) Reconocer y apoyar estos estatutos;
(2) Haberse afiliado Voluntad de la asociación;
(3) Tener una buena reputación en la industria;
(4) Ser estudiante de la Asociación de Educación Internacional y haber participado en capacitaciones relevantes de la Asociación de Educación Internacional. Asociación;
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(5) Individuos, empresas, instituciones y organizaciones relacionadas en diversos campos de la industria.
Artículo 8: Las celebridades que estén entusiasmadas con la educación y la promoción de la cooperación educativa internacional pueden ser contratadas directamente por el Consejo Permanente como miembros honorarios.
Artículo 9 Procedimientos de membresía:
(1) Presentar el formulario de solicitud de membresía y los documentos de respaldo pertinentes;
(2) Después de la discusión y aprobación por parte de la Secretaría de la Asociación , puede convertirse en miembro de la unidad y miembro individual;
(3) La secretaría de la asociación emitirá una tarjeta de membresía.
Artículo 10 Los miembros de la Asociación disfrutan de los siguientes derechos:
(1) El derecho a elegir, ser elegido y votar;
(2) Participar en actividades relevantes organizado por la asociación;
(3) Tener prioridad en la obtención de los servicios de la asociación;
(4) Tener derecho a supervisar, criticar y hacer sugerencias sobre el trabajo de la asociación;
Artículo Artículo 11 Los miembros deberán cumplir las siguientes obligaciones:
(1) Implementar las resoluciones de la asociación;
(2) Mantener los derechos e intereses legítimos de la asociación;
(3) Completar el trabajo encomendado por la asociación;
(4) Pagar las cuotas de membresía de manera oportuna de acuerdo con las regulaciones;
(5) Informar activamente la situación a la asociación y proporcionar artículos académicos, materiales técnicos o información relacionada;
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(6) Proporcionar activamente sugerencias y sugerencias para el desarrollo de la asociación;
(7) Los miembros deben pagar las cuotas de membresía a tiempo y asistir a las reuniones. Se considerará que se han dado de baja automáticamente quienes no abonen las cuotas de afiliación durante más de medio año o no participen en las actividades de la asociación en el plazo de un año.
Artículo 12 Si un socio se retira de una reunión, deberá notificarlo por escrito a la Secretaría de la Asociación y devolver su tarjeta de socio.
Artículo 13 El Consejo Permanente elogiará o otorgará títulos honoríficos a sus miembros en función de las siguientes circunstancias:
(1) Aquellos que hayan logrado logros notables en la promoción de la reforma y el desarrollo de la industria;
(2) Aquellos que han logrado logros sobresalientes en la enseñanza y formación profesional;
(3) Aquellos que han hecho sugerencias y sugerencias activamente para la asociación y han logrado resultados notables;
p>(4) Para promoción Ha realizado contribuciones destacadas al desarrollo de la industria educativa global.
Artículo 14 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el miembro será eliminado de la lista y su membresía será cancelada con la aprobación del Consejo Permanente:
(1) Infracción de las leyes y reglamentos del país donde está ubicada la asociación. Constituir delito;
(2) Violar gravemente la ley y causar efectos adversos;
(3) Violar gravemente los artículos. de asociación de la asociación, afectando el trabajo y la reputación de la asociación;
(4) Dañar los intereses de la asociación y dañar la imagen de la asociación.
La creación y eliminación de organizaciones y personas responsables.
Artículo 15 La máxima autoridad de la asociación es el Congreso de Socios. Son funciones y poderes de la conferencia de representantes de miembros:
(1) Formular y modificar los estatutos;
(2) Elegir y destituir a los directores;
(3) Revisar las decisiones de la junta directiva Informes de trabajo e informes financieros;
(4) Decidir sobre las políticas de trabajo y asuntos importantes de la asociación;
(5) Decidir sobre la terminación de la asociación.
Artículo 16 El congreso de miembros sólo podrá celebrarse si están presentes más de dos tercios de los representantes de los miembros. Las resoluciones deberán ser aprobadas por más de la mitad de los representantes de los miembros presentes en la reunión para que surtan efecto.
Artículo 17. El Congreso de Miembros se celebra una vez cada dos años. Si es necesario modificarlo o posponerlo anticipadamente por circunstancias especiales, deberá ser votado por el Consejo Permanente, informado a las autoridades competentes del país donde está ubicada la asociación, y. aprobado por la agencia de gestión de registro de la asociación. Sin embargo, el plazo de prórroga no podrá exceder de un año.
Artículo 18 La Junta Directiva es el órgano ejecutivo de la Asamblea General. Cuando el Congreso de Miembros no esté en sesión, dirigir la asociación para realizar el trabajo diario y ser responsable ante el Congreso de Miembros.
Artículo 19: Funciones y atribuciones de la Junta Directiva:
(1) Ejecutar las resoluciones del Congreso Miembro
(2) Elegir y remover; el presidente y los vicepresidentes Presidente, Secretario General y Director Ejecutivo;
(3) Preparar la convocatoria del Congreso de Miembros;
(4) Realizar informes de trabajo y estados financieros a el Congreso Miembro;
(5) Decidir sobre el establecimiento de oficinas, sucursales, oficinas de representación y entidades;
(6) Decidir sobre el nombramiento y remoción de los secretarios generales adjuntos y directores de varias agencias;
(7) Formular el plan de trabajo de la asociación y liderar el trabajo de cada organización de la asociación;
(8) Formular el sistema de gestión interna;
(9) Decidir sobre otros asuntos importantes.
Artículo 20 La reunión del directorio deberá contar con la asistencia de más de dos tercios de los directores, y su resolución deberá ser votada por más de dos tercios de los directores presentes en la reunión para ser efectiva.
Artículo 21 La Junta Directiva celebrará al menos una reunión al año; en circunstancias especiales, también podrá celebrarse en la forma de comunicación;
Artículo 22: La asociación tendrá una junta directiva permanente, la cual será elegida por la junta directiva. El Consejo Permanente preside el trabajo diario del Consejo cuando el Consejo no está en sesión y es responsable ante el Consejo. Sus deberes son:
a) Ejercer las funciones y facultades especificadas en el artículo 20, apartados 1, 3, 5, 6, 7, 8 y 9. .
(2) Proponer diversas sugerencias y planes de trabajo que deban ser discutidos por la Junta Directiva
(3) Orientar el trabajo de la Secretaría de la Asociación
<; p>(4) Contratar presidentes honorarios, consultores y directores honorarios;Artículo 23 El Consejo Permanente deberá contar con la asistencia de más de dos tercios de los directores ejecutivos antes de que pueda ser convocado, y sus resoluciones deberán ser aprobada por un tercio de los asistentes Sólo surtirá efecto si es aprobada por más de dos directores ejecutivos.
Artículo 24: El Consejo Permanente se reunirá al menos una vez cada 6 meses. En circunstancias especiales, las reuniones también podrán realizarse en forma de intercambios.
Artículo 25: Los directores ejecutivos deberán asistir puntualmente a las reuniones. La falta de asistencia a las mismas por tres veces consecutivas se considerará como renuncia automática a sus aptitudes para el cargo.
Artículo 26 La asociación tendrá un presidente, varios vicepresidentes y un secretario general.
El presidente, el vicepresidente y el secretario general deberán cumplir las siguientes condiciones:
(a) Ser reconocidos y conocidos internacionalmente en el campo de la educación;
(2) Estar familiarizados con la industria de la educación y contribuir a la asociación. Hacer contribuciones destacadas al trabajo;
(4) La edad máxima del presidente, vicepresidente y secretario general generalmente no supera los 60 años.
(5) Gozar de buena salud y poder trabajar normalmente;
(6) Tener plena capacidad para la conducta civil;
Artículo 27 Si el presidente, vicepresidente y secretario general exceden la edad máxima, deberán ser aprobados por la junta directiva, aprobados por la unidad de supervisión empresarial y aprobados por la autoridad de gestión del registro de asociaciones. antes de que puedan ocupar el cargo.
Artículo 28 El mandato del presidente, vicepresidente y secretario general es de dos años.
Artículo 29: El representante legal de esta asociación es el presidente; no podrá fungir como representante legal de otras organizaciones sociales.
Artículo 30 El presidente ejercerá las siguientes facultades:
(1) Convocar y presidir la junta directiva (o junta directiva permanente);
(2) Inspección La implementación de las resoluciones del Congreso Miembro y del Consejo (o Consejo Permanente);
(3) Presidir el trabajo diario de la asociación;
(4 ) Firmar documentos importantes y pertinentes en nombre de la asociación.
Artículo 31 El Secretario General ejercerá las siguientes facultades:
(1) Bajo la dirección del Decano, presidir el trabajo diario de la oficina y organizar la ejecución del plan de trabajo anual;
(2) Coordinar el trabajo de las sucursales, agencias y entidades representativas;
(3) Nombrar al subsecretario general y a los principales responsables de cada oficina , sucursal, agencia de representación y unidad, y presentarlo a la Junta Directiva o Decisiones del Consejo Permanente;
(4) Proponer la contratación de oficinas, agencias de representación, entidades y personal de tiempo completo;
(5) Manejar otros asuntos diarios.
Artículo 32 El presidente, el vicepresidente y el secretario general deberán informar cada año de sus trabajos al Consejo Permanente, el cual será revisado y aprobado por el Consejo Permanente. Aquellos que fracasen más de dos veces no podrán ser seleccionados como el próximo líder.
Principios de gestión y uso de activos
Artículo 33 Fuentes de fondos de la asociación:
(1) Cuotas de membresía;
( 2 ) donación;
(3) Ingresos de actividades o servicios prestados dentro del ámbito comercial aprobado;
(4) Intereses;
(5) Otros derechos legales ingreso.
Artículo 34 La asociación recaudará las cuotas de membresía de acuerdo con las normas internacionales pertinentes.
Artículo 35 Los fondos de la asociación deberán destinarse al ámbito empresarial y al desarrollo profesional previstos en los estatutos, y no podrán ser distribuidos ni malversados entre sus miembros.
Artículo 36 La asociación deberá establecer un estricto sistema de gestión financiera para garantizar la legalidad, autenticidad, exactitud e integridad de los datos contables.
Artículo 37 La asociación deberá contar con contadores profesionalmente calificados, y los contadores no podrán actuar simultáneamente como cajeros. Los contadores deben llevar la contabilidad e implementar la supervisión contable. Cuando el personal contable transfiere puestos de trabajo o deja sus puestos de trabajo, debe pasar por procedimientos de traspaso con el destinatario.
Artículo 38 La gestión de activos de la asociación debe implementar el sistema de gestión financiera prescrito por el estado y aceptar la supervisión de la asamblea general de miembros y del departamento financiero. Si las fuentes de los activos son apropiaciones estatales o donaciones sociales, estarán sujetas a la supervisión de organismos fiscalizadores y la información pertinente será divulgada al público de manera adecuada.
Artículo 39 Antes de cambiar o cambiar de representante legal, la asociación deberá aceptar la auditoría financiera realizada por las autoridades competentes del país donde está ubicada y la agencia gestora del registro de la asociación.
Artículo 40 Ninguna unidad o individuo podrá malversar, distribuir privadamente o apropiarse indebidamente de los bienes de la asociación.
Símbolo
Artículo 41 La asociación tendrá un emblema independiente.
Normas Complementarias
Artículo 42 Este Estatuto Social fue votado y aprobado por la segunda primera asamblea de accionistas de la sociedad el 6 de marzo de 2008.
Artículo 43 El derecho de interpretación de los presentes estatutos corresponde a la junta directiva de la asociación.
Artículo 44 Este Estatuto entrará en vigor a partir de la fecha de aprobación por la autoridad de registro de la sociedad.
Artículo 45: Las modificaciones a este Estatuto Social deberán ser aprobadas por la Junta Directiva y elevadas al Congreso de Socios para su revisión. Los Estatutos de Asociación revisados se presentarán a los departamentos pertinentes dentro de los 15 días posteriores a su adopción por la Conferencia de Representantes de Miembros, y serán revisados y aprobados por el departamento comercial competente del país donde está ubicada la asociación, y entrarán en vigor después de su presentado a la agencia de gestión de registro de la asociación para su aprobación.