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Medidas de Gestión de Proyectos de Investigación en Ciencias Sociales y Ciencias Blanda del Deporte de la Comisión Nacional del Deporte

Capítulo 1 Principios generales Artículo 1 Las ciencias sociales del deporte y la investigación de las ciencias blandas son componentes importantes del trabajo de ciencia y tecnología del deporte de mi país. Con el fin de fortalecer la gestión de este trabajo, estas medidas se formulan con referencia a las "Medidas de Implementación para la Solicitud, Revisión y Aprobación de Proyectos Financiados por el Fondo Nacional de Planificación de las Ciencias Sociales" y las "Medidas de Gestión del Programa de Investigación en Ciencias Blanda de Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología" y en combinación con la situación actual de la Comisión Nacional de Deportes. Artículo 2 Estas Medidas se aplican a la gestión de proyectos de investigación en ciencias sociales y ciencias blandas del deporte (en adelante, proyectos encomendados) organizados e implementados por la Comisión Nacional de Deportes. Artículo 3 Los proyectos de investigación en ciencias sociales y ciencias blandas del deporte de la Comisión Nacional de Deportes deben adherirse al marxismo-leninismo, el pensamiento de Mao Zedong y la teoría de Deng Xiaoping sobre la construcción del socialismo con características chinas, adherirse a la línea básica del partido e implementar la política de integración. la teoría con la práctica y la política de dejar florecer cien flores y competir cien escuelas de pensamiento. Si bien concedemos importancia a la investigación teórica básica, también debemos fortalecer la investigación aplicada, centrándonos en las principales cuestiones teóricas y prácticas de la reforma y el desarrollo del deporte, proporcionar una base científica para la toma de decisiones y la gestión, y servir mejor a la construcción de deportes socialistas con características chinas. Artículo 4 El Departamento de Política y Regulación de la Comisión Nacional de Deportes (en adelante, Departamento Político y Jurídico) es responsable de la planificación y gestión de los proyectos de investigación en ciencias sociales y ciencias blandas del deporte de la Comisión Nacional de Deportes. Capítulo 2 Establecimiento de proyectos Artículo 5 El Departamento de Asuntos Políticos y Jurídicos de la Comisión Nacional de Deportes publica periódicamente directrices para proyectos de investigación en ciencias sociales y ciencias blandas del deporte, y adopta una combinación de encomienda y licitación para establecer proyectos. Los proyectos de investigación encargados son determinados por los departamentos pertinentes del Departamento de Asuntos Políticos y Jurídicos de la Comisión Nacional de Deportes; los proyectos de licitación están abiertos a todo el país, con competencia leal y proyectos basados ​​en el mérito. Puede postularse cualquier unidad o individuo que esté calificado para realizar investigaciones y cumpla con las condiciones y regulaciones de solicitud. Artículo 6 Para postularse al proyecto de investigación en ciencias sociales y ciencias blandas del deporte de la Comisión Nacional de Deportes, se deben cumplir las siguientes condiciones y regulaciones:

1. Los solicitantes del proyecto deben ser investigadores con títulos profesionales de alto nivel o camaradas destacados con los correspondientes. capacidades de investigación; los solicitantes con títulos profesionales intermedios deben tener logros sobresalientes en el campo y deben ser recomendados por dos expertos con títulos profesionales superiores;

2. los solicitantes de proyectos deben tener buenas cualidades políticas y realizar y organizar investigaciones científicas de forma independiente. Capacidad para trabajar. El solicitante es el responsable principal de un grupo de investigación en el que participan varias personas. La persona principal a cargo debe ser el organizador y líder de todo el proceso de implementación del proyecto y ser responsable del trabajo sustancial;

3. Los solicitantes de proyectos no pueden postularse para más de dos proyectos confiados al mismo tiempo. ; emprender proyectos previamente encomendados que no hayan sido completados o que hayan sido completados pero no pasen la aceptación o revisión no podrán postularse para nuevos proyectos. Artículo 7 Los solicitantes deberán estudiar detenidamente los lineamientos del proyecto emitidos ese año, seleccionar o diseñar proyectos específicos dentro del alcance de los lineamientos y postularse de acuerdo con los siguientes requisitos:

1. "Formulario de Solicitud de Proyecto" de Investigación en Ciencias Sociales y Ciencias Blandas, en cuadriplicado, todo impreso. Cada columna debe completarse de manera veraz y cuidadosa;

2. La unidad a la que pertenece el solicitante del proyecto debe revisar cuidadosamente el formulario de solicitud y firmar claramente el contenido principal del formulario de solicitud y si el líder del proyecto y el equipo de investigación. los miembros están calificados para el trabajo de investigación del proyecto. Opiniones selladas con sello oficial y garantía de crédito.

3. La solicitud del proyecto debe ser enviada al Departamento Político y Jurídico de la Comisión Nacional del Deporte; , y no será aceptado fuera de plazo. Artículo 8 El Departamento de Asuntos Políticos y Jurídicos de la Comisión Nacional de Deportes es responsable de clasificar, resumir y revisar preliminarmente los proyectos presentados, y organizar a los expertos pertinentes para revisar los proyectos que cumplan con las condiciones de solicitud. Artículo 9 El Departamento de Asuntos Políticos y Jurídicos de la Comisión Nacional de Deportes revisará el proyecto con base en los dictámenes de expertos. Luego de la aprobación de la dirección, enviará el "Aviso de Establecimiento del Proyecto" y la "Comisión Nacional de Deportes, Ciencias Sociales y Suaves del Deporte". Contrato de Proyecto de Investigación Científica” a la unidad donde labora el líder del proyecto. El líder del proyecto deberá completar los procedimientos de establecimiento del proyecto dentro del tiempo especificado según lo requerido en el aviso. Si el proyecto no se completa dentro del plazo, se cancelarán sus calificaciones para llevar a cabo el proyecto. Capítulo 3 Gestión de fondos Artículo 10 Los proyectos encomendados se dividen en proyectos financiados y proyectos de recaudación propia. Los proyectos de financiación deben solicitarse en función de las necesidades reales y los presupuestos deben formularse de manera realista. Después de la revisión de expertos, la financiación será revisada por el Departamento de Ciencias Políticas y Derecho. Los fondos deben aprobarse una vez y utilizarse en forma de suma global, y los gastos excesivos no serán reembolsados. El titular del proyecto también debe invertir o recaudar algunos fondos para apoyar la investigación del proyecto. Se dará prioridad a los proyectos autofinanciados. Artículo 11 Los fondos del proyecto se asignan a la unidad del líder del proyecto, y el derecho a utilizarlos pertenece al líder del proyecto, y el departamento financiero de la unidad es responsable de la supervisión e inspección.

El alcance del gasto incluye:

1. Tarifas de materiales de la biblioteca y tarifas de traducción para servicios de investigación;

2. Gastos de viaje para investigaciones nacionales;

3. de materiales de investigación Honorarios;

4. Costos de tiempo de computadora;

5. Honorarios de consulta de expertos;

6. >7. Honorarios por revisión de resultados de investigación;

8. Otros gastos directamente relacionados con la investigación. Artículo 12 Los fondos del proyecto se destinan a usos especiales y se contabilizan por separado. No está permitido su uso por personas ajenas al grupo de investigación y no puede utilizarse para salarios, beneficios y la compra de activos fijos. Una vez completado el proyecto, el líder del proyecto debe trabajar con el departamento financiero de la unidad para presentar el uso de los fondos y las cuentas finales junto con otros materiales al Departamento de Asuntos Políticos y Legales de la Comisión Estatal de Deportes para su solicitud. Capítulo 4 Inspección Intermedia Artículo 13 El Departamento de Asuntos Políticos y Jurídicos de la Comisión Nacional de Deportes realizará una inspección intermedia de los proyectos encomendados. El contenido de la inspección es el siguiente:

1. Si el líder del proyecto y los miembros del equipo de investigación han trabajado duro según lo planeado y si el progreso de la investigación cumple con los requisitos del plan de investigación; 2. La unidad a la que pertenece el líder del proyecto. Si se proporcionan las condiciones necesarias para la implementación de la investigación del proyecto;

3. Si el gasto es razonable.