La Red de Conocimientos Pedagógicos - Conocimientos matemáticos - ¿Qué debo hacer si la clase de capacitación no se ha realizado durante medio año?

¿Qué debo hacer si la clase de capacitación no se ha realizado durante medio año?

En respuesta a la cuestión de las disputas por los alquileres en las industrias de catering y otros servicios que no pueden operar debido a la epidemia y están bajo una fuerte presión para el pago del alquiler, Liu Guixiang, miembro de tiempo completo del Comité de Sentencia del Tribunal Popular Supremo y La justicia de segundo nivel, dijo que para solucionar este problema se deben tener en cuenta dos puntos: la epidemia y sus medidas de prevención y control son fuerza mayor, y se deben implementar una serie de políticas nacionales y locales favorables a las empresas. Se ha determinado absolutamente que no se puede pagar el alquiler, que el contrato ya no se puede ejecutar y que ya es imposible pagar el alquiler. En este caso, ambas partes deberían poder solicitar la rescisión del contrato y el tribunal debería respaldarlo.

Con respecto a las disputas contractuales causadas por no poder asistir a cursos de capacitación durante la epidemia, Liu Guixiang dijo que las diferentes situaciones deben tratarse de manera diferente. En circunstancias normales, después de firmar un contrato de capacitación, incluso si no se puede realizar la capacitación fuera de línea, se puede sustituir la capacitación en línea para lograr el efecto de capacitación esperado y lograr el propósito del contrato. En este caso, si una de las partes pretende rescindir el contrato, el tribunal no la admitirá. Sin embargo, si algunos cursos de formación especiales no pueden lograr el efecto de formación esperado a través de la formación en línea, como la formación artística, entonces parte de ellos deben realizarse de forma presencial y es difícil lograr el propósito de la formación a través de la formación en línea. En este caso, el tribunal popular debe apoyar la solicitud del alumno de rescindir el contrato y exigir la devolución de la tasa de formación pagada por adelantado o del depósito.