Aviso de la Comisión Estatal de Regulación de Radiocomunicaciones sobre la emisión del "Reglamento Administrativo para el Establecimiento y Uso de Estaciones de Comunicaciones de Retransmisión por Microondas"
Capítulo 1 Disposiciones generales El artículo 1 tiene como objetivo hacer un uso razonable y eficaz de los recursos de frecuencia de microondas y evitar interferencias mutuas entre las estaciones de comunicación de retransmisión de microondas y otras estaciones de comunicación de radio en la misma banda de frecuencia. de China" *Estas regulaciones están formuladas de acuerdo con las disposiciones pertinentes de las Regulaciones de Gestión de Radio de la República Popular de China. Artículo 2: Este reglamento se aplica al establecimiento y uso de estaciones de radio fijas, como estaciones de comunicación de retransmisión por microondas por encima de 1000 MHz, estaciones de comunicación por microondas de dirección múltiple de un punto y sistemas de distribución de microondas multicanal (MMDS). Artículo 3 Las frecuencias de microondas son recursos limitados y valiosos, y se debe adoptar el principio de uso exclusivo por departamentos, y no se deben asignar bandas de frecuencia dedicadas según departamentos o sistemas. Artículo 4 Al construir una estación de comunicación de retransmisión por microondas, la selección de ruta, la configuración de la estación, la configuración del canal y otros indicadores técnicos deberán cumplir con las regulaciones pertinentes y se organizarán razonablemente en función de la capacidad de comunicación, la distancia de comunicación, el método de modulación y otros factores. Capítulo 2 Autoridad de Aprobación Artículo 5 Establecimiento y uso de estaciones de comunicación de retransmisión por microondas para comunicaciones en el extranjero y las regiones de Hong Kong, Macao y Taiwán Establecimiento y uso de estaciones de comunicación de retransmisión por microondas para comunicaciones entre provincias (regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno Central); Agencias estatales centrales (incluidas las de Beijing) Las estaciones de comunicación de retransmisión por microondas instaladas y utilizadas por unidades directamente afiliadas (estaciones de comunicación de retransmisión por microondas instaladas y utilizadas en la banda de frecuencia de 3400-7125 MHz deberán ser aprobadas por la Oficina de la Comisión Estatal de Regulación de Radio). . Artículo 6 Las estaciones de comunicaciones relevadoras por microondas para comunicaciones intraprovinciales distintas de las mencionadas anteriormente serán revisadas y aprobadas por la Oficina de la Comisión Reguladora de Radio de la provincia (región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central) donde esté ubicada la estación, y se informará a la Oficina de la Comisión Estatal de Regulación de Radiocomunicaciones para su registro. Artículo 7 Si las estaciones de comunicación retransmisoras por microondas instaladas en zonas fronterizas requieren coordinación de frecuencias con otros países, la Oficina de la Comisión Estatal de Radioregulación la organizará y ejecutará. Capítulo 3 Solicitud y revisión preliminar Artículo 8 Los procedimientos de solicitud y revisión preliminar para las estaciones de comunicación de retransmisión por microondas aprobadas por la Oficina de la Comisión Estatal de Regulación de Radio son:
(1) Las unidades que configuran y utilizan estaciones de comunicación de retransmisión por microondas deben Presentar una solicitud a la Oficina de la Comisión Estatal de Regulación de Radio un año antes del inicio de la construcción civil de la estación de comunicación del relé de microondas y presentar los parámetros técnicos necesarios para adaptarse a los análisis y cálculos de compatibilidad electromagnética (incluidos los motivos para configurar el relé de microondas). estación de comunicación, tareas de comunicación, capacidad de comunicación, método de modulación, banda de frecuencia a utilizar, mapa de enrutamiento del circuito de microondas propuesto y dirección del sitio, longitud y latitud de cada estación de microondas, altura de la antena, etc.); >
(2) La unidad que solicite el establecimiento de una estación deberá informar a la Oficina de la Comisión Estatal de Regulación de Radio. Al presentar la solicitud y la información anterior, se debe enviar una copia a la Oficina de la Comisión de Regulación de Radio de cada provincia correspondiente (región autónoma, municipio directamente dependiente del Gobierno Central) por la que pasa el circuito de microondas
(3) La Oficina de la Comisión Estatal de Regulación de Radio, después de recibir la solicitud del usuario y comenzará la revisión; a partir de la fecha de información completa y se enviará una carta de consulta a la oficina de la Comisión Reguladora de Radiocomunicaciones provincial (región autónoma, municipio) correspondiente y a los departamentos correspondientes en un plazo de dos semanas.
(4) La Comisión Estatal de Regulación de Radiocomunicaciones; la oficina se basará en las regulaciones militares y locales y llevará a cabo la coordinación necesaria con la Oficina del Comité de Gestión de Radio Militar
(5) El contenido de la revisión preliminar es:
1. Si cumple con la tabla de asignación de frecuencias de mi país y las regulaciones sobre ondas de comunicación por microondas sobre configuración de canales y uso de frecuencias
2. Si cumple con los requisitos de planificación de la construcción urbana y si el canal de microondas es fluido;
3. Satélite Tierra en la misma banda de frecuencia que ha sido aprobada y está en revisión Si existe interferencia mutua entre estaciones, estaciones de microondas y otras estaciones de servicio ; Se requiere coordinación de frecuencias con otros países.
(6) Las oficinas de la comisión reguladora de radio y los departamentos pertinentes de las provincias pertinentes (regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central), dentro de los 3 meses posteriores a la recepción de la carta de consulta, llevarán a cabo una revisión de los párrafos 2. y 3 del artículo 8 (5). Los dictámenes de revisión del artículo se informarán a la Oficina de la Comisión Estatal de Regulación de Radiocomunicaciones.
(7) Si la Oficina de la Comisión Estatal de Regulación de Radiocomunicaciones no los recibe; las opiniones de revisión o la solicitud de posponer el plazo dentro del período anterior, se considerará que la Oficina de la Comisión Estatal de Regulación de Radio o El departamento no tiene opinión
(8) La Oficina de la Comisión Estatal de Regulación de Radio; completará el trabajo de coordinación y revisión preliminar anterior dentro de los 6 meses a partir de la fecha de recepción del informe de solicitud del usuario y la información completa, y responderá al usuario si acepta construir una estación de comunicación de retransmisión de microondas, emitir un aviso de preasignación de frecuencia o dar razones para no aceptar la instalación de la estación.
Al mismo tiempo, se debe enviar una copia a las oficinas del comité regulador de radiocomunicaciones provinciales (región autónoma, municipio) pertinentes y a los departamentos pertinentes. Artículo 9 Los procedimientos de solicitud y revisión preliminar de las estaciones de comunicación de retransmisión por microondas aprobadas por el comité de gestión de radio provincial (región autónoma, municipio) son:
(1) Las unidades que instalen y utilicen estaciones de comunicación de retransmisión por microondas deben Uno un año antes del inicio de la construcción civil de la estación repetidora de comunicaciones, se debe presentar una solicitud a la oficina del comité de gestión de radio de la provincia correspondiente (región autónoma, municipio directamente dependiente del Gobierno Central) y los parámetros técnicos necesarios para adaptarse a la compatibilidad electromagnética. análisis y cálculo (incluido el motivo para configurar el circuito de microondas, tareas de comunicación, capacidad de comunicación, método de modulación, banda de frecuencia a utilizar, mapa de enrutamiento del circuito de microondas propuesto y dirección del sitio, longitud y latitud de cada estación de microondas, altura de la antena , etc.);
(2) Comité de Gestión de Radio de las provincias relevantes (regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno Central) La oficina comenzará la revisión a partir de la fecha en que reciba la solicitud del usuario y la información completa y emitir una carta de coordinación solicitando opiniones a las unidades pertinentes en un plazo de dos semanas
(3) El contenido de la revisión preliminar es el mismo que el párrafo 5 del artículo 8 anterior
(. 4) Cada unidad relevante debe informar sus opiniones a la Oficina del Comité de Gestión de Radio provincial (región autónoma, municipio) dentro de los dos meses posteriores a la recepción de la carta de coordinación. Si la carta de coordinación está vencida, se considerará que la coordinación con la unidad ha sido realizada. completado
(5) Las oficinas de la Comisión de Regulación de Radiocomunicaciones de cada provincia (región autónoma, municipio directamente dependiente del Gobierno Central) presentarán la solicitud de usuario y la información completa a la Oficina de Regulación de Radiocomunicaciones del Estado. Comisión al mismo tiempo que la revisión preliminar. La Oficina de la Comisión Estatal de Regulación de Radiocomunicaciones, después de recibir la información, examinará si la estación de comunicación de retransmisión por microondas causa interferencia a las estaciones de comunicación de retransmisión por microondas que se han construido o están en proceso de aprobación y que están. en la etapa de coordinación por parte de agencias estatales centrales (incluidas sus unidades directamente afiliadas en Beijing). Si hay interferencia, la Oficina de la Comisión Estatal de Regulación de Radiocomunicaciones enviará una carta de opiniones de revisión a la Oficina de la Comisión de Regulación de Radiocomunicaciones de la provincia correspondiente (región autónoma, municipio directamente dependiente del Gobierno Central) en un plazo de 3 meses; >
(6) Comisión Reguladora de Radio de cada provincia (región autónoma, municipio directamente dependiente del Gobierno Central) La oficina debe tomar la iniciativa de coordinar con las oficinas del comité regulador de radio de las provincias vecinas (regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central). Gobierno). Para dicha coordinación, la oficina de la Comisión Reguladora de Radiocomunicaciones para la cual se solicita la coordinación deberá responder en el plazo de 3 meses. Si se excede la coordinación, se considerará completada la coordinación.
(7) La Comisión Reguladora de Radiocomunicaciones. Las oficinas de cada provincia (región autónoma, municipio directamente dependiente del Gobierno Central) deberán completar los trabajos de coordinación y revisión preliminar antes mencionados dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de recepción de la solicitud del usuario y la información completa, y el usuario deberá responder si acepta la construcción de una estación de comunicaciones de retransmisión por microondas, emite un aviso de preasignación de frecuencia o expone los motivos por los que no acepta la instalación de la estación. Al mismo tiempo, se presentará a la Oficina de la Comisión Estatal de Regulación de Radiocomunicaciones y se enviará copia a la Oficina de la Comisión de Regulación de Radiocomunicaciones de las provincias pertinentes (regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno Central) y unidades.