Política Nacional de Formación Artística
Artículo 6 Las escuelas de todos los tipos y niveles deben fortalecer la enseñanza de cursos de arte y ofrecer cursos de arte de acuerdo con las regulaciones y requisitos nacionales. Las escuelas vocacionales deberían ofrecer cursos de arte para satisfacer las necesidades de los diferentes estudiantes. Los colegios y universidades deben ofrecer cursos obligatorios u optativos en arte. Artículo 7 Los cursos de arte ofrecidos en las escuelas primarias, escuelas secundarias y escuelas secundarias ordinarias se impartirán de acuerdo con los estándares de cursos de arte promulgados por el estado o el departamento administrativo de educación provincial autorizado. . En la enseñanza se utilizarán materiales didácticos aprobados por los departamentos de la administración educativa nacional o provinciales autorizados. Las escuelas vocacionales, colegios y universidades deben formular planes de enseñanza (planes curriculares) para cursos obligatorios o electivos en arte basados en las condiciones reales.
Artículo 8 Los cursos de arte en las escuelas primarias, secundarias y secundarias ordinarias se incluirán en las materias del examen final y del examen de graduación. Los cursos de arte en las escuelas vocacionales y en los colegios y universidades generales están sujetos a exámenes o evaluaciones, y los métodos de exámenes o evaluaciones los determinan las propias escuelas. Las escuelas que implementan el sistema de créditos deben contar las calificaciones como créditos.
Base jurídica: "Reglamento sobre educación artística escolar"
Artículo 6 Las escuelas de todos los tipos y niveles deben fortalecer la enseñanza de cursos de arte y ofrecer cursos de arte de acuerdo con las regulaciones y requisitos nacionales. . Las escuelas vocacionales deberían ofrecer cursos de arte para satisfacer las necesidades de los diferentes estudiantes. Los colegios y universidades deben ofrecer cursos obligatorios u optativos en arte. Artículo 7 Los cursos de arte ofrecidos en las escuelas primarias, secundarias y escuelas secundarias ordinarias se impartirán de acuerdo con las normas de cursos de arte promulgadas por el estado o el departamento administrativo de educación provincial autorizado. . En la enseñanza se utilizarán materiales didácticos aprobados por los departamentos de la administración educativa nacional o provinciales autorizados. Las escuelas vocacionales, colegios y universidades deben formular planes de enseñanza (planes curriculares) para cursos obligatorios o electivos en arte basados en las condiciones reales.
Artículo 8 Los cursos de arte en las escuelas primarias, secundarias y preparatorias ordinarias se incluirán en las materias del examen final y del examen de graduación. Los cursos de arte en las escuelas vocacionales y en los colegios y universidades generales están sujetos a exámenes o evaluaciones, y los métodos de exámenes o evaluaciones los determinan las propias escuelas. Las escuelas que implementan el sistema de créditos deben contar las calificaciones como créditos.