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¿Qué medidas de protección tiene el estado para las personas con discapacidad?

Para la situación de su familia, el gobierno debe proporcionar compensación y protección. Esto está estipulado por la ley: Las siguientes disposiciones legales son para su referencia. La presión de la vida sólo lo hará más fuerte. ¡Espero que puedan superar las dificultades gracias a los esfuerzos del gobierno, la sociedad y usted mismo!

Primero, educación para los discapacitados:

1. Los gobiernos populares de todos los niveles proporcionan libros de texto gratuitos a los estudiantes discapacitados que reciben educación obligatoria y a los estudiantes de familias pobres con discapacidad, y proporcionan gastos de manutención y alojamiento. otros gastos; los estudiantes discapacitados que reciban educación distinta de la obligatoria y los estudiantes de familias pobres con discapacidad recibirán subsidios de conformidad con las reglamentaciones nacionales pertinentes.

2. Las instituciones de educación preescolar ordinarias deben aceptar niños con discapacidades que puedan adaptarse a sus vidas.

3.

Las instituciones de educación especial inferiores a la escuela secundaria y las clases de educación especial adjuntas a las instituciones de educación general implementarán la educación obligatoria para los niños y adolescentes discapacitados que no puedan recibir educación general.

4. Las instituciones de educación especial de nivel secundario superior o superior, las clases de educación especial adscritas a instituciones de educación general y las instituciones de educación vocacional para discapacitados deben brindar educación cultural y educación vocacional de nivel secundario superior o superior a los calificados. personas discapacitadas.

2. Empleo futuro:

1. El Estado protege los derechos laborales de las personas con discapacidad.

2. Las empresas de bienestar para discapacitados, las instituciones de masajes para ciegos y otras unidades de bienestar organizadas por el gobierno y la sociedad ofrecen acuerdos de empleo centralizados para los discapacitados.

3. Las agencias estatales, los grupos sociales, las empresas, las instituciones y las unidades privadas no empresariales deben organizar el empleo para las personas discapacitadas de acuerdo con las proporciones prescritas y seleccionar los tipos de empleos y puestos apropiados para las personas discapacitadas. Si no se alcanza la proporción estipulada, la obligación de garantizar el empleo de personas discapacitadas se cumplirá de conformidad con las normas nacionales pertinentes. El Estado alienta a los empleadores a contratar a personas con discapacidades que excedan la proporción prescrita.

4. El Estado ofrece incentivos fiscales a los empleadores que contratan empleo para personas discapacitadas hasta alcanzar o superar la proporción prescrita o que contratan de manera centralizada empleo para personas discapacitadas y para personas discapacitadas que trabajan por cuenta propia, y les brindan incentivos fiscales. Servicios de la casa en producción, gestión, tecnología y capital. Brindar apoyo en términos de materiales, espacios, etc. El Estado exime de tasas administrativas a las personas discapacitadas que trabajan por cuenta propia.

5. Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes deben determinar productos y proyectos adecuados para la producción y operación de personas discapacitadas, y dar prioridad a la producción u operación de unidades de bienestar para personas discapacitadas. , y basándose en las características de producción de las unidades de bienestar para personas con discapacidad , confirmando que algunos productos son producidos exclusivamente por ella.

5. El Estado protege la propiedad y la autonomía operativa de las unidades de bienestar para las personas con discapacidad, y no se infringen sus derechos e intereses legítimos.

No se permitirá la discriminación contra las personas con discapacidad en aspectos tales como reclutamiento, empleo, promoción, evaluación de títulos profesionales, remuneración laboral, bienestar de vida, descanso y vacaciones y seguro social.

6. La unidad donde trabajan los empleados discapacitados debe proporcionar condiciones de trabajo y protección laboral adecuadas en función de las características de los empleados discapacitados, y transformar los lugares de trabajo, el equipo laboral y las instalaciones de vivienda de acuerdo con las necesidades reales.

Tres. Seguridad y bienestar social

1. El Estado garantiza el derecho de las personas con discapacidad a disfrutar de diversas seguridades sociales.

El gobierno y la sociedad toman medidas para mejorar la seguridad social de las personas con discapacidad y proteger y mejorar sus vidas.

2. Las personas discapacitadas y sus unidades deben participar en el seguro social de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.

Las organizaciones autónomas de base urbanas y rurales y las familias de personas discapacitadas deben alentar y ayudar a las personas discapacitadas a participar en el seguro social.

Para las personas discapacitadas que tienen dificultades reales para vivir, se proporcionarán subsidios del seguro social de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.

3.

Los gobiernos populares en todos los niveles brindan asistencia social en la vida, educación, vivienda y otra asistencia social a las personas discapacitadas que tienen dificultades reales en la vida a través de diversos canales.

4. Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior deben tomar otras medidas para garantizar la vida básica de las familias discapacitadas que todavía tienen dificultades especiales a pesar de recibir beneficios mínimos de seguridad vital.

5. Los gobiernos populares en todos los niveles proporcionarán subsidios de acuerdo con las regulaciones para la configuración y reemplazo de los dispositivos de asistencia necesarios para los servicios médicos y de rehabilitación básicos.

6. Los gobiernos populares locales en todos los niveles deberían proporcionar subsidios de enfermería a las personas discapacitadas que no pueden cuidar de sí mismas.

7. Los gobiernos populares locales en todos los niveles brindarán asistencia de acuerdo con las regulaciones a las personas discapacitadas que no tienen capacidad para trabajar, ni cuidadores, ni capacidad de sustento, ni fuente de ingresos.

8. Los gobiernos populares a nivel de condado o superior deberían ofrecer comodidad y descuentos para que las personas discapacitadas utilicen el transporte público. Las personas discapacitadas pueden llevar consigo los dispositivos de asistencia necesarios de forma gratuita.