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Reglamento de Gestión de Carreteras Urbanas (Revisado en 2019)

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Este reglamento se formula con el fin de fortalecer la gestión de las vías urbanas, garantizar la integridad de las vías urbanas, aprovechar plenamente las funciones de las vías urbanas y promover el desarrollo económico y social urbano. Artículo 2 Las vías urbanas a que se refiere este Reglamento se refieren a las vías urbanas, puentes y sus instalaciones auxiliares que estén previstas para vehículos y peatones y que reúnan determinadas condiciones técnicas. Artículo 3 El presente reglamento se aplica a la planificación, construcción, mantenimiento, reparación y administración de carreteras urbanas. Artículo 4: La gestión de las vías urbanas implementará los principios de planificación unificada, apoyo a la construcción, desarrollo coordinado y énfasis igual en la construcción, mantenimiento y gestión. Artículo 5: El Estado fomenta y apoya la investigación científica y tecnológica en vías urbanas, promueve tecnologías avanzadas y mejora el nivel científico y tecnológico de la gestión de vías urbanas. Artículo 6: El departamento administrativo de construcción del Consejo de Estado es responsable de la gestión de las vías urbanas en todo el país.

Los departamentos administrativos de construcción urbana de los gobiernos populares de las provincias y regiones autónomas son responsables de la gestión de las vías urbanas dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Los departamentos administrativos de ingeniería municipal de los gobiernos populares de las ciudades a nivel de condado o superior son responsables de la gestión de las vías urbanas dentro de sus respectivas regiones administrativas. Capítulo 2 Planificación y Construcción Artículo 7 Los gobiernos populares de las ciudades a nivel de condado o superior organizarán los departamentos municipales de ingeniería, planificación urbana, seguridad pública y transporte y otros departamentos para preparar planes de desarrollo de carreteras urbanas basados ​​en el plan general de la ciudad.

El departamento administrativo de ingeniería municipal formulará un plan anual de construcción de vías urbanas basado en el plan de desarrollo de vías urbanas y lo implementará después de la aprobación del gobierno popular urbano. Artículo 8 Los fondos para la construcción de carreteras urbanas pueden recaudarse a través de diversos canales, como inversiones gubernamentales, recaudación de fondos, préstamos nacionales y extranjeros, ingresos por el uso pago de tierras de propiedad estatal y emisión de bonos de conformidad con las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 9 La construcción de vías urbanas deberá ajustarse a las especificaciones técnicas de las vías urbanas. Artículo 10 Si el gobierno invierte en la construcción de vías urbanas, la construcción será organizada por el departamento administrativo de ingeniería municipal de acuerdo con el plan de desarrollo de vías urbanas y el plan anual de construcción.

Cualquier unidad que invierta en la construcción de vías urbanas deberá cumplir con el plan de desarrollo de vías urbanas.

La construcción de carreteras en comunidades residenciales urbanas y zonas de desarrollo se incluirá en la construcción de apoyo de los planes de desarrollo y construcción de comunidades residenciales y zonas de desarrollo respectivamente. Artículo 11 El Estado alienta a las empresas nacionales y extranjeras, otras organizaciones e individuos a invertir en la construcción de vías urbanas de acuerdo con el plan de desarrollo de vías urbanas. Artículo 12 Los planes de construcción de diversas tuberías, postes y otras instalaciones adjuntas a las vías urbanas, como suministro de agua urbana, drenaje, gas, calefacción, suministro de energía, comunicaciones, protección contra incendios, etc., se coordinarán con el plan de desarrollo de las vías urbanas y plan de construcción anual y cumplir con El principio de construcción es primero subterráneo, luego sobre el suelo y se construye simultáneamente con las vías urbanas. Artículo 13: Cuando las vías urbanas de nueva construcción se crucen con las líneas troncales ferroviarias, los lugares de construcción de instalaciones de transporte tridimensionales se reservarán en la planificación urbana según sea necesario.

La construcción de cruces en los cruces de vías urbanas y ferrocarriles debe cumplir con las especificaciones técnicas nacionales pertinentes, y las instalaciones de transporte tridimensionales deben construirse gradualmente según sea necesario. La inversión requerida para la construcción de instalaciones de transporte tridimensional será determinada por los departamentos pertinentes mediante consulta de conformidad con las regulaciones nacionales. Artículo 14 La construcción de puentes y túneles a través de ríos deberá cumplir con las normas nacionales de navegación y control de inundaciones y otras especificaciones técnicas pertinentes. Artículo 15 Los gobiernos populares de las ciudades a nivel de condado o superior reconstruirán y ampliarán las uniones de carreteras y carreteras urbanas de manera planificada de acuerdo con las especificaciones técnicas de las carreteras urbanas, y el departamento administrativo de carreteras podrá proporcionar subsidios financieros de acuerdo con las normas nacionales pertinentes. regulaciones. Artículo 16 Las unidades responsables del diseño y construcción de vías urbanas tendrán los niveles de calificación correspondientes y realizarán las tareas correspondientes de diseño y construcción de vías urbanas de acuerdo con los niveles de calificación. Artículo 17 El diseño y construcción de vías urbanas deberá cumplir estrictamente con las especificaciones técnicas para el diseño y construcción de vías urbanas prescritas por los gobiernos estatales y locales.

En la construcción de vías urbanas se implementa un sistema de supervisión de la calidad del proyecto.

Los proyectos de vías urbanas sólo podrán entregarse para su uso después de que estén terminados y hayan pasado la inspección de aceptación; si no han sido aceptados o no han pasado la inspección de aceptación, no se entregarán para su uso. Artículo 18: Las vías urbanas implementan un sistema de garantía de calidad de los proyectos. El plazo de garantía para vías urbanas es de 1 año, contado a partir de la fecha de entrega. Si ocurre algún problema de calidad del proyecto durante el período de garantía, la unidad responsable correspondiente será responsable de la garantía. Artículo 19 El departamento administrativo de ingeniería municipal puede cobrar peajes a los vehículos que pasan (excepto los vehículos militares) dentro de un cierto período de tiempo para grandes puentes, túneles, etc. construidos con préstamos o recaudación de fondos, que se utilizarán para pagar préstamos o recaudación de fondos. fondos y no se utilizarán para otros fines.

El alcance y el período de cobro de los peajes serán estipulados por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.

Capítulo 3 Mantenimiento y Reparación Artículo 20 El departamento administrativo de ingeniería municipal aprobará año tras año los fondos de mantenimiento y reparación de las vías urbanas que organiza, construye y administra de acuerdo con el grado, cantidad y cuotas de mantenimiento y reparación de las vías urbanas, y hará Arreglos unificados para mantenimiento y reparación. Fondos de mantenimiento. Artículo 21 Las unidades responsables del mantenimiento y reparación de vías urbanas implementarán estrictamente las especificaciones técnicas para el mantenimiento y reparación de vías urbanas, mantendrán y repararán periódicamente las vías urbanas y garantizarán la calidad de los proyectos de mantenimiento y reparación.

El departamento administrativo de ingeniería municipal es responsable de supervisar e inspeccionar la calidad de los proyectos de mantenimiento y reparación para garantizar la integridad de las vías urbanas. Artículo 22: Para las vías organizadas y administradas por el departamento administrativo de ingeniería municipal, las unidades de mantenimiento y reparación de vías urbanas encomendadas por éste serán responsables del mantenimiento y reparación. En el caso de las carreteras invertidas, construidas y gestionadas por una entidad, la entidad que invierta en la construcción o la entidad a la que ésta le encomiende será responsable del mantenimiento y reparación. La unidad constructora o la unidad por ella encomendada será responsable del mantenimiento y reparación de las vías en las zonas urbanas residenciales y de desarrollo.