La Red de Conocimientos Pedagógicos - Conocimientos matemáticos - ¿Pueden los estudiantes universitarios seguir asistiendo a la escuela después de ser puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio?

¿Pueden los estudiantes universitarios seguir asistiendo a la escuela después de ser puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio?

Análisis legal: No hay ningún impacto en la escuela y la escuela no te expulsará por esto. Sin embargo, si ingresa a una agencia gubernamental o una gran empresa estatal, tendrá un impacto en su futura búsqueda de empleo.

Base jurídica: “Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China”

Artículo 82: Los órganos de seguridad pública podrán detener a los delincuentes actuales o a los principales sospechosos en cualquiera de las siguientes circunstancias: ( 1 ) Una persona que se prepara para cometer un delito, comete un delito o es descubierta inmediatamente después de cometer un delito;

(2) La víctima o un testigo en el lugar lo identifica como un delincuente;

(3) Cuando se encuentre evidencia criminal alrededor o en la residencia (4) Intento de suicidio, fuga o fuga después de cometer un delito (5) Posibilidad de destruir, falsificar pruebas o confabularse con otros; (6) No decir el nombre y la dirección verdaderos, y se desconoce la identidad (7) Hay serias sospechas de cometer delitos mientras se da a la fuga, cometer delitos varias veces o cometer delitos en grupo.

Artículo 85: Al detener a una persona, el órgano de seguridad pública deberá presentar un acta de detención. Después de ser detenido, el detenido será remitido inmediatamente a un centro de detención para su custodia y no excederá de veinticuatro horas. A menos que la notificación sea imposible o la notificación de presuntos delitos que pongan en peligro la seguridad nacional o actividades terroristas pueda obstaculizar la investigación, los familiares del detenido deben ser notificados dentro de las 24 horas posteriores a la detención. Los familiares del detenido deberán ser notificados inmediatamente después de que desaparezcan las circunstancias que obstaculizaron la investigación.

Artículo 91: Si el órgano de seguridad pública considera que una persona detenida necesita ser arrestada, lo presentará a la Fiscalía Popular para su revisión y aprobación dentro de los tres días siguientes a la detención. En circunstancias especiales, el plazo de aprobación podrá ampliarse de uno a cuatro días. Para los principales sospechosos que cometen delitos sobre la marcha, cometen delitos varias veces o conspiran para cometer delitos, el tiempo de revisión y aprobación puede ampliarse a 30 días. La Fiscalía Popular tomará la decisión de aprobar o desaprobar el arresto dentro de los siete días siguientes a la recepción de la carta de aprobación del órgano de seguridad pública. Si la Fiscalía Popular no aprueba el arresto, el órgano de seguridad pública liberará a la persona inmediatamente después de recibir la notificación y notificará sin demora a la Fiscalía Popular para su ejecución. Quienes necesiten continuar la investigación y cumplir las condiciones para la libertad bajo fianza en espera de juicio o vigilancia residencial serán puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio o puestos bajo vigilancia residencial de conformidad con la ley.