La Red de Conocimientos Pedagógicos - Conocimientos matemáticos - Renuncia vía acuerdo de formación

Renuncia vía acuerdo de formación

Hola.

En primer lugar, no es necesario compensar los costes unitarios. Porque según lo que dijiste, el empleador en realidad no te pagó la tasa de formación.

En segundo lugar, incluso si la empresa paga la formación y otros gastos, el importe de la compensación que necesita después de marcharse sin motivo no puede exceder el importe pagado por la empresa. El acuerdo de pagar diez veces la indemnización es contrario a la ley y no tiene ningún efecto jurídico.

Finalmente, en cuanto al tema salarial, si hay acuerdo en el contrato, se debe manejar según el acuerdo. Sin acuerdo, no hay necesidad de retirarse.