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Reglamento de educación preescolar de la provincia de Jilin

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de promover y proteger el desarrollo de la educación preescolar, regular el comportamiento de la educación preescolar y salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los niños en edad preescolar, de conformidad con la "Ley de Educación de la República Popular China", la "Ley de Promoción de la Educación Privada de la República Popular China" y otras leyes y reglamentos. Este reglamento se formula en función de las condiciones reales de la provincia. Artículo 2 Este reglamento se aplica a la implementación y gestión de la educación preescolar dentro de la región administrativa de esta provincia. Artículo 3 El término “educación preescolar” mencionado en este Reglamento se refiere a las actividades de cuidado y educación de niños mayores de tres años y menores de seis años.

Las instituciones de educación preescolar a que se refiere este Reglamento se refieren a instituciones que realizan actividades de cuidado y educación infantil para niños mayores de tres años y menores de seis años. Artículo 4 La educación preescolar debe adherirse a la combinación de cuidado y educación, seguir las leyes del desarrollo físico y mental de los niños, prestar atención a las diferencias individuales de los niños, utilizar los juegos como forma básica de actividades y prestar atención al cultivo del buen carácter moral de los niños. y hábitos de comportamiento, centrarse en el desarrollo razonable del potencial de los niños y promover el desarrollo del potencial de los niños de forma integral y saludable. Artículo 5 El gobierno, los grupos sociales, las familias y las instituciones de educación preescolar deben realizar conjuntamente la labor de educación preescolar.

El desarrollo de la educación preescolar debe adherirse a los principios de bienestar público y beneficio universal, y adherirse a los principios de desarrollo de liderazgo gubernamental, participación social y desarrollo tanto público como privado.

Incentivar a las fuerzas sociales a establecer diversas formas de educación preescolar. Artículo 6 Los gobiernos populares en todos los niveles son responsables del desarrollo de la educación preescolar.

Los gobiernos populares a nivel de condado o superior deben elaborar planes generales para el desarrollo de la educación preescolar e incorporar la educación preescolar en los planes nacionales de desarrollo económico y social.

Los departamentos de educación a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión de la educación preescolar dentro de sus respectivas regiones administrativas. Artículo 7 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior, de conformidad con las regulaciones nacionales y provinciales pertinentes, elogiarán y recompensarán a las unidades e individuos que hayan realizado contribuciones destacadas a la educación preescolar. Capítulo 2 Desarrollo y Garantía Artículo 8 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior incorporarán el diseño de las instituciones de educación preescolar en la planificación urbana y rural y reservarán terrenos para la construcción de instituciones de educación preescolar que cumplan con los requisitos prescritos. Los departamentos de educación de los gobiernos populares a nivel distrital o superior deben formular o ajustar planes especiales para el diseño de las instituciones de educación preescolar para satisfacer las necesidades de los niños de los jardines de infancia cercanos.

El excedente de recursos educativos creado por el ajuste de la distribución de las escuelas primarias y secundarias urbanas y rurales debería dar prioridad al desarrollo de la educación preescolar. Artículo 9 El plan especial de organización de las instituciones de educación preescolar reflejará la distribución del número de niños, las tendencias de movilidad, las necesidades de atención y educación, etc. Dentro de esta área administrativa, deben establecerse razonablemente instituciones de educación preescolar. En áreas con poblaciones relativamente dispersas, se pueden agregar instituciones de educación preescolar adicionales según sea necesario. Artículo 10 Los gobiernos populares de condado y municipio fortalecerán la construcción de instituciones públicas de educación preescolar, instituciones centrales de educación preescolar de municipio (ciudad) e instituciones de educación preescolar independientes a nivel de aldea. Artículo 11 Si no hay instituciones de educación preescolar de apoyo en áreas residenciales urbanas establecidas, el gobierno popular local a nivel de condado apoyará la construcción de instituciones de educación preescolar con base en la planificación del área residencial y el número de residentes.

Al construir, renovar o ampliar áreas residenciales urbanas, la unidad de construcción deberá, de acuerdo con la planificación urbana y rural, construir instalaciones de educación preescolar que sean proporcionales a la escala del área residencial, y planificar, construir , y entregarlos simultáneamente con la zona residencial.

Ninguna unidad o individuo podrá cambiar el propósito de las instalaciones de educación preescolar sin autorización.

Los gobiernos populares a nivel de condado deben formular regulaciones específicas para apoyar la construcción de instalaciones de educación preescolar basadas en la situación real de la educación preescolar dentro de sus respectivas regiones administrativas. Artículo 12 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior incluirán fondos para educación preescolar en sus presupuestos fiscales y garantizarán que la proporción de fondos fiscales para educación preescolar en los fondos fiscales para educación preescolar en el mismo nivel no sea inferior al 3%. Artículo 13 Los gobiernos populares de todos los niveles establecerán un sistema de financiación de la educación preescolar para subsidiar a los niños de familias pobres y a los huérfanos y discapacitados para que reciban educación preescolar universal.

Los gobiernos populares en todos los niveles deben apoyar el desarrollo de la educación preescolar en áreas minoritarias y fortalecer la educación preescolar en chino y el idioma nacional común en áreas minoritarias.

Los fondos financieros especiales para el desarrollo de la educación preescolar deberían dar prioridad al apoyo a la educación preescolar en áreas minoritarias. Artículo 14 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior tomarán las siguientes medidas para promover el desarrollo de instituciones privadas de educación preescolar:

(1) Los edificios escolares excedentes formados ajustando el diseño de las escuelas primarias y secundarias pueden ser proporcionado a instituciones privadas de educación preescolar para su uso Desarrollar educación preescolar privada;

(2) Asignar una cierta proporción de fondos de fondos de desarrollo de educación privada para apoyar el desarrollo de instituciones privadas de educación preescolar;

(3) Las instituciones de educación preescolar privadas en la clasificación Disfrutan del mismo trato que las instituciones de educación preescolar públicas en términos de calificaciones, orientación de evaluación, valoración del título de docente, reconocimiento de calificaciones, elogios y premios, etc.;

( 4) Las instituciones privadas inclusivas de educación preescolar construirán, renovarán y ampliarán las instalaciones educativas; el gobierno puede brindar un trato preferencial de acuerdo con las regulaciones pertinentes sobre la tierra y la construcción de bienestar público.

Los gobiernos populares a nivel de condado o superior pueden apoyar el desarrollo de la educación preescolar privada y conjunta mediante la compra de servicios, sustituyendo subvenciones por subvenciones, reducciones y exenciones de alquiler, y alentando a los maestros públicos a enseñar en escuelas preescolares privadas y conjuntas. instituciones educativas. Artículo 15 Las instituciones de educación preescolar pagarán las tarifas de agua, electricidad, gas y otros servicios públicos de acuerdo con las normas pertinentes sobre el pago de tarifas de servicios públicos en las escuelas primarias y secundarias de esta provincia. El artículo 16 alienta a organizaciones e individuos nacionales y extranjeros a apoyar el desarrollo de la educación preescolar en forma de donaciones. Artículo 17 Ninguna unidad o individuo podrá invadir o destruir los jardines y equipos de las instituciones de educación preescolar; no podrá establecer edificios e instalaciones peligrosos o contaminantes alrededor de las instituciones de educación preescolar; no podrá interferir con el funcionamiento normal de las instituciones de educación preescolar; de cualquier tarifa.