¿Qué pasa con la normativa sobre formación continua para ingenieros consultores?
Educación continua para ingenieros consultores:
1. Aquellos que hayan realizado el examen de calificación de ingeniero consultor (inversiones) y hayan obtenido el certificado de calificación profesional de ingeniero consultor (inversiones) no necesitan proporcionar al solicitar la inscripción inicial ese año. Prueba de haber aprobado horas de educación continua;
2. Al solicitar la inscripción inicial dentro del límite de tiempo, debe presentar prueba de haber aprobado 40 horas de educación continua por año.
Cómo elegir las horas del curso para la educación continua de ingenieros consultores
Rehabilitación de educación continua de ingenieros consultores;
Se requieren ingenieros consultores que soliciten el registro continuo en enero y 2016 proporcionar un certificado de calificación de 40 horas de educación continua anual;
2 Los ingenieros consultores que soliciten un registro continuo en 2065438+2007 deben proporcionar un certificado de calificación de 80 horas de educación continua dentro de dos años;
p>3. Los ingenieros consultores que soliciten el registro continuo en 2018 y posteriormente, deben proporcionar un certificado completo de 120 horas de educación continua durante tres años.
¿Es necesario que los ingenieros consultores elijan una especialización registrada al elegir cursos de educación continua en línea?
Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social: “Reglamento sobre Educación Continua del Personal Profesional y Técnico” Orden No. 25 del Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social de la República Popular China fue aprobada por el Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social el 3 de agosto de 2015. Fue discutido y adoptado en la 70ª reunión ministerial y ahora se anuncia y entrará en vigor en octubre de 2015. Ministro Yin Weimin 2018 05 13 Reglamento sobre educación continua para el personal profesional y técnico Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de regular las actividades de educación continua, salvaguardar los derechos e intereses del personal profesional y técnico y mejorar continuamente la calidad del personal profesional y técnico. , estos reglamentos se formulan de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes y las disposiciones del Consejo de Estado. Artículo 2 El presente reglamento se aplica a la educación continua del personal profesional y técnico de organismos, empresas, instituciones y grupos sociales del Estado (en adelante, empleadores). Artículo 3 La educación continua debe estar orientada al desarrollo económico y social y al progreso científico y tecnológico, con el desarrollo de capacidades como núcleo, centrándose en la pertinencia, la practicidad y la visión de futuro, adhiriéndose a la integración de la teoría con la práctica, la enseñanza según la demanda, centrándose en la eficacia, y combinar el entrenamiento con el uso. Artículo 4 El empleador garantizará el derecho del personal profesional y técnico a participar en la educación continua. El personal profesional y técnico debe adaptarse a las necesidades laborales y los requisitos de desarrollo profesional, participar activamente en la educación continua, mejorar la estructura del conocimiento, mejorar las capacidades de innovación y mejorar los estándares profesionales. Artículo 5 La educación continua implementa un mecanismo de inversión conjunta de la sociedad, los empleadores y los individuos. Los fondos necesarios para la educación continua del personal profesional y técnico de las agencias estatales se garantizarán de conformidad con las normas nacionales pertinentes. Las empresas e instituciones deben retirar y utilizar los fondos para la educación de los empleados de acuerdo con las leyes, los reglamentos administrativos y los reglamentos nacionales pertinentes, y aumentar continuamente la inversión en fondos de educación continua para el personal profesional y técnico. Artículo 6 El trabajo de educación continua implementará un sistema de gestión de planificación general, responsabilidad jerárquica y orientación clasificada. Corresponde al Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social la gestión integral y coordinación integral de la educación continua del personal profesional y técnico a nivel nacional, formulando políticas de educación continua, elaborando planes de educación continua y organizando su implementación. Los departamentos administrativos locales de recursos humanos y seguridad social a nivel de condado o superior son responsables de la gestión y organización integral de la educación continua del personal profesional y técnico en sus regiones. Las autoridades competentes de la industria deberán, dentro del ámbito de sus respectivas responsabilidades, llevar a cabo la planificación, gestión e implementación de la educación continua en la industria de conformidad con la ley. Capítulo 2 Contenido y modalidades Artículo 7 El contenido de la educación continua incluye las materias públicas obligatorias y las materias profesionales. Los temas públicos incluyen conocimientos básicos como leyes y reglamentos, políticas teóricas, ética profesional e información técnica que el personal profesional y técnico generalmente debe dominar. Las materias profesionales incluyen nuevas teorías, nuevos conocimientos, nuevas tecnologías, nuevos métodos y otros conocimientos profesionales que los técnicos profesionales deben dominar en su trabajo profesional. Artículo 8 El tiempo de participación del personal profesional y técnico en educación continua no será inferior a 90 horas en total cada año, de las cuales las materias profesionales representarán generalmente no menos de dos tercios del total de horas. El personal profesional y técnico que participe en educación continua de las siguientes maneras se contará como sus horas de educación continua en el año en curso: (1) Participando en clases de capacitación, seminarios o cursos de actualización (2) Participando en actividades prácticas de educación continua relevantes; (3) Participar en educación a distancia; (3) Participar en educación a distancia; 4) Participar en conferencias académicas, conferencias académicas, visitas académicas y otras actividades (5) Otros métodos que cumplan con las regulaciones; Los métodos específicos para determinar las modalidades de educación continua y las horas de estudio serán formulados por los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central. Artículo 9 Los empleadores podrán, de conformidad con este Reglamento y en combinación con estrategias de desarrollo y requisitos laborales, organizar actividades de educación continua o participar en actividades de educación continua organizadas por la industria para facilitar la participación del personal profesional y técnico de la unidad en la educación continua.
Artículo 10 El personal profesional y técnico podrá, de acuerdo con los requisitos del puesto y las necesidades de desarrollo profesional, participar en actividades de educación continua organizadas por sus propias unidades, o podrán participar en actividades de educación continua organizadas por sus unidades en su tiempo libre o durante el horario laboral con el consentimiento del empleador. Artículo 11 Cuando el personal profesional y técnico participe en la certificación de calificaciones profesionales de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes, el empleador deberá brindar garantías para su participación en actividades de educación continua. Artículo 12 Si el personal profesional y técnico, con el consentimiento del empleador, falta al trabajo o participa en actividades de educación continua en su tiempo libre, el empleador deberá pagar salarios, beneficios y otros beneficios de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes o los acuerdos con los trabajadores. Si el empleador organiza que el personal profesional y técnico participe en actividades de educación continua fuera del horario laboral, las dos partes acordarán el método de participación en los costos y los beneficios relacionados. Artículo 13 Los empleadores podrán realizar conjuntamente actividades de educación continua con unidades de producción, docencia, investigación científica y otras, y establecer un modelo de educación continua que combine producción, docencia, investigación científica, proyectos, fondos y talentos. Artículo 14 El Estado apoya la educación continua del personal profesional y técnico en campos clave, regiones especiales y puestos clave mediante la implementación de importantes proyectos de talentos y proyectos de educación continua, proyectos regionales especiales de formación de talentos y apoyo de contraparte. Capítulo 3 Organización, Gestión y Servicios Públicos Artículo 15 El personal profesional y técnico deberá respetar las disciplinas de aprendizaje y los sistemas de gestión pertinentes y completar las horas prescritas de educación continua. Si el personal profesional y técnico corre con la totalidad o la mayor parte de los gastos de educación continua, el empleador no designará instituciones de educación continua. Artículo 16 El empleador establecerá un mecanismo de incentivos que vincule la educación continua del personal profesional y técnico con su empleo y promoción, y utilizará la participación del personal profesional y técnico en la educación continua como una base importante para la evaluación y el empleo de profesionales y técnicos. personal. La participación del personal profesional y técnico en la educación continua debería ser una condición importante para el nombramiento de puestos profesionales y técnicos o la aplicación y evaluación de calificaciones en el siguiente nivel. Si las leyes y reglamentos pertinentes estipulan que la participación del personal profesional y técnico en la educación continua es una condición necesaria para el registro o presentación de calificaciones profesionales, dichas disposiciones prevalecerán. Artículo 17 El empleador establecerá un sistema de registro y gestión de educación continua para registrar el tipo, contenido, tiempo y resultados de los exámenes de la educación continua para el personal profesional y técnico. Artículo 18 Las universidades, los institutos de investigación científica, las instituciones de formación de grandes empresas y otros tipos de instituciones de educación y formación (en adelante, instituciones de educación continua) establecidas de conformidad con la ley podrán proporcionar servicios de educación continua al personal profesional y técnico. Las instituciones de educación continua deben disponer de lugares, instalaciones, materiales didácticos y personal adecuado a los fines y tareas de la educación continua, y establecer y mejorar las correspondientes estructuras organizativas y sistemas de gestión. Artículo 19 Las instituciones de educación continua implementarán concienzudamente planes de enseñanza de educación continua, divulgarán al público el alcance, el contenido, los elementos de cobro y los estándares de la educación continua, establecerán archivos de enseñanza y emitirán certificados veraces al personal profesional y técnico que participe en la educación continua con base en exámenes. resultados. Las instituciones de educación continua pueden hacer pleno uso de la tecnología de la información moderna para llevar a cabo educación a distancia, formar una red abierta de educación continua y brindar servicios convenientes y eficientes para que el personal profesional y técnico de base y de primera línea actualice su estructura de conocimientos y mejore sus habilidades y calidad. Artículo 20 Las instituciones de educación continua, de acuerdo con el principio de combinar estudiantes a tiempo completo y a tiempo parcial, contratarán pilares profesionales y expertos y académicos con rica experiencia práctica y altos niveles teóricos para formar un equipo de profesores de educación continua. Artículo 21 El Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social, de conformidad con las regulaciones nacionales pertinentes, seleccionará instituciones de educación continua con alta calidad de capacitación, buenos beneficios sociales y desempeñará un papel líder y ejemplar en la educación continua para construir una base nacional de educación continua para Personal profesional y técnico. Los departamentos administrativos locales de recursos humanos y seguridad social a nivel de condado o superior y las autoridades industriales pertinentes pueden crear bases de educación continua regionales e industriales para personal profesional y técnico en función de las condiciones reales. Artículo 22 Los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social, junto con las autoridades y organizaciones industriales pertinentes, establecerán y mejorarán el sistema de servicio público de educación continua, construirán una plataforma de servicio integral de información pública de educación continua y publicarán temas públicos y profesionales de educación continua. guías. Los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social deben trabajar con las autoridades y organizaciones industriales pertinentes para fortalecer la construcción de sistemas curriculares y de material didáctico de acuerdo con las diferentes posiciones, categorías y niveles de personal profesional y técnico, recomendar cursos y materiales didácticos excelentes y promover el intercambio de recursos de alta calidad. Artículo 23 Las actividades de educación continua promovidas directamente por los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social y los departamentos industriales pertinentes resaltarán el bienestar público y no cobrarán tarifas. Si los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social y las autoridades industriales pertinentes encomiendan a instituciones de educación continua la realización de actividades de educación continua, deberán realizar selecciones mediante licitación de conformidad con la ley y firmar un contrato de adquisición * * * con las instituciones de educación continua para aclarar los derechos y obligaciones de ambas partes. Alentar y apoyar a empresas, instituciones, organizaciones industriales, etc. para que lleven a cabo actividades de educación continua de bienestar público.
Artículo 24 Los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social establecerán un sistema de estadísticas de educación continua, realizarán estadísticas periódicas y aleatorias sobre el número de personas, tiempo y fondos para la educación continua y establecerán una base de datos de educación continua para el personal profesional y técnico. Artículo 25 El departamento administrativo de recursos humanos y seguridad social o la agencia de evaluación externa encomendada por él puede evaluar la efectividad de la educación continua, y los resultados de la evaluación pueden usarse como una referencia importante para el apoyo de proyectos relevantes. Artículo 26 Los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social supervisarán e inspeccionarán la implementación de este reglamento por parte de los empleadores y las instituciones de educación continua de conformidad con la ley. Capítulo 4 Responsabilidades Legales Artículo 27 Si un empleador viola lo dispuesto en los artículos 5, 11, 12, 15, 2, 16 y 17 de estas Disposiciones, será sancionado por la Administración de Recursos Humanos y Seguridad Social. El departamento o las autoridades industriales pertinentes ordenarán correcciones si se causa algún daño al personal profesional y técnico, serán responsables de la compensación de acuerdo con la ley. Artículo 28 Si el personal profesional y técnico viola lo dispuesto en el artículo 8, párrafo 1 y el artículo 15, párrafo 1 de este Reglamento, no participa en la educación continua sin razones justificables o viola las disciplinas de estudio y los sistemas de gestión durante sus estudios, el empleador Puede que si las circunstancias son graves, serán criticados y educados, no se les dará ningún reembolso o se les reembolsarán las tasas de estudio. Artículo 29 Si una institución de educación continua viola las disposiciones del párrafo 1 del artículo 19, el departamento administrativo de recursos humanos y seguridad social o el departamento competente de la industria correspondiente le ordenará que haga correcciones y le dé una advertencia. Artículo 30 Si los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social, las autoridades industriales pertinentes y su personal no cumplen concienzudamente sus deberes en la gestión de la educación continua o cometen negligencia para beneficio personal, abuso de poder o negligencia en el cumplimiento del deber, se les ordenará para realizar correcciones por parte de las autoridades superiores o autoridades de supervisión, el supervisor directamente responsable y otro personal directamente responsable serán tratados de acuerdo con la autoridad de gestión. Capítulo 5 Disposiciones Complementarias Artículo 31 El presente reglamento entrará en vigor el 1 de octubre de 2015. Al mismo tiempo se abolieron las "Disposiciones provisionales sobre educación continua para el personal profesional y técnico en China" (núm. 1995), promulgadas por el antiguo Ministerio de Personal.
Cómo continuar rápidamente su formación a través de ingenieros consultores
El ciclo es de tres años.
El plazo de registro para ingenieros consultores registrados (inversión) es de 3 años. Si necesita continuar con el registro después de que expire el período de validez, debe volver a registrarse dentro de los 3 meses anteriores al vencimiento.
No se permite la reinscripción sin prueba válida de formación continua.