La Red de Conocimientos Pedagógicos - Conocimientos de formación/capacitación - El trabajador no está calificado para el trabajo y ha sido capacitado o tiene ajustado su puesto de trabajo.

El trabajador no está calificado para el trabajo y ha sido capacitado o tiene ajustado su puesto de trabajo.

Si un empleado no es competente para el trabajo y sigue siendo incompetente después de recibir capacitación o ajustar su puesto de trabajo, el empleador puede rescindir el contrato de trabajo mediante notificación por escrito con 30 días de anticipación o pagando un mes adicional de salario. El llamado "incompetente" aquí se refiere a la incapacidad de completar las tareas laborales estipuladas en el contrato de trabajo según lo requerido o la carga de trabajo del mismo tipo de trabajo y el mismo puesto. Sin embargo, el estándar de cuota laboral del empleador debe ser razonable, es decir, que la gran mayoría de los trabajadores puedan completar el trabajo dentro del horario laboral legal. Si el empleador termina la relación laboral con un empleado por incapacidad para realizar el trabajo, deberá pagar una compensación económica. El estándar es un año de trabajo y un mes de salario. Si no se avisa por escrito con 30 días de antelación, se pagará 1 mes de salario en lugar del preaviso. Si un empleador despide a un trabajador basándose en que es incompetente para el trabajo, primero debe ajustar la posición del trabajador o brindarle capacitación. Si un empleado aún no puede realizar su trabajo después de ajustar su puesto de trabajo o recibir capacitación, puede proponer la rescisión del contrato de trabajo. El empleador propone directamente rescindir la relación laboral alegando que el empleado no puede realizar el trabajo, lo que constituye un despido ilegal. Los trabajadores pueden solicitar una compensación, que es el doble de la compensación económica y dos meses de salario por un año de trabajo. La "Ley de Contrato de Trabajo" estipula: Si un empleado no está calificado para el trabajo y aún es incompetente después de capacitarse o ajustar su puesto de trabajo, el empleador deberá notificar al empleado por escrito con 30 días de anticipación o pagarle un mes adicional antes de despedirlo. el contrato de trabajo.

Base legal: La "Ley de Contrato de Trabajo" estipula que si un empleado no está calificado para el trabajo y aún no puede realizar el trabajo después de capacitarse o ajustar el puesto de trabajo, el empleador deberá notificar al empleado en escribir con 30 días de anticipación o rescindir el trabajo. Se paga al empleado un mes adicional de salario antes del contrato laboral. Se puede ver claramente en las regulaciones que si una empresa quiere rescindir el contrato laboral de aquellos que no están calificados para el trabajo, debe brindar capacitación o ajustar los procedimientos de trabajo del trabajo, de lo contrario se considerará una terminación ilegal. Según lo dispuesto en los artículos 17, 26 y 31 de la Ley del Trabajo, si el contrato de trabajo original no puede ejecutarse debido a cambios importantes en las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo, ambas partes deben llegar a un acuerdo mediante consulta. Si no se puede llegar a un acuerdo, el contrato laboral puede rescindirse según los procedimientos legales. Si un empleado es incompetente, queda a discreción del empleador. Los conflictos que surjan por cambios de puesto de los trabajadores se tratarán de conformidad con las disposiciones anteriores. Generalmente, los cambios en el trabajo de un empleado deben determinarse por escrito mediante consulta con el empleado, a menos que el empleado no pueda realizar el trabajo.