¿Cuántas veces al mes el campo de trabajo requiere que veas gente?
Artículo 1: Las reuniones de nombramiento se realizarán en la sala de conferencias. Cada año, del 5 de junio a octubre, el departamento político y de ingeniería del instituto formula un calendario de reuniones para cada mes del año y lo distribuye a los departamentos y brigadas correspondientes. Si es necesario cambiar la hora de la reunión en circunstancias especiales, prevalecerá la notificación real del Departamento de Investigación Política.
Artículo 2 La brigada debe organizar rápidamente a los detenidos en los campos de trabajo para que hagan llamadas telefónicas a sus familiares todos los meses (este número de teléfono incluye la cantidad de llamadas telefónicas que se deben hacer a los familiares durante el tratamiento este mes), y Haga una cita para la fecha, hora específica y persona para reunirse el próximo mes y regístrese.
Artículo 3 Si los entrevistadores no pueden reunirse a la hora prevista o concertar una cita por circunstancias especiales, sólo se podrá concertar una reunión temporal con la aprobación del director o subdirector responsable.
Artículo 4: Los detenidos en reeducación por el trabajo se reunirán una vez al mes en una sala de conferencias, y el tiempo de reunión se controlará en principio dentro de una hora.
Artículo 5 Todas las entrevistas en la sala de entrevistas deben ser cubiertas y cerradas.
Artículo 6: Prisioneros de reeducación a través del trabajo que estén bajo investigación o hayan sido denunciados para arresto, detención penal u otras medidas obligatorias debido a delitos ilegales en el campo de trabajo, principales sospechosos de delitos ante este campo de trabajo o No se permiten reuniones por otros motivos.
Se suspenden las entrevistas al personal de reeducación laboral recluso, si en circunstancias especiales fueren realmente necesarias, las aprobará el director o subdirector responsable.
Dejó de reunirse la reeducación por el trabajo de reclusos que se recuperan de su adicción a las drogas.
Artículo 7 Los reclusos podrán reunirse con las siguientes personas:
(1) Cónyuges y parientes consanguíneos directos;
(2) Parientes consanguíneos colaterales e hijos adoptados dentro de la tercera generación y los padres adoptivos;
(3) El tutelado responsable de la tutela del personal de reeducación por el trabajo;
(4) Otro personal aprobado por el director o el subdirector encargado.
Quienes estén mentalmente perturbados, ebrios o padezcan enfermedades infecciosas no podrán recibir reeducación a través de personal laboral.
El personal de reeducación por el trabajo no se reunirá con más de 3 personas a la vez.
Artículo 8 La reunión del personal de reeducación laboral con familiares extranjeros deberá ser aprobada por la Dirección Municipal de Reeducación Laboral.
Artículo 9 El personal de reeducación por el trabajo que esté hospitalizado por enfermedad y no se encuentre en el campo de trabajo deberá reunirse en el lugar designado con su aprobación.
Artículo 10: Si se presenta alguna de las siguientes circunstancias, la brigada presentará dictámenes, llenando el “Formulario de Aprobación de Suspensión de Reuniones e Intercambios con Personal de Reeducación por el Trabajo” por triplicado (ver Anexo 3) y presentarlo al Colegio Político para su revisión. Con la aprobación del director o del subdirector a cargo, se suspenden las reuniones e intercambios entre los reclusos del campo de trabajo durante 1 a 3 meses:
(1) Utilizar cartas, llamadas telefónicas familiares, etc. para transmitir información que afecte la gestión de la seguridad y la estabilidad;
(2) El incumplimiento del orden del lugar;
(3) Otras situaciones que no sean apropiadas para reuniones e intercambios.
En caso de pérdida de la información anterior, la brigada deberá llenar por triplicado el “Formulario de Aprobación de Reunión e Intercambio de Reintegro de Personal en Reeducación por el Trabajo” (ver Anexo 3) y presentarlo al Departamento Político. para revisión. Con la aprobación del director o del subdirector responsable, se podrán reanudar los encuentros e intercambios con los reclusos del campo de trabajo.
Artículo 11: Para los nombramientos, la Oficina de Investigación Política es responsable de las labores de revisión y registro, y asiste la brigada de seguridad. Al registrarse, se cotejarán los documentos de identidad válidos y los certificados de parentesco de quienes se reúnan con el "Formulario de Inscripción para Entrevistas con Personal de Reeducación por el Trabajo". Luego de verificar la identidad una a una y contar el número de personas, se emitirá el pase de reunión.
Artículo 12 Al registrarse para las entrevistas, los entrevistados deberán presentar documentos de identidad válidos y prueba de parentesco. No podrán reunirse quienes no cuenten con certificados o materiales de respaldo válidos, o cuyos certificados estén incompletos o no calificados. Si el entrevistador utiliza una identificación no personal o una identificación falsa, o se cambia el testigo, las entrevistas con el entrevistador se suspenderán por 2 meses (incluido este mes).
(1) Los documentos de identidad válidos para entrevistadores (mayores de 18 años) incluyen: cédula de identidad, licencia de conducir, pasaporte, cédula de policía y cédula de oficial militar. Los entrevistados menores de 18 años deben traer su libro de registro del hogar;
(2) La prueba de parentesco incluye: certificado de matrimonio, libro de registro del hogar, certificado de parentesco válido emitido por la comisaría (comité de barrio o comité de aldea) donde se encuentra el registro del hogar del detenido en el campo de trabajo (con sello oficial).
Los documentos distintos a los anteriores no se consideran documentos válidos en el campo de trabajo.
Artículo 13 El horario de inscripción para la conferencia es de 8:30 a 11:00 todas las mañanas durante la conferencia. A partir de entonces no habrá procedimientos de conferencia.
Artículo 14 Ropa, calzado, alimentación, artículos de primera necesidad culturales y cotidianos, etc. Las necesidades de desintoxicación de los detenidos en el campo de trabajo deben comprarse en los supermercados especialmente instalados en el campo de trabajo. El precio de los bienes de supermercado no podrá ser superior al precio minorista de bienes similares en el mercado local.
Artículo 15 Los entrevistadores tienen prohibido traer los siguientes artículos:
(1) Efectivo, tarjetas de valores, tabaco, alcohol y alimentos;
(2) Teléfonos móviles, cámaras fotográficas, videocámaras;
(3) Armas de fuego y municiones, cuchillos controlados, instrumentos contundentes, drogas, materiales obscenos, materiales inflamables y explosivos y materiales promocionales ilegales;
(4 ) Otros elementos que obstaculicen la gestión de la seguridad y no favorezcan la transformación ideológica del personal laboral penitenciario.
Artículo 16 Si los entrevistadores transportan artículos prohibidos, se manejarán de la siguiente manera:
(1) Las mercancías generales se entregarán al transportista para su devolución <; /p>
(2) ) Llevar armas de fuego, municiones, cuchillos controlados, objetos contundentes, drogas, materiales obscenos, materiales inflamables y explosivos, materiales promocionales ilegales y otros artículos prohibidos. , los transportistas deben ser controlados y reportados oportunamente a los órganos de seguridad pública.
Artículo 17 Los participantes de la reunión deberán cumplir con las siguientes reglas de la reunión:
(1) Cooperar con la dirección de la policía, respetar el orden público, mantener conscientemente la salud pública y no entrar en el centro de reeducación. por zona residencial laboral Camine o haga ruido;
(2) No promueva comentarios y supersticiones feudales que violen los cuatro principios básicos del país;
(3) No hable a la reeducación a través del personal laboral, afectando su tranquilidad. La educación y la asistencia involucran secretos laborales del estado y campos de trabajo;
(4) No se permite la entrada de artículos prohibidos en los campos de trabajo;
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(5) Mantenga el lugar en silencio;
(6) No use argot, idiomas extranjeros ni hable lenguaje incivilizado;
(7) Mantenga los elementos del lugar; en buen estado y no los dañe intencionalmente, de lo contrario, se le compensará de acuerdo con el precio y se suspenderá la reunión de inmediato;
(8) No se permite fumar, hacer o contestar llamadas telefónicas en el centro de reeducación. zona residencial laboral, de lo contrario la reunión se suspenderá inmediatamente;
(9) No se permite el ingreso de mochilas, cámaras, videocámaras, cigarrillos, encendedores, cuchillos, equipos de grabación, teléfonos móviles y otros artículos al área residencial laboral. Reeducación por el trabajo en zona residencial. Deberá guardarse en un casillero en la sala de espera y la llave la guardará el propio entrevistador. Finalizada la reunión, se deberán devolver las llaves al policía encargado de la sala de espera.
Artículo 18 Si el entrevistador viola las normas de la reunión y altera el orden de espera y reunión en el lugar, la policía en el lugar debe persuadirlo y detenerlo a tiempo. Si la persuasión y la moderación resultan ineficaces, el departamento político y jurídico notificará a los órganos de seguridad pública para que se ocupen del asunto.
Artículo 19: El personal de reeducación por el trabajo deberá vestir uniforme e insignias cuando se reúna, comportarse de manera civilizada y observar el orden del lugar de reunión.
Si los presos de reeducación por el trabajo o los entrevistadores violan gravemente el reglamento de la reunión o desobedecen las instrucciones de la policía en la reunión, la brigada y la brigada de seguridad tienen derecho a terminar la reunión y llevarse al personal correspondiente. del lugar de celebración, si las circunstancias son graves, la reunión será dada por terminada por el director o suplente a cargo, previa aprobación del director, el Departamento de Ciencia Política y Derecho notificará al personal de reeducación laboral y a los entrevistadores para que suspendan la reunión. reunión por 1 a 3 meses (excluyendo este mes).
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No hay necesidad de dar dinero al campo de trabajo durante la reunión.