Razones de autorecomendación para formar parte del Comité de Propietarios
Base jurídica: Comité de Vecinos
Artículo 3 Son tareas del comité de vecinos: (1) Promover la constitución, las leyes, los reglamentos y las políticas nacionales, proteger los bienes públicos y llevar a cabo diversas formas de actividades de construcción de la civilización espiritual socialista; (2) gestionar empresas de bienestar público para los residentes en la zona residencial (3) mediar en disputas civiles (4) ayudar a mantener el orden público (5) ayudar al gobierno popular o sus agencias enviadas; en salud pública, planificación familiar, atención y socorro especiales, educación juvenil y otros trabajos relacionados con los intereses de los residentes (6) Reflejar las opiniones, demandas y sugerencias de los residentes al gobierno popular o sus agencias enviadas;
Artículo 8 El director, el subdirector y los miembros del comité de vecinos serán elegidos por todos los vecinos con derecho a voto de la zona o por representantes de cada hogar. Según las opiniones de los residentes, cada grupo de residentes también puede elegir entre dos y tres representantes.
El mandato de cada comité residente es de tres años, pudiendo sus miembros ser reelegidos. Los residentes mayores de 18 años tienen derecho a votar y presentarse a elecciones, independientemente de su origen étnico, raza, género, ocupación, origen familiar, creencia religiosa, nivel educativo, situación económica o duración de la residencia; Quedan excluidos los que hayan sido privados de derechos políticos conforme a la ley.