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Popularización de la ciencia y la tecnología en la ciudad de Baotou

Artículo 1 Con el fin de promover la popularización de la ciencia y la tecnología, implementar la estrategia de revitalizar la ciudad a través de la ciencia y la educación, mejorar la calidad científica y cultural de los ciudadanos y promover la construcción de la civilización material, la civilización política y la civilización espiritual, de acuerdo con la "Ley de la República Popular China sobre la popularización de la ciencia y la tecnología" y el "Reglamento sobre la popularización de la ciencia y la tecnología de la Región Autónoma de Mongolia Interior" 》 y otras leyes y reglamentos pertinentes, y a la luz de la realidad situación de esta ciudad, se formula el presente reglamento. Artículo 2 La popularización de la ciencia y la tecnología (en adelante, popularización de la ciencia) mencionada en este Reglamento se refiere a actividades que difunden el espíritu científico, las ideas científicas, el conocimiento científico y los métodos científicos al público de una manera que sea fácil para el público. comprender, aceptar y participar. Artículo 3 Este reglamento se aplica a las agencias estatales, grupos sociales, empresas, instituciones, otras organizaciones y ciudadanos dentro del área administrativa de esta ciudad. Artículo 4 El trabajo de divulgación científica debe adaptarse a las necesidades de la construcción económica y el desarrollo social, adherirse a los principios de carácter masivo, regularidad y condiciones locales, hacer pleno uso de diversos medios modernos y llevar a cabo actividades multicanal y multinivel. Su contenido y forma deben ser específicos, populares, interesantes y diversos. Artículo 5 La labor de divulgación científica debe adherirse a una actitud científica y oponerse y resistirse a la superstición y la pseudociencia. Ninguna unidad o individuo podrá, en nombre de la popularización de la ciencia, difundir contenidos que violen los principios científicos y el espíritu científico, ni realizar actividades que sean perjudiciales para los intereses públicos, la moral y la salud física y mental de los ciudadanos. Artículo 6 Los gobiernos populares en todos los niveles fortalecerán el liderazgo y la gestión del trabajo de popularización de la ciencia y lo incorporarán en los planes nacionales de desarrollo económico y social para crear buenas condiciones y un entorno social para el trabajo de popularización de la ciencia.

Los gobiernos populares en todos los niveles deben alentar y apoyar a las fuerzas sociales para establecer iniciativas de popularización de la ciencia y promover la cooperación y los intercambios en el trabajo nacional de popularización de la ciencia. Artículo 7 Los departamentos administrativos de ciencia y tecnología de los gobiernos populares de las ciudades, banderas, condados y distritos son responsables de organizar y formular planes de trabajo de divulgación científica dentro de sus respectivas regiones administrativas y coordinar su implementación. Otros departamentos administrativos son responsables del trabajo relevante de divulgación científica de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.

Los departamentos administrativos de ciencia y tecnología de los municipios y condados deben establecer un sistema de reuniones conjuntas para el trabajo de popularización de la ciencia con asociaciones de ciencia y tecnología y otras organizaciones y departamentos relevantes para coordinar, organizar y guiar el trabajo de popularización de la ciencia dentro de sus respectivas regiones administrativas. . Artículo 8 Las asociaciones científicas y tecnológicas de todos los niveles son la principal fuerza social en la labor de divulgación científica. Son responsables de organizar actividades de divulgación científica masivas, sociales y periódicas, de apoyar a los grupos sociales, empresas e instituciones pertinentes en la realización de la labor de divulgación científica. departamentos administrativos gubernamentales de ciencia y tecnología en la formulación de políticas de divulgación científica, planificación del trabajo y suministro de sugerencias para la toma de decisiones. Artículo 9 El departamento administrativo de educación considerará la mejora de la calidad científica y tecnológica de los jóvenes como una parte importante de la implementación integral de una educación de calidad y la organización de actividades de divulgación científica.

Las escuelas de todos los niveles y tipos deben organizar periódicamente a los estudiantes para que lleven a cabo diversas formas de actividades de divulgación científica para cultivar y mejorar las habilidades de pensamiento científico y la creatividad de los estudiantes. Artículo 10 Todo tipo de instituciones de investigación científica y universidades de todos los niveles deberán, según sus propias condiciones, abrir al público parques científicos, laboratorios, salas de exposición y otros lugares de investigación científica de manera organizada, celebrar conferencias de divulgación científica y ofrecer consultas sobre divulgación científica. y establecer una educación de divulgación científica, si las condiciones lo permiten, una base y una base de demostración de divulgación científica.

Los trabajadores y educadores científicos y tecnológicos deben aprovechar al máximo sus propias ventajas y experiencia y participar activamente y apoyar las actividades de divulgación científica. Artículo 11 Los departamentos de medicina y salud, planificación familiar, protección ambiental, deportes, meteorología, terremotos, reliquias culturales, turismo y otros harán pleno uso de sus respectivos recursos e instalaciones para llevar a cabo diversas formas de actividades de divulgación científica. Artículo 12 Los sindicatos de todos los niveles, la *** Liga de la Juventud Comunista, la Federación de Mujeres y otros grupos sociales llevarán a cabo actividades de divulgación científica de acuerdo con el plan de trabajo de divulgación científica dentro de sus respectivas regiones administrativas y en conjunto con sus propias características. Artículo 13 Las organizaciones de base de las zonas rurales y pastorales llevarán a cabo trabajos de divulgación científica en torno a la producción científica y la vida civilizada en función de las necesidades del desarrollo económico y social local.

Las instituciones de promoción (capacitación) de tecnología tales como agricultura, ganadería, silvicultura, conservación de agua, pesca y escuelas de agricultura y ganadería, diversas organizaciones económicas y diversas asociaciones técnicas profesionales en áreas pastorales rurales deberían dar publicidad activamente, Popularizar y promover diversos conocimientos técnicos y científicos avanzados aplicables.

Los centros de servicios de ciencia y tecnología y las estaciones (salas) culturales deben dar a conocer y promover tecnologías avanzadas aplicables, como industrias de plantación, mejoramiento e industrias de procesamiento, y estilos de vida científicos, civilizados y saludables para los agricultores y pastores en función de las características. de las industrias locales. Artículo 14 Las empresas deben combinar la transformación tecnológica con el desarrollo de nuevos productos, promover la aplicación de nuevas tecnologías y nuevos procesos, organizar a los empleados para llevar a cabo capacitación y competencias técnicas, popularizar el conocimiento científico y tecnológico y mejorar las habilidades de producción. Artículo 15 Los museos, bibliotecas, museos (estaciones) de ciencia y tecnología, centros (estaciones) culturales, palacios culturales, clubes y otros lugares de bienestar social deben utilizar sus propios recursos e instalaciones para llevar a cabo actividades de divulgación científica en los idiomas mongol y chino, y Proporcionar periódicamente información gratuita a los alumnos de escuelas primarias y secundarias abiertas.

Los zoológicos, jardines botánicos, reservas naturales y otros lugares deben realizar actividades de divulgación científica relacionadas con el medio ambiente, la ecología y la protección de la biodiversidad en función de sus respectivas características.

Artículo 16 Las unidades empresariales y administrativas de lugares públicos como parques, centros comerciales, aeropuertos, estaciones, plazas, etc. fortalecerán la labor de divulgación científica dentro de su jurisdicción. Las columnas de publicidad pública urbana y los anuncios de las cajas de luz de las calles deben tener una cierta proporción de contenido de divulgación científica. Artículo 17 Las industrias comerciales y de servicios pueden realizar trabajos de divulgación científica en conjunto con proyectos de venta de productos y servicios. Artículo 18 Los periódicos, la radio, la televisión, Internet y otros medios deben crear páginas, columnas y programas especiales para la divulgación científica para cumplir eficazmente con sus obligaciones de divulgación científica. Artículo 19 Las bases de divulgación científica y las bases de demostración de divulgación científica nacionales, autonómicas y municipales estarán abiertas al público de forma gratuita y regular.

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