La Red de Conocimientos Pedagógicos - Aprendizaje de redacción de artículos/tesis - Código Básico de Ética Profesional del Notario

Código Básico de Ética Profesional del Notario

Los principios básicos de la ética notarial son la fidelidad a los hechos y a la ley, la fidelidad a sus deberes, la estandarización de los servicios, el fortalecimiento del autocultivo y la mejora de su calidad.

1. Ser leal a los hechos y a la ley.

Los notarios deben ser leales a la Constitución y la ley, adherirse a los hechos como base, utilizar la ley como criterio y manejar los asuntos de notarización de acuerdo con principios y procedimientos legales verdaderos y legales. En el desempeño de sus funciones, los notarios deben respetar los principios de independencia, objetividad e imparcialidad, y no deben verse afectados por hechos no objetivos y factores distintos de la ley.

Los notarios deben salvaguardar fielmente la dignidad de la ley y velar eficazmente por la correcta aplicación de la ley y la igual realización de los derechos públicos. Los notarios deben cumplir conscientemente sus obligaciones legales de confidencialidad. Nunca utilices secretos que conoces para beneficiarte a ti mismo o a otros. En el ejercicio de sus funciones, los notarios descubrirán conductas que violen las leyes, los reglamentos o la ética social de conformidad con sus atribuciones que la ley prescribe.

2. Ama tu trabajo y estandariza tus servicios.

Los notarios deben amar el negocio de la notarización, esforzarse por ser diligentes y concienzudos y brindar servicios legales de alta calidad a las partes. Los notarios desempeñarán sus funciones de conformidad con la ley y no excederán sus facultades legales para manejar asuntos notariales.

En el ejercicio de sus funciones, los notarios deben informar a las partes, agentes y partícipes de sus derechos y obligaciones, y explicar claramente el verdadero significado de los derechos y obligaciones para evitar que la simple notificación se convierta en una formalidad.

En el desempeño de sus funciones, los notarios deben tratar a las partes, agentes y participantes con igualdad y entusiasmo, prestando plena atención a sus diferencias étnicas, raciales, nacionales, religiosas, de género, de edad, de estado de salud, ocupacionales, etc. para evitar la ambigüedad causada por palabras y hechos descuidados.

Los notarios manejarán los asuntos de notarización de acuerdo con los procedimientos y plazos prescritos, aceptarán, revisarán y emitirán certificados de manera oportuna, y no retrasarán ni eludirán debido a razones personales u otros factores subjetivos. Los notarios deben mejorar continuamente la eficiencia y la calidad del trabajo y eliminar conductas que retrasen el trabajo, como el abandono del deber y los deberes superficiales.

Artículo 2 Los notarios deben prestar atención a la etiqueta, vestirse apropiadamente, comportarse de manera civilizada y mantener la imagen profesional de los notarios. Al leer la certificación notarial en el acto, el lenguaje debe ser estandarizado y las palabras utilizadas deben ser claras, y evitar el uso de un lenguaje que pueda ofender a otros. Si se descubre que otros notarios han cometido actos ilegales o que hay problemas con los documentos notariados que ya han entrado en vigor, deben informarlo a las autoridades o departamentos pertinentes de manera oportuna.

Los notarios deben pensar de forma independiente, emitir juicios independientes y atreverse a insistir en opiniones correctas durante su ejercicio.

3. Fortalecer el autocultivo y mejorar la calidad.

Los notarios deben ser de elevada moral, honestos y dignos de confianza, modestos y prudentes, y de buena cultura y conducta personal. Los notarios deben tener el concepto de ser leales a sus deberes y no mostrar favoritismo, así como la conciencia de salvaguardar la igualdad y promover la justicia, y salvaguardar conscientemente la justicia social y el orden social.

Los notarios deben mejorar continuamente su calidad moral y su calidad profesional para garantizar que su calidad y habilidades profesionales puedan satisfacer las necesidades del correcto desempeño de sus funciones. Los notarios tienen el derecho y la obligación de recibir educación y formación, debiendo ser diligentes y emprendedores, estudiar mucho y mejorar continuamente su calidad y nivel profesional.

Los notarios deben tener un sentido de pionero e innovación, y deben tener el entusiasmo y la conciencia para aprender y explorar temas de vanguardia, y dominar y aplicar la ciencia y la tecnología avanzadas. Los notarios no podrán expresar opiniones diferentes sobre cuestiones de notarización o manejo de resultados que estén siendo manejados por otros notarios mediante procedimientos anormales u ocasiones inapropiadas.

Los notarios no deberán hacer comentarios personales enojados o irresponsables que socaven la seriedad y la autoridad de la notarización en público o en los medios de comunicación. En la vida diaria, los notarios deben ejercer una estricta autodisciplina, restringir conscientemente su propio comportamiento y convertirse en un modelo de observancia de la ética social y defensa de buenas costumbres sociales.