Reglas para el examen de competencia y certificación de los miembros de la tripulación en embarcaciones fluviales interiores
Capítulo 1 Disposiciones generales
Artículo 1 Con el fin de mejorar la calidad técnica de las tripulaciones de los buques fluviales interiores y garantizar la seguridad de la vida y la propiedad en el agua, de acuerdo con el "Reglamento de la República Popular China sobre la gestión de la seguridad del tráfico en los ríos interiores", formula estas normas.
Artículo 2 Los miembros de la tripulación que ocupen los puestos especificados en el artículo 8 de este Reglamento en embarcaciones de aguas interiores deberán poseer un certificado de competencia para la tripulación de embarcaciones de aguas interiores (en adelante, el certificado de competencia). La gente de mar que trabaja en tipos específicos de buques también debería poseer un certificado de formación especial para tripulaciones de buques de navegación interior de conformidad con los reglamentos de la agencia de administración marítima nacional.
Cuando una embarcación marítima navegue por ríos interiores, su capitán y piloto deberán obtener un certificado de competencia para embarcaciones marítimas en rutas de aguas interiores de acuerdo con las normas de la agencia de administración marítima nacional. , deberán solicitar el practicaje.
Los buques fluviales interiores mencionados en este artículo se refieren a diversos buques autopropulsados y no autopropulsados que sólo navegan por ríos interiores, pero no incluyen los buques militares, los pesqueros y los "tipos específicos"; de buques" se refiere a los buques de pasaje, los buques de transbordo rodado, los buques de alta velocidad y los buques de mercancías peligrosas (incluidos los petroleros, los quimiqueros y los buques que transportan gas licuado).
Artículo 3: Las presentes normas se aplican a la adquisición y expedición de certificados de competencia.
De existir disposiciones en estas normas, se aplicarán las mismas para la adquisición y expedición del “Certificado de Formación Especial para Tripulación Fluvial Interior” y el “Certificado de Competencia para Tripulación Marítima para Navegación Fluvial Interior” .
Artículo 4 El departamento de transporte del Consejo de Estado es responsable de la emisión de certificados para el examen de competencia nacional para las tripulaciones de buques fluviales interiores. La agencia de administración marítima nacional, bajo la dirección del departamento de transporte del Estado. Consejo, es responsable de la emisión de certificados para el examen de competencia nacional para el trabajo de gestión de las tripulaciones de buques fluviales.
Las agencias de administración marítima de todos los niveles implementarán el examen y la certificación de los miembros de la tripulación de buques de vías navegables interiores dentro de la autoridad y el alcance determinados por la agencia de administración marítima de nivel superior. La autoridad de examen y certificación y el alcance de las agencias de administración marítima directamente dependientes del gobierno central y las agencias de administración marítima local en provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central (en adelante, agencias de administración marítima local a nivel provincial) están determinadas por la agencia de administración marítima nacional.
El organismo de administración marítima a que se refiere el párrafo anterior será denominado en adelante autoridad de emisión.
(2) Cumplir con las normas de examen físico para la gente de mar publicadas por la agencia de administración marítima nacional;
(3) Recibir capacitación profesional sobre seguridad del tráfico acuático;
>(4) Tener el nivel educativo especificado en estas reglas;
(5) Tener un "Libro de servicio de tripulación" válido según se requiere y cumplir con las calificaciones de servicio de agua especificadas en estas reglas, y tener un buen historial de seguridad. ;
( 6) Realizar el examen de competencia de acuerdo con las disposiciones de estas reglas y aprobar el examen.
El término “buen historial de seguridad” mencionado en el párrafo anterior se refiere a que no ha habido accidentes de mayor o mayor responsabilidad directa en los últimos 24 meses.
Capítulo 2 Certificado de Competencia
Artículo 6 El titular del certificado de competencia deberá, de acuerdo con el ámbito de aplicación indicado en el certificado de competencia, prestar servicio en buques de la correspondiente clase o clase inferior Puesto correspondiente o puesto junior.
El capitán y la tripulación de conducción que trabajan en barcos de alta velocidad para navegación interior tienen un nivel de competencia más alto en función del arqueo bruto del barco, y la tripulación de máquinas tiene un nivel de competencia más bajo en función de la potencia total del barco. Unidad de propulsión principal del buque. Certificado de nombramiento.
Los tripulantes mencionados en este artículo se refieren al primer oficial, segundo oficial, tercer oficial, conductor y piloto empleados en el barco. "Tripulación del departamento de máquinas" significa el jefe de máquinas, los oficiales de máquinas, el segundo maquinista, el segundo maquinista y los oficiales de máquinas empleados en el buque.